C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230214-17)
Pruebas titulación académica – Resolución de 4 de febrero de 2023, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan para el año 2023 las pruebas para la obtención del título de Bachiller destinadas a personas mayores de veinte años en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 137
2. Documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente que
acredite el cumplimiento del requisito de edad, en el caso de que el interesado se oponga de
forma expresa a su consulta.
3. Título que posea el aspirante para poder participar en estas pruebas.
4. Si el aspirante solicita la exención, convalidación o reconocimiento de una materia anteriormente superada, deberá acompañar su solicitud de la documentación acreditativa que justifique esta circunstancia, en su caso, con alguno de los siguientes documentos:
a) Certificación académica oficial de los estudios cursados.
b) Copia del historial académico de Bachillerato.
c) Certificación oficial de las calificaciones obtenidas en las materias superadas,
convalidadas o exentas en convocatorias anteriores de las pruebas libres para la
obtención del título de Bachillerato para mayores de veinte años.
d) Documentación que acredite alguna de las condiciones para la convalidación de
materias de bachillerato, conforme al capítulo II de la Orden 2582/2016, de 17 de
agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de
Madrid, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en el Bachillerato.
e) Documentación que acredite alguna de las condiciones para estar exento de la materia
de Educación Física, conforme al artículo 9 de la Orden 2582/2016, de 17 de agosto.
5. Aquellos aspirantes que soliciten la adaptación de las pruebas, por presentar algún
tipo de discapacidad o necesidad educativa específica, deberán aportar la documentación
pertinente que justifique su petición, en el caso de que el interesado se oponga de forma expresa a su consulta o cuando dicha consulta no sea posible.
6. En caso de que el interesado actúe mediante representante, deberá presentar un documento de otorgamiento de la representación.
Quinto
1. El plazo de inscripción será del 16 al 30 de marzo de 2023, ambos inclusive.
2. Los solicitantes podrán elegir cualquiera de los siguientes lugares para presentar
la solicitud y la documentación que debe acompañarla:
a) De forma telemática, en la sede electrónica a la que puede acceder en la dirección:
https://sede.comunidad.madrid/ofertas-formacion/pruebas-bachiller-mayores20-anos-5
Para ello, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de
Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación» o cualquier otro sistema de firma electrónica
que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que
se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
La documentación requerida en el procedimiento puede anexarse a la solicitud, sin
perjuicio del derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de
la Administración. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos
documentos salvo que se oponga a ello, en cuyo caso estará obligado, con carácter general, a aportar copia de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Igualmente, podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente a
través del portal de internet de la Comunidad de Madrid en la dirección electrónica:
sede.comunidad.madrid
b) De forma presencial, en la secretaría de alguno de los centros en que tendrá lugar
la prueba, cuyo listado figura en el apartado segundo de esta resolución o en el Registro de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades. También
se podrá presentar en las Oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas en materia de
registros, o en cualquier otro lugar establecido en las disposiciones vigentes.
3. En todo caso, se indicará como destinatario el centro docente, de entre los recogidos en el mencionado apartado segundo, en que el interesado desea examinarse, así como
la Dirección del Área Territorial a la que pertenece.
BOCM-20230214-17
Inscripción en las pruebas
B.O.C.M. Núm. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 137
2. Documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente que
acredite el cumplimiento del requisito de edad, en el caso de que el interesado se oponga de
forma expresa a su consulta.
3. Título que posea el aspirante para poder participar en estas pruebas.
4. Si el aspirante solicita la exención, convalidación o reconocimiento de una materia anteriormente superada, deberá acompañar su solicitud de la documentación acreditativa que justifique esta circunstancia, en su caso, con alguno de los siguientes documentos:
a) Certificación académica oficial de los estudios cursados.
b) Copia del historial académico de Bachillerato.
c) Certificación oficial de las calificaciones obtenidas en las materias superadas,
convalidadas o exentas en convocatorias anteriores de las pruebas libres para la
obtención del título de Bachillerato para mayores de veinte años.
d) Documentación que acredite alguna de las condiciones para la convalidación de
materias de bachillerato, conforme al capítulo II de la Orden 2582/2016, de 17 de
agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de
Madrid, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en el Bachillerato.
e) Documentación que acredite alguna de las condiciones para estar exento de la materia
de Educación Física, conforme al artículo 9 de la Orden 2582/2016, de 17 de agosto.
5. Aquellos aspirantes que soliciten la adaptación de las pruebas, por presentar algún
tipo de discapacidad o necesidad educativa específica, deberán aportar la documentación
pertinente que justifique su petición, en el caso de que el interesado se oponga de forma expresa a su consulta o cuando dicha consulta no sea posible.
6. En caso de que el interesado actúe mediante representante, deberá presentar un documento de otorgamiento de la representación.
Quinto
1. El plazo de inscripción será del 16 al 30 de marzo de 2023, ambos inclusive.
2. Los solicitantes podrán elegir cualquiera de los siguientes lugares para presentar
la solicitud y la documentación que debe acompañarla:
a) De forma telemática, en la sede electrónica a la que puede acceder en la dirección:
https://sede.comunidad.madrid/ofertas-formacion/pruebas-bachiller-mayores20-anos-5
Para ello, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de
Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación» o cualquier otro sistema de firma electrónica
que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que
se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
La documentación requerida en el procedimiento puede anexarse a la solicitud, sin
perjuicio del derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de
la Administración. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos
documentos salvo que se oponga a ello, en cuyo caso estará obligado, con carácter general, a aportar copia de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Igualmente, podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente a
través del portal de internet de la Comunidad de Madrid en la dirección electrónica:
sede.comunidad.madrid
b) De forma presencial, en la secretaría de alguno de los centros en que tendrá lugar
la prueba, cuyo listado figura en el apartado segundo de esta resolución o en el Registro de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades. También
se podrá presentar en las Oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas en materia de
registros, o en cualquier otro lugar establecido en las disposiciones vigentes.
3. En todo caso, se indicará como destinatario el centro docente, de entre los recogidos en el mencionado apartado segundo, en que el interesado desea examinarse, así como
la Dirección del Área Territorial a la que pertenece.
BOCM-20230214-17
Inscripción en las pruebas