D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230214-45)
Convenio –  Convenio de 30 de enero de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Unión de Agencias de Viajes (UNAV) para el desarrollo del programa “Rutas culturales para mayores” de la Comunidad de Madrid durante los años 2023-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 38

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE FEBRERO DE 2023

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IV. Respecto del reconocimiento de las empresas participantes en el Programa:
a. El reconocimiento se formalizará en un documento suscrito por el titular de la
Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia, en el que quedará perfectamente identificado el conjunto de rutas para las que se otorga dicho reconocimiento.
b. La Comunidad de Madrid es ajena, por completo, a la relación contractual o
de otra índole que se establezca entre los particulares, las empresas participantes y las agencias de viajes, no teniendo el personal que preste los correspondientes servicios, vinculación jurídico-laboral alguna con la Comunidad
de Madrid.
V. Respecto al desarrollo de la responsabilidad social corporativa de las entidades:
A partir del año 2022, a través de la Comisión de Seguimiento que se señala en la
cláusula sexta, las empresas que participan en el programa canalizarán sus programas de responsabilidad social corporativa para promover el acceso gratuito al
programa objeto del Convenio a “cuidadores no profesionales”, de personas que
perciben una prestación económica por cuidados en el entorno familiar (PECEF)
de la Comunidad de Madrid.
La oferta se concretará en 50 plazas por empresa participante de sus programas
de “escapadas nacionales”, con una duración de 3 noches y 4 días. Dichas plazas
serán las mismas que las ofertadas por cada empresa en su folleto. En la Comisión de Seguimiento se consensuará la fórmula y requisitos de acceso.
Sexta
1. A efectos de llevar a cabo la evaluación y seguimiento del desarrollo del Programa,
se constituirá una Comisión de Seguimiento con las empresas participantes adheridas al convenio, integrada por dos representantes de la Consejería y uno por cada empresa, que se regulará por lo dispuesto en la Sección 3.a, Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
2. A esta Comisión le corresponde, entre otras, las siguientes funciones:
a) Establecer el calendario de actuaciones del Programa destacando: diseño de la
oferta, fechas de comercialización, actuaciones de difusión, fechas de entrega de
informes parciales de comercialización y desarrollo de rutas e informes finales
(Anexo D).
b) Conocer el desarrollo de las rutas y posibles ajustes que pudieran ser necesarios.
c) Conocer los datos que se dispongan de características personales (perfil) de los
viajeros/as.
d) Conocer las evaluaciones cumplimentadas por los usuarios en cada una de las rutas realizadas, en las que se medirá el nivel de satisfacción alcanzado por estos,
respecto del alojamiento, comida, actuación de los guías, la adecuación de las rutas, las visitas y el transporte.
e) Puesta en común del informe general, de evaluación de la totalidad de las rutas,
conclusiones y propuestas de mejora.
f) Diseño, consenso y desarrollo de nuevas actuaciones del Programa “Rutas Culturales para Mayores”, que favorezcan la participación de las personas mayores de
la Comunidad de Madrid.
g) Actuaciones para el consenso de criterios de actuación necesarios para el desarrollo
del Programa.
h) Establecer los términos y condiciones del desarrollo de la responsabilidad social
corporativa de las empresas, en el marco del programa.
3. La Comisión de Seguimiento se reunirá cuantas veces lo estimen oportuno las partes, mediante convocatoria de cualquiera de ellas con una antelación mínima de diez días
hábiles.
4. Actuará como presidente de la Comisión de Seguimiento el titular de la Dirección
General competente en materia atención a personas mayores, quien designará como titular
de la secretaría a un/a empleado/a público entre el personal de la Dirección General.

BOCM-20230214-45

Comisión de Seguimiento