D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230223-50)
Convenio – Convenio de 9 de febrero de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Comité Olímpico Español, para la colaboración en la realización del Proyecto “Tod@s Olímpic@s”
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BOCM
Pág. 212
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 46
cales, federaciones y demás asociaciones, fundaciones y entidades públicas o privadas, conforme con lo dispuesto en el artículo 13.p) del Decreto 229/2021, de 13 de octubre.
IV. Que el Comité Olímpico Español (en adelante, COE) es un organismo privado,
sin fines de lucro, con personalidad jurídica, plena capacidad de obrar, patrimonio propio y
duración ilimitada, declarado de utilidad pública por la Ley 39/2022, de 30 de diciembre,
del Deporte.
El COE se rige por sus propios estatutos y reglamentos, debidamente aprobados por el
Comité Olímpico Internacional, entidad de tutela y control de sus actividades, y por las normas de la Carta Olímpica, que constituye, además, derecho supletorio en todo lo no previsto por aquellos.
V. Que de conformidad con el artículo 4 de sus estatutos, el COE tiene por objeto desarrollar y perfeccionar el movimiento olímpico y el deporte, así como estimular y orientar
su práctica, y entre sus competencias le corresponde propagar los principios fundamentales
del olimpismo en el marco de la actividad deportiva y apoyar la difusión del olimpismo en
los programas de enseñanza, en especial de la educación física y del deporte, a nivel escolar y universitario, y que con base en estas competencias tiene previsto desarrollar en el año
2023 el Proyecto “Tod@s Olímpic@s”.
VI. Que en atención a la relevancia deportiva que tiene transmitir la experiencia y los
principios del olimpismo y educar en los valores del deporte olímpico, y con el fin de fomentar desde los poderes públicos la educación física y el deporte en los términos previstos en el artículo 43 de la Constitución Española, por la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, actuando en el ámbito competencial legalmente atribuido, se considera que existe un interés público que justifica su participación en el Proyecto “Tod@s Olímpic@s” promovido por el COE.
VII. Que la concurrencia de dicho interés público está en la base de la suscripción,
con fecha 9 de abril de 2021, por parte de la Comunidad de Madrid y del COE, de un Protocolo General para la colaboración en dicho proyecto, durante los años 2021, 2022, y 2023,
en cuya estipulación segunda se prevé el desarrollo posterior del citado protocolo mediante los instrumentos jurídicos oportunos.
VIII. Que la Comunidad de Madrid dispone de los medios necesarios para la participación en el objeto del presente Convenio, considerando que la colaboración entre las partes en la divulgación de los principios y valores del olimpismo entre los alumnos de centros
educativos madrileños es una actuación de interés público deportivo, por lo que, entre otras
obligaciones, prevé la de aportación económica, para la que existe dotación de crédito en
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, subconcepto 22802.
Dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de las instituciones firmantes, dentro de sus respectivos marcos competenciales, con la finalidad de establecer un instrumento de colaboración para el desarrollo del Proyecto “Tod@s Olímpic@s”, en virtud de todo
lo anteriormente expuesto, ambas partes convienen en la formalización del presente Convenio conforme a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto del presente Convenio es regular las relaciones entre las partes en orden a la
colaboración para impulsar la realización del Proyecto “Tod@s Olímpic@s”: Campaña
para la difusión de los valores olímpicos (en adelante, el Proyecto), en colegios del ámbito
territorial de la Comunidad de Madrid durante los meses de marzo a junio de 2023.
Contenido
Mediante este Proyecto se pretende la difusión del olimpismo y sus valores a través del
desarrollo y perfeccionamiento del movimiento olímpico y el deporte, la estimulación y
orientación de su práctica, así como el fortalecimiento del ideal olímpico mediante la adecuada divulgación de su espíritu y filosofía entre los alumnos de 4.o, 5.o y 6.o de Educación
Primaria de centros educativos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, para una
media de 80 alumnos por centro educativo y un total de 51 centros.
