C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20230215-36)
Puesto funcionario habilitación nacional – Resolución de 26 de enero de 2023, del Director General de Reequilibrio Territorial sobre la supresión del puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, denominado Oficial Mayor Clase 3.a, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz
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BOCM
Pág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 39
la competencia para la creación y supresión del puesto corresponde al Ayuntamiento, mientras que la clasificación (tanto de la creación como de la supresión) le corresponde a la Comunidad de Madrid.
Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.
Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Administración Local y Digitalización,
HE RESUELTO
BOCM-20230215-36
1. Dar publicidad en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el
que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, de la supresión del puesto de colaboración de Oficial Mayor, Clase 3.a, Ayuntamiento Torrejón de Ardoz, adoptado por dicho Ayuntamiento, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 28 de noviembre de 2022 y 11 de
enero de 2023, virtud de las competencias que le atribuye del artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Hacienda y Función Pública,
a los efectos que sean procedentes.
4. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Administración Local y Digitalización, o ante
el Director General de Reequilibrio Territorial, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier
otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.
Asimismo, para litigios entre Administraciones Públicas, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En Madrid, a 26 de enero de 2023.—El Director General de Reequilibrio Territorial,
Rafael García González.
(03/2.082/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 39
la competencia para la creación y supresión del puesto corresponde al Ayuntamiento, mientras que la clasificación (tanto de la creación como de la supresión) le corresponde a la Comunidad de Madrid.
Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.
Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Administración Local y Digitalización,
HE RESUELTO
BOCM-20230215-36
1. Dar publicidad en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el
que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, de la supresión del puesto de colaboración de Oficial Mayor, Clase 3.a, Ayuntamiento Torrejón de Ardoz, adoptado por dicho Ayuntamiento, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 28 de noviembre de 2022 y 11 de
enero de 2023, virtud de las competencias que le atribuye del artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Hacienda y Función Pública,
a los efectos que sean procedentes.
4. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Administración Local y Digitalización, o ante
el Director General de Reequilibrio Territorial, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier
otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.
Asimismo, para litigios entre Administraciones Públicas, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En Madrid, a 26 de enero de 2023.—El Director General de Reequilibrio Territorial,
Rafael García González.
(03/2.082/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791