D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230215-58)
Convenio –  Convenio de 23 de enero de 2023, entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Cultura y Deporte y el Ministerio de Hacienda y Función Pública, la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid y el Ateneo Científico, Literario y Artístico de Madrid, para la creación de la comisión interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público “Bicentenario del Ateneo de Madrid”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 39

MIÉRCOLES 15 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 277

Decimoquinta
Protección de datos y confidencialidad
Todas las actuaciones derivadas del presente convenio se realizarán con sujeción a lo
regulado por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y a lo previsto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa que sea de aplicación en materia de protección de datos. Cualquier comunicación de datos de carácter personal al objeto de cumplir las finalidades expuestas en el presente convenio requerirá el previo
y expreso consentimiento de las partes afectadas.
Las partes deberán garantizar el carácter confidencial de la información a la que tengan acceso con ocasión de la realización de las actividades, salvo por las comunicaciones
que se acuerden al respecto según lo previsto en el mismo, debiendo en consecuencia mantener todo ello de manera reservada, sin perjuicio de la información que deba publicarse en
cumplimiento de lo establecido por la normativa de aplicación en materia de transparencia
y acceso a la información pública.
Decimosexta
Naturaleza jurídica y jurisdicción competente

BOCM-20230215-58

El presente convenio tiene naturaleza administrativa siendo el régimen jurídico aplicable el establecido en los arts. 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y se rige por lo dispuesto en los artículos 3.2 de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid y 57 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
El objeto del convenio no tiene carácter contractual, y lo constituye el acuerdo entre ambas partes firmantes para la consecución de un fin común, por lo que en ningún caso, tiene por
objeto una prestación propia de los contratos, estando excluido de la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre, según lo dispuesto en su artículo 6.2. No obstante, las
dudas y lagunas que pudieran surgir en su ejecución se resolverán de acuerdo con los principios establecidos en dicho texto legal, de acuerdo con lo previsto en su artículo 4.
El conocimiento y resolución de todas las cuestiones que se pudieran plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, a falta de acuerdo entre las partes se someterán a la comisión interadministrativa.
En caso de discrepancia, las partes se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa de Madrid.
Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente convenio en la fecha que
se indica a continuación.
Madrid, a 23 de enero de 2023.—El Ministro de Cultura y Deporte, Miquel Octavi Iceta i Llorens.—La Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, María del Pilar Paneque
Sosa.—La Presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Natividad Díaz Ayuso.—El Alcalde del Ayuntamiento de Madrid, José Luis Martínez-Almeida Navasqüés.—El Presidente del Ateneo Científico, Literario y Artístico de Madrid, Luis Arroyo Martínez.
(03/1.993/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791