B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230214-4)
Instrucciones personal funcionario de justicia – Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se modifica la resolución de 9 de julio de 2018 por la que aprueban las instrucciones en materia de vacaciones permisos y licencias de los funcionarios de la Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 26
MARTES 14 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 38
Quinto
La Instrucción tercera, apartado 13, queda redactada de la siguiente forma y se añade
un nuevo supuesto:
“Permiso por deber inexcusable:
f) La comparecencia ante cualquier órgano de la Administración Pública que haya
requerido la misma para la realización de trámites”.
Quinto
Efectos de las Instrucciones
BOCM-20230214-4
La presente Resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de su publicación, ante el titular
de la Viceconsejería de Justicia y Víctimas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
En Madrid, a 2 de febrero de 2023.—La Directora General de Recursos Humanos y
Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.
(03/1.972/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 26
MARTES 14 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 38
Quinto
La Instrucción tercera, apartado 13, queda redactada de la siguiente forma y se añade
un nuevo supuesto:
“Permiso por deber inexcusable:
f) La comparecencia ante cualquier órgano de la Administración Pública que haya
requerido la misma para la realización de trámites”.
Quinto
Efectos de las Instrucciones
BOCM-20230214-4
La presente Resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de su publicación, ante el titular
de la Viceconsejería de Justicia y Víctimas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
En Madrid, a 2 de febrero de 2023.—La Directora General de Recursos Humanos y
Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.
(03/1.972/23)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791