A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230211-1)
Medidas salud pública prevención COVID-19 – Orden 224/2023, de 9 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 4
SÁBADO 11 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 36
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Dirección General de
Salud Pública y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 de la Ley 12/2001,
de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid y de conformidad
con la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y el apartado quinto de la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19,
DISPONGO
Primero
Modificación de la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad,
por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden 1244/2021, de 1 de octubre,
de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19:
Uno. Se modifica el punto 1 del apartado octavo que queda redactado de la siguiente forma:
“1. Todas las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarilla en los siguientes supuestos:
a) En los centros y servicios sanitarios, en las oficinas de farmacia y en botiquines,
según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que
se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y
de los pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en
su habitación.
b) En los centros sociosanitarios, las personas que trabajen en ellos siempre que estén
en contacto con personas residentes o en zonas compartidas con esas personas y
los visitantes cuando estén en zonas compartidas”.
Dos. Se suprime el apartado sexagésimo sexto.
Segundo
Publicación y efectos
La presente orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y surtirá efectos desde el día de su publicación.
Madrid, a 9 de febrero de 2023.
El Consejero de Sanidad,
ENRIQUE RUIZ ESCUDERO
BOCM-20230211-1
(03/2.345/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 4
SÁBADO 11 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 36
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Dirección General de
Salud Pública y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 de la Ley 12/2001,
de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid y de conformidad
con la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y el apartado quinto de la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19,
DISPONGO
Primero
Modificación de la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad,
por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden 1244/2021, de 1 de octubre,
de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19:
Uno. Se modifica el punto 1 del apartado octavo que queda redactado de la siguiente forma:
“1. Todas las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarilla en los siguientes supuestos:
a) En los centros y servicios sanitarios, en las oficinas de farmacia y en botiquines,
según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que
se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y
de los pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en
su habitación.
b) En los centros sociosanitarios, las personas que trabajen en ellos siempre que estén
en contacto con personas residentes o en zonas compartidas con esas personas y
los visitantes cuando estén en zonas compartidas”.
Dos. Se suprime el apartado sexagésimo sexto.
Segundo
Publicación y efectos
La presente orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y surtirá efectos desde el día de su publicación.
Madrid, a 9 de febrero de 2023.
El Consejero de Sanidad,
ENRIQUE RUIZ ESCUDERO
BOCM-20230211-1
(03/2.345/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791