Collado-Villalba (BOCM-20230216-60)
Organización y funcionamiento. Acuerdo régimen especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE FEBRERO DE 2023
terior salvo, que por cuestiones de la distribución del cuadrante o las necesidades del servicio debidamente motivadas no lo hagan posible. La hora de entrada en turno la mañana será
a las 6:00 horas y salida a las 14:30 horas, en cuanto al turno tarde la entrada será a las 13:30
horas y salida a las 22:00 horas. La entrada en el turno de noche será a las 21:45 horas y salida a las 6:15 horas. Cuando en el turno de noche se produzca una baja que previsiblemente pueda ser superior a quince días, se procederá a sustituir por otro, atendiendo al siguiente procedimiento: se pedirá voluntarios para cubrirla, en caso de no haber ninguno se
nombrará a uno forzoso, no pudiendo repetir en el año natural.
2. De la realización del turno en horario nocturno para personas mayores de 50 años,
se estará a lo establecido en la normativa, estatal y autonómica; a los policías u Oficiales que
trabajen en este régimen se les aplicará a efectos retributivos el tramo dedicación especial policía local grado I. La rotación será de mañana y tarde, con la siguiente cadencia, se trabajarán 8 jornadas de lunes a lunes y se libran las otras 6 jornadas consecutivas y todo ello según
cuadrante. La hora de entrada en turno la mañana será a las 6:00 horas y salida a las 14:30 horas, en cuanto al turno tarde la entrada será a las 13:30 horas y salida a las 22:00 horas.
3. Cadencia de trabajo de los Grupos Gestión Policial y Operativos. Los policías y
Oficiales que se adscriban a dichos grupos realizarán la jornada diaria de lunes a viernes
por la mañana, la hora de entrada será a las 7:00 horas y la salida a las 14:40 horas. Se librarán los sábados, domingos y festivos.
4. Cadencia de trabajo singular de Grupo Operativo, se establece este tipo de distribución de la jornada de trabajo para poder atender a las especiales características del servicio que se presten a los ciudadanos. Los policías u oficiales cabos que se adscriban a dichos
grupos prestarán su jornada ordinaria por la mañana, siendo la hora de entrada a las 7:00
horas y salida a las 14:40 horas. La cadencia será la siguiente: de lunes a viernes librando
los sábados, domingos y festivos. Todo ello, sin perjuicio de que por las necesidades del
servicio que surjan puedan prestar sus servicios en horario de tarde y en sábados. Se podrá
tener flexibilidad horaria en atención a las necesidades del servicio encomendado.
5. Los Subinspectores tendrán la siguiente distribución de la jornada de trabajo: de
lunes a viernes por las mañanas, con flexibilidad en la hora de entrada a partir de las 7:00
horas. Cuando realicen servicios por la tarde atendiendo a las necesidades del servicio, esto
es, grandes eventos, dispositivos especiales, etcétera. La hora de entrada por la tarde será a
las 13:00 horas con flexibilidad, en todo caso la salida será como máximo a las 22:00 horas.
6. La distribución de la jornada ordinaria de trabajo del Intendente e Inspector, será
la siguiente: de lunes a viernes por las mañanas con flexibilidad en la hora de entrada; sábados, domingos y festivos libres.
3.o Habiendo quedado supeditada la integración de diversos aspectos reconocidos en
el Acuerdo Vigente para los funcionarios del Ayuntamiento de Collado Villalba (Madrid)
todo ello debido a las peculiaridades del colectivo de Policía Local, se procederá al reconocimiento de los derechos contemplados en el art. 21 y 25 en los siguientes términos.
Art. 21.—Jornada laboral que reconoce una compensación para todos los funcionarios
de este Ayuntamiento consistente en:
Citamos textualmente “Los días 24 y 31 de diciembre, y sábado de Semana Santa, permanecerán cerradas las oficinas y servicios municipales, excepto aquellos/as empleados/as públicos/as que tengan que trabajar porque así lo tengan asignado. Dichos días, así como el 25 de
diciembre, 1, 5, y 6 de enero y el domingo de Semana Santa tendrán la consideración de
festivos, compensándole al/la funcionario/a con dos días libres que tendrán la consideración
de tiempo efectivo de trabajo”.
En este sentido se acuerda la integración del concepto referenciado en el Acuerdo Especifico de Policía, con la siguiente redacción.
Los días 1, 5 y 6 de enero, 24, 25 y 31 de diciembre, sábado y domingo de Semana
Santa, que tendrán la consideración de festivos, permanecerán cerradas las oficinas y servicios municipales, excepto aquellos/as empleados/as públicos/as que tengan que trabajar
porque así lo tengan asignado conforme a sus jornadas y cuadrantes, en este sentido, a los
funcionarios que presten servicio en estos días, se les compensará con dos días libres por
cada día completo trabajado, esta compensación tendrá a todos los efectos, la consideración
de tiempo efectivo de trabajo.
