D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230213-43)
Convenio –  Convenio interadministrativo de 19 de enero de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la prestación del servicio de comedor en la calle Canarias, número 5
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 37

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 127

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
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CONVENIO interadministrativo de 19 de enero de 2023, entre la Comunidad
de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la prestación del servicio de comedor en la calle Canarias, número 5.
En Madrid, a 19 de enero de 2023.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Isabel Natividad Díaz Ayuso, Presidenta de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Real Decreto 439/2021, de 18 de junio, en virtud de las
facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid; el artículo 7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde del Ayuntamiento de
Madrid en virtud de su elección en sesión celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid
el 15 de junio de 2019, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 22/2006, de 4
de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 14.3.k) de la Ley 22/2006, de 4 de julio.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y
MANIFIESTAN
Primero
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 42/2021, de 19 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se crea la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
Segundo

Tercero
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del citado Decreto 208/2021, corresponde a la Dirección General de Servicios Sociales, entre otras competencias, el fomento y desarrollo de programas sociales dirigidos a población vulnerable complementarios de los
servicios sociales normalizados, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la consejería y a distintas administraciones públicas, así como la asignación de plazas de comedores sociales.

BOCM-20230213-43

Que por Decreto 208/2021, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, el titular
de la misma ejercerá las competencias que tiene atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y demás disposiciones en vigor, correspondiéndole el desarrollo general, la coordinación, la dirección y
la ejecución de las políticas del Gobierno en materia de cohesión e inclusión social, servicios
sociales, familia, protección del menor y de la mujer, atención a personas mayores, dependientes y con discapacidad, promoción social y fomento del voluntariado, atención a la dependencia, inmigración y cooperación al desarrollo, promoción y consecución de la igualdad
real y efectiva entre hombre y mujeres, así como lucha contra toda clase de discriminación y
contra la violencia de género.