Alpedrete (BOCM-20230214-61)
Otros anuncios. Bases premios
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 38

Conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y siguiendo las Recomendaciones e
Instrucciones emitidas por la Agencia Española de Protección de Datos los participantes inscritos serán informados y se les pedirá autorización expresa para el tratamiento de sus datos incluidos en los materiales de inscripción y/o difusión del certamen.
Artículo 8. Órgano competente para la instrucción y resolución.—La instrucción
será realizada por el área de Juventud, y en función del dictamen del Jurado en el que se señalan las obras premiadas, se elevará propuesta del concejal delegado del área a la junta de
gobierno local para la autorización del gasto y adjudicación del premio.
Las presentes bases, así como la resolución de los premios deberán publicarse en la página web municipal ( www.alpedrete.es ) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para
su general conocimiento.
Artículo 9. Otras determinaciones.—Los concursantes se comprometen a asistir a los
actos de promoción que su respectivo Ayuntamiento organice. La organización podrá introducir las modificaciones que estime convenientes para el buen funcionamiento del proyecto.
La presentación a este certamen implica el conocimiento y la total aceptación de las
bases.
Las obras presentadas podrán recogerse en lugar/ municipio, a partir del día siguiente
del desmontaje de las exposiciones, y hasta un mes después. Si dichas obras no fuesen retiradas en el plazo establecido, pasarán a ser propiedad municipal.
Las obras premiadas se recogerán cuando se desmonte la última exposición del Circuito.
Artículo 10. Pago de los premios.—Los participantes que resulten ganadores en este
certamen de los premios otorgados por el jurado de Alpedrete podrán solicitar el pago de
los mismos desde el día 1 de mayo de 2023, cumplimentando el impreso general de solicitud, y aportando documento que acredite suficientemente la titularidad de la cuenta bancaria en la que se desea el ingreso del premio (certificado bancario emitido en 2023, fotocopia de la cartilla o recibo del año 2022, emitido a nombre del ganador.
La cuenta bancaria deberá estar obligatoriamente a nombre del participante ganador
del concurso.
En caso de que el ganador sea menor de edad, los premios se entregarán por el concejal del área de Juventud, para lo que se establecerá contacto previamente con el padre/madre o tutor/tutora del menor que figure junto a la inscripción de participación del certamen,
para concertar el día más apropiado para la entrega del premio.
Se establece un plazo máximo de 2 meses para solicitar el pago del premio.
En cumplimiento de la legislación vigente en materia de Régimen Local, se somete el
expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones o alegaciones que estimen
oportunas.
Si transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado reclamaciones, estas bases se
entenderán definitivamente aprobadas.
Alpedrete, a 31 de enero de 2023.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.

BOCM-20230214-61

(02/1.863/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791