BOCM-20230223-50
Segunda
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 46
cales, federaciones y demás asociaciones, fundaciones y entidades públicas o privadas, conforme con lo dispuesto en el artículo 13.p) del Decreto 229/2021, de 13 de octubre.
IV. Que el Comité Olímpico Español (en adelante, COE) es un organismo privado,
sin fines de lucro, con personalidad jurídica, plena capacidad de obrar, patrimonio propio y
duración ilimitada, declarado de utilidad pública por la Ley 39/2022, de 30 de diciembre,
del Deporte.
El COE se rige por sus propios estatutos y reglamentos, debidamente aprobados por el
Comité Olímpico Internacional, entidad de tutela y control de sus actividades, y por las normas de la Carta Olímpica, que constituye, además, derecho supletorio en todo lo no previsto por aquellos.
V. Que de conformidad con el artículo 4 de sus estatutos, el COE tiene por objeto desarrollar y perfeccionar el movimiento olímpico y el deporte, así como estimular y orientar
su práctica, y entre sus competencias le corresponde propagar los principios fundamentales
del olimpismo en el marco de la actividad deportiva y apoyar la difusión del olimpismo en
los programas de enseñanza, en especial de la educación física y del deporte, a nivel escolar y universitario, y que con base en estas competencias tiene previsto desarrollar en el año
2023 el Proyecto “Tod@s Olímpic@s”.
VI. Que en atención a la relevancia deportiva que tiene transmitir la experiencia y los
principios del olimpismo y educar en los valores del deporte olímpico, y con el fin de fomentar desde los poderes públicos la educación física y el deporte en los términos previstos en el artículo 43 de la Constitución Española, por la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, actuando en el ámbito competencial legalmente atribuido, se considera que existe un interés público que justifica su participación en el Proyecto “Tod@s Olímpic@s” promovido por el COE.
VII. Que la concurrencia de dicho interés público está en la base de la suscripción,
con fecha 9 de abril de 2021, por parte de la Comunidad de Madrid y del COE, de un Protocolo General para la colaboración en dicho proyecto, durante los años 2021, 2022, y 2023,
en cuya estipulación segunda se prevé el desarrollo posterior del citado protocolo mediante los instrumentos jurídicos oportunos.
VIII. Que la Comunidad de Madrid dispone de los medios necesarios para la participación en el objeto del presente Convenio, considerando que la colaboración entre las partes en la divulgación de los principios y valores del olimpismo entre los alumnos de centros
educativos madrileños es una actuación de interés público deportivo, por lo que, entre otras
obligaciones, prevé la de aportación económica, para la que existe dotación de crédito en
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, subconcepto 22802.
Dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de las instituciones firmantes, dentro de sus respectivos marcos competenciales, con la finalidad de establecer un instrumento de colaboración para el desarrollo del Proyecto “Tod@s Olímpic@s”, en virtud de todo
lo anteriormente expuesto, ambas partes convienen en la formalización del presente Convenio conforme a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto del presente Convenio es regular las relaciones entre las partes en orden a la
colaboración para impulsar la realización del Proyecto “Tod@s Olímpic@s”: Campaña
para la difusión de los valores olímpicos (en adelante, el Proyecto), en colegios del ámbito
territorial de la Comunidad de Madrid durante los meses de marzo a junio de 2023.
Contenido
Mediante este Proyecto se pretende la difusión del olimpismo y sus valores a través del
desarrollo y perfeccionamiento del movimiento olímpico y el deporte, la estimulación y
orientación de su práctica, así como el fortalecimiento del ideal olímpico mediante la adecuada divulgación de su espíritu y filosofía entre los alumnos de 4.o, 5.o y 6.o de Educación
Primaria de centros educativos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, para una
media de 80 alumnos por centro educativo y un total de 51 centros.
BOCM-20230223-50
Segunda