D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230223-50)
Convenio – Convenio de 9 de febrero de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Comité Olímpico Español, para la colaboración en la realización del Proyecto “Tod@s Olímpic@s”
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 214
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE FEBRERO DE 2023
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
B.O.C.M. Núm. 46
Madrid con quince días de antelación al comienzo de las actividades, para su conformidad.
Elaborar, preparar y ejecutar las distintas acciones referidas en cada una de las tres
fases indicadas en la estipulación segunda de este Convenio.
Realizar un total de 51 visitas a otros tantos centros educativos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, dirigidas a los alumnos de 4.o, 5.o y 6.o de Educación Primaria, para una media de 80 alumnos por centro educativo.
Seleccionar y contratar a los deportistas olímpicos que van a participar en el desarrollo del programa, previa conformidad de la Comunidad de Madrid.
En su condición de organizador y ejecutor del Proyecto, el COE será el único y exclusivo responsable del cumplimiento de todas las obligaciones de carácter civil,
laboral, mercantil y fiscal que se deriven de sus relaciones con el personal y proveedores de bienes y servicios, que participen o intervengan directa o indirectamente en el Proyecto, así como de las que se deriven de su relación con los participantes en el Proyecto, comprometiéndose a que el importe económico máximo
del presente Convenio se corresponda con el desglose establecido en la estipulación quinta.
El COE se responsabilizará de que la realización de la campaña disponga de las
pólizas de seguros de responsabilidad civil necesarias que cubran cualquier tipo
de contingencia que se pueda producir en cualquiera de las actividades que componen el Proyecto, pólizas que mantendrá vigentes y al corriente de pago mientras
duren las actividades del Proyecto. Asimismo, el COE se comprometerá a mantener indemne a la Comunidad de Madrid de toda responsabilidad frente a terceros
o participantes que pudiera derivarse de la celebración las actividades en las que
participe la Comunidad de Madrid, en los términos establecidos en el presente
Convenio.
El COE se compromete a incorporar el logotipo y nombre de la Comunidad de
Madrid como colaborador institucional del Proyecto durante su celebración, en las
equipaciones de los deportistas olímpicos participantes, en la furgoneta que se utilizará para los desplazamientos de los mismos a los centros educativos, en los materiales didácticos, impresos y digitales, así como en todos los soportes de comunicación que se empleen para la divulgación del Proyecto, incluida la página web
y las redes sociales, en la forma en que se consensue entre ambas partes. Todos los
costes de producción, edición, publicación, etc., asociados a la inserción de la imagen institucional de la Comunidad de Madrid en los diferentes soportes serán por
cuenta del COE.
El COE podrá divulgar el Proyecto mediante el uso de los medios de comunicación habituales en los que difunde su actividad. No obstante, las imágenes, reportajes y filmaciones realizados y obtenidos como consecuencia de la ejecución del
Proyecto en los eventos a efectuar, no podrán ser exhibidos, publicados o utilizados pública o privadamente, a excepción de aquellos que hubieren sido autorizados por las partes firmantes.
A los efectos previstos en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia,
el COE deberá aportar declaración responsable de haber recabado, antes del inicio de la ejecución del Proyecto, los correspondientes certificados negativos del
Registro Central de Delincuentes Sexuales de todo el personal que participe en el
mismo, responsabilizándose de las personas que participen en el programa o sus
eventuales sustitutos que tengan contacto habitual con menores en el desarrollo
del Proyecto.
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, como colaboradora en la organización del Proyecto, se obliga a realizar las siguientes actuaciones:
a) Colaborar en la selección de los colegios en los que se llevará a cabo el Proyecto
respetando, en la medida de lo posible, el reparto geográfico de las Áreas Territoriales en las que se encuentra estructurada la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230223-50
Cuarta
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE FEBRERO DE 2023
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i)
B.O.C.M. Núm. 46
Madrid con quince días de antelación al comienzo de las actividades, para su conformidad.
Elaborar, preparar y ejecutar las distintas acciones referidas en cada una de las tres
fases indicadas en la estipulación segunda de este Convenio.
Realizar un total de 51 visitas a otros tantos centros educativos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, dirigidas a los alumnos de 4.o, 5.o y 6.o de Educación Primaria, para una media de 80 alumnos por centro educativo.
Seleccionar y contratar a los deportistas olímpicos que van a participar en el desarrollo del programa, previa conformidad de la Comunidad de Madrid.
En su condición de organizador y ejecutor del Proyecto, el COE será el único y exclusivo responsable del cumplimiento de todas las obligaciones de carácter civil,
laboral, mercantil y fiscal que se deriven de sus relaciones con el personal y proveedores de bienes y servicios, que participen o intervengan directa o indirectamente en el Proyecto, así como de las que se deriven de su relación con los participantes en el Proyecto, comprometiéndose a que el importe económico máximo
del presente Convenio se corresponda con el desglose establecido en la estipulación quinta.
El COE se responsabilizará de que la realización de la campaña disponga de las
pólizas de seguros de responsabilidad civil necesarias que cubran cualquier tipo
de contingencia que se pueda producir en cualquiera de las actividades que componen el Proyecto, pólizas que mantendrá vigentes y al corriente de pago mientras
duren las actividades del Proyecto. Asimismo, el COE se comprometerá a mantener indemne a la Comunidad de Madrid de toda responsabilidad frente a terceros
o participantes que pudiera derivarse de la celebración las actividades en las que
participe la Comunidad de Madrid, en los términos establecidos en el presente
Convenio.
El COE se compromete a incorporar el logotipo y nombre de la Comunidad de
Madrid como colaborador institucional del Proyecto durante su celebración, en las
equipaciones de los deportistas olímpicos participantes, en la furgoneta que se utilizará para los desplazamientos de los mismos a los centros educativos, en los materiales didácticos, impresos y digitales, así como en todos los soportes de comunicación que se empleen para la divulgación del Proyecto, incluida la página web
y las redes sociales, en la forma en que se consensue entre ambas partes. Todos los
costes de producción, edición, publicación, etc., asociados a la inserción de la imagen institucional de la Comunidad de Madrid en los diferentes soportes serán por
cuenta del COE.
El COE podrá divulgar el Proyecto mediante el uso de los medios de comunicación habituales en los que difunde su actividad. No obstante, las imágenes, reportajes y filmaciones realizados y obtenidos como consecuencia de la ejecución del
Proyecto en los eventos a efectuar, no podrán ser exhibidos, publicados o utilizados pública o privadamente, a excepción de aquellos que hubieren sido autorizados por las partes firmantes.
A los efectos previstos en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia,
el COE deberá aportar declaración responsable de haber recabado, antes del inicio de la ejecución del Proyecto, los correspondientes certificados negativos del
Registro Central de Delincuentes Sexuales de todo el personal que participe en el
mismo, responsabilizándose de las personas que participen en el programa o sus
eventuales sustitutos que tengan contacto habitual con menores en el desarrollo
del Proyecto.
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, como colaboradora en la organización del Proyecto, se obliga a realizar las siguientes actuaciones:
a) Colaborar en la selección de los colegios en los que se llevará a cabo el Proyecto
respetando, en la medida de lo posible, el reparto geográfico de las Áreas Territoriales en las que se encuentra estructurada la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230223-50
Cuarta