Art. 25.—Descanso semanal y diario de acuerdo vigente, reconoce una compensación
para los funcionarios de este ayuntamiento consistente en:
Citamos textualmente “Los cuadrantes de turnos se expondrán en los tablones de anuncios de las áreas correspondientes para conocimiento de los empleados y a los efectos de conciliación familiar se tendrá conocimiento de los mismos. El personal afectado por este siste-
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BOCM-20230216-60
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE FEBRERO DE 2023
terior salvo, que por cuestiones de la distribución del cuadrante o las necesidades del servicio debidamente motivadas no lo hagan posible. La hora de entrada en turno la mañana será
a las 6:00 horas y salida a las 14:30 horas, en cuanto al turno tarde la entrada será a las 13:30
horas y salida a las 22:00 horas. La entrada en el turno de noche será a las 21:45 horas y salida a las 6:15 horas. Cuando en el turno de noche se produzca una baja que previsiblemente pueda ser superior a quince días, se procederá a sustituir por otro, atendiendo al siguiente procedimiento: se pedirá voluntarios para cubrirla, en caso de no haber ninguno se
nombrará a uno forzoso, no pudiendo repetir en el año natural.
2. De la realización del turno en horario nocturno para personas mayores de 50 años,
se estará a lo establecido en la normativa, estatal y autonómica; a los policías u Oficiales que
trabajen en este régimen se les aplicará a efectos retributivos el tramo dedicación especial policía local grado I. La rotación será de mañana y tarde, con la siguiente cadencia, se trabajarán 8 jornadas de lunes a lunes y se libran las otras 6 jornadas consecutivas y todo ello según
cuadrante. La hora de entrada en turno la mañana será a las 6:00 horas y salida a las 14:30 horas, en cuanto al turno tarde la entrada será a las 13:30 horas y salida a las 22:00 horas.
3. Cadencia de trabajo de los Grupos Gestión Policial y Operativos. Los policías y
Oficiales que se adscriban a dichos grupos realizarán la jornada diaria de lunes a viernes
por la mañana, la hora de entrada será a las 7:00 horas y la salida a las 14:40 horas. Se librarán los sábados, domingos y festivos.
4. Cadencia de trabajo singular de Grupo Operativo, se establece este tipo de distribución de la jornada de trabajo para poder atender a las especiales características del servicio que se presten a los ciudadanos. Los policías u oficiales cabos que se adscriban a dichos
grupos prestarán su jornada ordinaria por la mañana, siendo la hora de entrada a las 7:00
horas y salida a las 14:40 horas. La cadencia será la siguiente: de lunes a viernes librando
los sábados, domingos y festivos. Todo ello, sin perjuicio de que por las necesidades del
servicio que surjan puedan prestar sus servicios en horario de tarde y en sábados. Se podrá
tener flexibilidad horaria en atención a las necesidades del servicio encomendado.
5. Los Subinspectores tendrán la siguiente distribución de la jornada de trabajo: de
lunes a viernes por las mañanas, con flexibilidad en la hora de entrada a partir de las 7:00
horas. Cuando realicen servicios por la tarde atendiendo a las necesidades del servicio, esto
es, grandes eventos, dispositivos especiales, etcétera. La hora de entrada por la tarde será a
las 13:00 horas con flexibilidad, en todo caso la salida será como máximo a las 22:00 horas.
6. La distribución de la jornada ordinaria de trabajo del Intendente e Inspector, será
la siguiente: de lunes a viernes por las mañanas con flexibilidad en la hora de entrada; sábados, domingos y festivos libres.
3.o Habiendo quedado supeditada la integración de diversos aspectos reconocidos en
el Acuerdo Vigente para los funcionarios del Ayuntamiento de Collado Villalba (Madrid)
todo ello debido a las peculiaridades del colectivo de Policía Local, se procederá al reconocimiento de los derechos contemplados en el art. 21 y 25 en los siguientes términos.
Art. 21.—Jornada laboral que reconoce una compensación para todos los funcionarios
de este Ayuntamiento consistente en:
Citamos textualmente “Los días 24 y 31 de diciembre, y sábado de Semana Santa, permanecerán cerradas las oficinas y servicios municipales, excepto aquellos/as empleados/as públicos/as que tengan que trabajar porque así lo tengan asignado. Dichos días, así como el 25 de
diciembre, 1, 5, y 6 de enero y el domingo de Semana Santa tendrán la consideración de
festivos, compensándole al/la funcionario/a con dos días libres que tendrán la consideración
de tiempo efectivo de trabajo”.
En este sentido se acuerda la integración del concepto referenciado en el Acuerdo Especifico de Policía, con la siguiente redacción.
Los días 1, 5 y 6 de enero, 24, 25 y 31 de diciembre, sábado y domingo de Semana
Santa, que tendrán la consideración de festivos, permanecerán cerradas las oficinas y servicios municipales, excepto aquellos/as empleados/as públicos/as que tengan que trabajar
porque así lo tengan asignado conforme a sus jornadas y cuadrantes, en este sentido, a los
funcionarios que presten servicio en estos días, se les compensará con dos días libres por
cada día completo trabajado, esta compensación tendrá a todos los efectos, la consideración
de tiempo efectivo de trabajo.
Art. 25.—Descanso semanal y diario de acuerdo vigente, reconoce una compensación
para los funcionarios de este ayuntamiento consistente en:
Citamos textualmente “Los cuadrantes de turnos se expondrán en los tablones de anuncios de las áreas correspondientes para conocimiento de los empleados y a los efectos de conciliación familiar se tendrá conocimiento de los mismos. El personal afectado por este siste-
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