C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230223-27)
Instrucciones contratación personal laboral temporal – Orden de 10 de febrero de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan Instrucciones para la contratación de personal laboral temporal, el nombramiento de funcionarios interinos, personal estatutario interino y sustituto, y otro personal docente en centros docentes no universitarios
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 160
JUEVES 23 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 46
ferencia deberá acreditarse junto a la solicitud de autorización. Una vez recibida la transferencia, el centro sanitario procederá de manera inmediata a tramitar la generación de crédito correspondiente.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Veterinarios interinos con destino en mataderos
1. Se entenderá autorizado el nombramiento de funcionarios interinos del Cuerpo de
Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad Veterinaria, en puestos de trabajo adscritos al Servicio de Gestión y Seguridad Alimentaria con la denominación Director Técnico Sanitario, nivel de complemento de destino 25, y destino en los mataderos de la Comunidad de Madrid, que se encuentren reservados a su ocupante o vacantes y vinculados a
oferta de empleo público.
Si el puesto de trabajo a cubrir interinamente no estuviera reservado o vinculado a
Oferta de Empleo Público, el nombramiento de funcionario interino se entenderá autorizado
al amparo de lo previsto en la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid. La fecha máxima de efectos del nombramiento deberá figurar expresamente en la
correspondiente Orden de nombramiento y no podrá ser posterior al 31 de diciembre del
ejercicio en curso.
2. Lo anterior no será de aplicación si fuere necesaria la vinculación del puesto de
trabajo vacante a oferta de empleo público con carácter previo a su cobertura interina, en
cuyo caso se procederá según lo dispuesto en el artículo 8 de la presente Orden.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Quedan sin efecto cuantas resoluciones contradigan lo previsto en la presente Orden y,
en particular, la Orden de 6 de marzo de 2018, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se dictan instrucciones para la contratación de personal temporal, el nombramiento de funcionarios interinos, personal estatutario temporal y otro personal docente en
centros docentes no universitarios, y la Orden de 15 de octubre de 2009, de la Consejería de
Economía y Hacienda, por la que se regulan los criterios y procedimiento de autorización de
nombramiento de funcionarios interinos en los supuestos previstos en el artículo 10.1, apartados c) y d), de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Habilitación
La Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería competente en materia de
hacienda podrá dictar las resoluciones e instrucciones que sean necesarias para el desarrollo
e interpretación de esta Orden.
Segunda
Efectos
El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
(03/2.548/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230223-27
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 10 de febrero de 2023.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 160
JUEVES 23 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 46
ferencia deberá acreditarse junto a la solicitud de autorización. Una vez recibida la transferencia, el centro sanitario procederá de manera inmediata a tramitar la generación de crédito correspondiente.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Veterinarios interinos con destino en mataderos
1. Se entenderá autorizado el nombramiento de funcionarios interinos del Cuerpo de
Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad Veterinaria, en puestos de trabajo adscritos al Servicio de Gestión y Seguridad Alimentaria con la denominación Director Técnico Sanitario, nivel de complemento de destino 25, y destino en los mataderos de la Comunidad de Madrid, que se encuentren reservados a su ocupante o vacantes y vinculados a
oferta de empleo público.
Si el puesto de trabajo a cubrir interinamente no estuviera reservado o vinculado a
Oferta de Empleo Público, el nombramiento de funcionario interino se entenderá autorizado
al amparo de lo previsto en la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid. La fecha máxima de efectos del nombramiento deberá figurar expresamente en la
correspondiente Orden de nombramiento y no podrá ser posterior al 31 de diciembre del
ejercicio en curso.
2. Lo anterior no será de aplicación si fuere necesaria la vinculación del puesto de
trabajo vacante a oferta de empleo público con carácter previo a su cobertura interina, en
cuyo caso se procederá según lo dispuesto en el artículo 8 de la presente Orden.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Quedan sin efecto cuantas resoluciones contradigan lo previsto en la presente Orden y,
en particular, la Orden de 6 de marzo de 2018, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se dictan instrucciones para la contratación de personal temporal, el nombramiento de funcionarios interinos, personal estatutario temporal y otro personal docente en
centros docentes no universitarios, y la Orden de 15 de octubre de 2009, de la Consejería de
Economía y Hacienda, por la que se regulan los criterios y procedimiento de autorización de
nombramiento de funcionarios interinos en los supuestos previstos en el artículo 10.1, apartados c) y d), de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Habilitación
La Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería competente en materia de
hacienda podrá dictar las resoluciones e instrucciones que sean necesarias para el desarrollo
e interpretación de esta Orden.
Segunda
Efectos
El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
(03/2.548/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230223-27
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 10 de febrero de 2023.