Madrid (BOCM-20230208-48)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 33
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 205
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 31, de fecha 6 de febrero de 2023, se publica por error anuncio con número de inserción 03/1.612/23, páginas 312
a 317, por lo que se deja sin efecto, publicándose a continuación el único texto válido:
Extracto de la convocatoria pública de subvenciones dirigidas al sector audiovisual,
aprobada por decreto de 29 de diciembre de 2022, del delegado del Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Empleo.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Código BDNS (Identif.): 672806
Documento corriente 2023 A 1400000204 (SUBCO 2022 0000000175).
a) Línea 1. Producción: Largometrajes y series, de ficción o documental, ya sean
realizados en imagen real o en animación.
Los proyectos presentados no podrán haber finalizado su rodaje a fecha de publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” en
el supuesto de imagen real, o su producción en el caso de proyectos producidos íntegramente con técnicas de animación.
Los proyectos (largometrajes y series) realizados en imagen real deberán haber finalizado el rodaje como máximo el 31 de diciembre de 2023.
En el caso de proyectos producidos íntegramente con técnicas de animación el
proyecto (largometraje o serie) deberá estar finalizado antes de 31 de diciembre
de 2025.
Se entenderá que el largometraje o serie está finalizado cuando se esté en condiciones de poner a disposición del órgano gestor una copia en archivo digital de la
obra con corte final de imagen y de solicitar al ICAA su calificación para estreno
en salas comerciales, en caso de que el proyecto requiera este trámite.
b) Línea 2. Promoción y distribución nacional e internacional: largometrajes de ficción o documental, de acción real y/o animación cuyo estreno esté comprendido
entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, y que a fecha de publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” estén
en condiciones de presentar el largometraje finalizado o un “work in progress”.
Se admitirán largometrajes extranjeros procedentes de países europeos o latinoamericanos, en cuyo caso la obra deberá de tener una antigüedad inferior a dos años desde su estreno comercial en su país de origen hasta la fecha de estreno comercial de la película en
España.
A efectos de esta convocatoria, se entenderá por fecha de estreno comercial de una película en España la fecha de la primera sesión cinematográfica que genere ingresos de taquilla una vez calificada, o bien, la fecha de la primera emisión por un operador de televi-
BOCM-20230208-48
Primero. Objeto.—Concesión por el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, de subvenciones a otorgar en la anualidad 2023,
dirigidas al sector audiovisual en régimen de concurrencia competitiva.
Segundo. Líneas de ayudas.—La convocatoria establece en su base primera dos líneas subvencionables:
B.O.C.M. Núm. 33
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 205
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 31, de fecha 6 de febrero de 2023, se publica por error anuncio con número de inserción 03/1.612/23, páginas 312
a 317, por lo que se deja sin efecto, publicándose a continuación el único texto válido:
Extracto de la convocatoria pública de subvenciones dirigidas al sector audiovisual,
aprobada por decreto de 29 de diciembre de 2022, del delegado del Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Empleo.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Código BDNS (Identif.): 672806
Documento corriente 2023 A 1400000204 (SUBCO 2022 0000000175).
a) Línea 1. Producción: Largometrajes y series, de ficción o documental, ya sean
realizados en imagen real o en animación.
Los proyectos presentados no podrán haber finalizado su rodaje a fecha de publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” en
el supuesto de imagen real, o su producción en el caso de proyectos producidos íntegramente con técnicas de animación.
Los proyectos (largometrajes y series) realizados en imagen real deberán haber finalizado el rodaje como máximo el 31 de diciembre de 2023.
En el caso de proyectos producidos íntegramente con técnicas de animación el
proyecto (largometraje o serie) deberá estar finalizado antes de 31 de diciembre
de 2025.
Se entenderá que el largometraje o serie está finalizado cuando se esté en condiciones de poner a disposición del órgano gestor una copia en archivo digital de la
obra con corte final de imagen y de solicitar al ICAA su calificación para estreno
en salas comerciales, en caso de que el proyecto requiera este trámite.
b) Línea 2. Promoción y distribución nacional e internacional: largometrajes de ficción o documental, de acción real y/o animación cuyo estreno esté comprendido
entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, y que a fecha de publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” estén
en condiciones de presentar el largometraje finalizado o un “work in progress”.
Se admitirán largometrajes extranjeros procedentes de países europeos o latinoamericanos, en cuyo caso la obra deberá de tener una antigüedad inferior a dos años desde su estreno comercial en su país de origen hasta la fecha de estreno comercial de la película en
España.
A efectos de esta convocatoria, se entenderá por fecha de estreno comercial de una película en España la fecha de la primera sesión cinematográfica que genere ingresos de taquilla una vez calificada, o bien, la fecha de la primera emisión por un operador de televi-
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Primero. Objeto.—Concesión por el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, de subvenciones a otorgar en la anualidad 2023,
dirigidas al sector audiovisual en régimen de concurrencia competitiva.
Segundo. Líneas de ayudas.—La convocatoria establece en su base primera dos líneas subvencionables: