C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20230213-28)
Extracto convocatoria subvenciones – Resolución de 3 de febrero de 2023, del Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hacen públicas las bases reguladoras y la convocatoria del programa de “Becas-Prácticas Fundación ONCE-CRUE” curso 2022-2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 13 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 37
— Haber realizado la solicitud de la beca “a través de la plataforma de becas ONCE
y, además, en la URJC”.
d En la plataforma de becas Fundación ONCE, a través del siguiente enlace:
https://becas.fundaciononce.es
d En la URJC, a través de Registro General, cualquiera de los Registros Auxiliares de la Universidad Rey Juan Carlos o mediante alguno de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
— Tendrán preferencia los estudiantes que hayan superado al menos el 50 por 100 de
los créditos de la titulación de grado o estar cursando un máster, sin haber realizado aún las prácticas académicas.
El hecho de concurrir a la presente convocatoria por parte de los solicitantes implica
la aceptación de las normas fijadas en la misma, así como de los requisitos en ella establecidos, de acuerdo con sus bases reguladoras.
El incumplimiento total o parcial de los requisitos establecidos en las presentes bases
o en su resolución de convocatoria, dará lugar a la pérdida del derecho de participación y/o
a la ayuda.
El beneficiario de estas ayudas deberá:
— Cumplir las prescripciones contenidas en la presente convocatoria y demás obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley de 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, desde la presentación de la solicitud hasta la finalización de la beca.
— Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente
en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que
puedan realizar los órganos de control competentes.
— Comunicar al órgano concedente tan pronto como se conozca y en todo caso antes
de la justificación, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas que resulten incompatibles con
el objeto de la presente convocatoria.
— Proceder al reintegro de los fondos percibidos si se produjese alguna de las causas
de reintegro contempladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre,
General de Subvenciones.
3. Documentación a presentar en la Universidad Rey Juan Carlos
Los interesados han de entregar la documentación que se indica en la base 3 de las bases reguladoras de la convocatoria.
4. Requisitos de las empresas participantes
— Al programa se podrán sumar grandes empresas, pymes, microempresas, entidades de la economía social y del tercer sector, así como otras instituciones y entidades públicas o privadas.
— Las empresas deberán asegurar los mecanismos y procedimientos necesarios para
la realización de la práctica: garantizarán la accesibilidad del puesto en el que se
realice la formación práctica del estudiante y la asignación de un tutor responsable
que forme parte de la empresa, que será el encargado de su seguimiento, el diseño
del plan de formación durante el período de realización de la práctica, la asignación
de funciones y tareas que contribuyan al desarrollo de competencias profesionales
que complementen los conocimientos técnicos del estudiante, entre otros.
5. Plazo de inscripción, subsanación y publicación
— Plazo: el plazo para la presentación de solicitudes estará activo cinco días hábiles
desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
— Inscripción: las personas interesadas deberán inscribirse, obligatoriamente, tanto
en la plataforma de becas ONCE como en la URJC.
d En la plataforma de becas ONCE, a través del siguiente enlace: https://becas.fundaciononce.es
BOCM-20230213-28
Pág. 98
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 37
— Haber realizado la solicitud de la beca “a través de la plataforma de becas ONCE
y, además, en la URJC”.
d En la plataforma de becas Fundación ONCE, a través del siguiente enlace:
https://becas.fundaciononce.es
d En la URJC, a través de Registro General, cualquiera de los Registros Auxiliares de la Universidad Rey Juan Carlos o mediante alguno de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
— Tendrán preferencia los estudiantes que hayan superado al menos el 50 por 100 de
los créditos de la titulación de grado o estar cursando un máster, sin haber realizado aún las prácticas académicas.
El hecho de concurrir a la presente convocatoria por parte de los solicitantes implica
la aceptación de las normas fijadas en la misma, así como de los requisitos en ella establecidos, de acuerdo con sus bases reguladoras.
El incumplimiento total o parcial de los requisitos establecidos en las presentes bases
o en su resolución de convocatoria, dará lugar a la pérdida del derecho de participación y/o
a la ayuda.
El beneficiario de estas ayudas deberá:
— Cumplir las prescripciones contenidas en la presente convocatoria y demás obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley de 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, desde la presentación de la solicitud hasta la finalización de la beca.
— Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente
en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que
puedan realizar los órganos de control competentes.
— Comunicar al órgano concedente tan pronto como se conozca y en todo caso antes
de la justificación, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas que resulten incompatibles con
el objeto de la presente convocatoria.
— Proceder al reintegro de los fondos percibidos si se produjese alguna de las causas
de reintegro contempladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre,
General de Subvenciones.
3. Documentación a presentar en la Universidad Rey Juan Carlos
Los interesados han de entregar la documentación que se indica en la base 3 de las bases reguladoras de la convocatoria.
4. Requisitos de las empresas participantes
— Al programa se podrán sumar grandes empresas, pymes, microempresas, entidades de la economía social y del tercer sector, así como otras instituciones y entidades públicas o privadas.
— Las empresas deberán asegurar los mecanismos y procedimientos necesarios para
la realización de la práctica: garantizarán la accesibilidad del puesto en el que se
realice la formación práctica del estudiante y la asignación de un tutor responsable
que forme parte de la empresa, que será el encargado de su seguimiento, el diseño
del plan de formación durante el período de realización de la práctica, la asignación
de funciones y tareas que contribuyan al desarrollo de competencias profesionales
que complementen los conocimientos técnicos del estudiante, entre otros.
5. Plazo de inscripción, subsanación y publicación
— Plazo: el plazo para la presentación de solicitudes estará activo cinco días hábiles
desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
— Inscripción: las personas interesadas deberán inscribirse, obligatoriamente, tanto
en la plataforma de becas ONCE como en la URJC.
d En la plataforma de becas ONCE, a través del siguiente enlace: https://becas.fundaciononce.es
BOCM-20230213-28
Pág. 98
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID