C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230210-29)
Bases ayudas – Orden 83/2023, de 27 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales y municipios de la Comunidad de Madrid para la implantación de Zonas de Bajas Emisiones y la adaptación al cambio climático
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 35
VIERNES 10 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 275
garantía de los derechos digitales. Los datos de carácter personal serán incorporados a la
actividad de tratamiento de la Comunidad de Madrid. La información relativa a los destinatarios de los datos, la finalidad y las medidas de seguridad, así como cualquier información adicional relativa a la protección de los datos personales podrá consultarla en el siguiente enlace:
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2. A este respecto, los interesados podrán ejercer personalmente los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación de tratamiento.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación de las bases reguladoras aprobadas por Orden 1823/2021,
de 10 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
A partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL
MADRID queda derogada la Orden 1823/2021, de 10 de diciembre,
de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas contempladas en el Plan de Impulso al Medio
Ambiente (PIMA) Cambio Climático.
DE LA COMUNIDAD DE
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Supletoriedad
Los aspectos no dispuestos en la presente Orden se regirán por lo establecido en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; en
la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la
concesión de ayudas y subvenciones públicas por parte de la Comunidad de Madrid y en el
Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de normas reguladoras de las
mismas, en todo lo que no se opongan a la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Segunda
Habilitación normativa
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación e interpretación
de la presente Orden.
Tercera
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 27 de enero de 2023.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
BOCM-20230210-29
(03/1.653/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación de las bases reguladoras aprobadas por Orden 1823/2021,
de 10 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
A partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL
MADRID queda derogada la Orden 1823/2021, de 10 de diciembre,
de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas contempladas en el Plan de Impulso al Medio
Ambiente (PIMA) Cambio Climático.
DE LA COMUNIDAD DE
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Supletoriedad
Los aspectos no dispuestos en la presente Orden se regirán por lo establecido en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; en
la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la
concesión de ayudas y subvenciones públicas por parte de la Comunidad de Madrid y en el
Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de normas reguladoras de las
mismas, en todo lo que no se opongan a la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Segunda
Habilitación normativa
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación e interpretación
de la presente Orden.
Tercera
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 27 de enero de 2023.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
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(03/1.653/23)
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