C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230208-22)
Plan estratégico subvenciones – Orden 136/2023, de 30 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2023 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 33
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 137
Las líneas de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos de inversión para fomentar la autonomía
de los usuarios y el modelo de atención centrado en la persona y para la adquisición de equipamiento
técnico y tecnológico de los centros de servicios sociales y de las Entidades del Tercer Sector y las ayudas
para el fomento de la conciliación de la vida laboral y familiar a familias con menores o personas a su
cargo, pacientes de cuidados paliativos pediátricos o con patología crónica y complejidad o que padecen
cáncer u otras enfermedades graves, con un nivel de intervención alto, se van a financiar con cargo
Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), cuyo elemento central es el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia y que ha sido objeto de regulación nacional con el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública
y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las subvenciones para la realización de programas de interés general para atender fines de interés
social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7% del rendimiento del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, se van a
financiar con cargo a la transferencia del Estado que realice como consecuencia del Acuerdo del
Consejo de Ministros en el que se autoricen los criterios de distribución y la distribución resultante
entre las Comunidades Autónomas de los créditos destinados a estas subvenciones, así como con
cargo al crédito de los Presupuestos de la Comunidad de Madrid destinados a este fin. Por ello, el
importe que se ha consignado en este Plan Estratégico para estas subvenciones para 2023 es el
que se prevé que corresponderá a la Comunidad de Madrid para dicho ejercicio. En consecuencia,
dicho importe puede variar, destinándose, en cualquier caso, a estas subvenciones el importe que
resulte de la distribución que el Estado realice entre las Comunidades Autónomas.
La subvención de concesión directa para financiar la prestación de una ayuda económica a las
personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que
carezcan de recursos económicos suficientes, para la Comunidad de Madrid, regulada en el Real
decreto 673/2022, de 1 de agosto, se financiará con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio
de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones 2022 y 2023.
El artículo 7 del Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición
energética y la protección de los consumidores, determina que el Bono Social Térmico se financiará
con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Mediante Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía se autoriza
la transferencia de 35.345.607,97 euros en favor de la Comunidad de Madrid, en concepto de ayudas
del bono social térmico 2022, con cargo a la partida presupuestaria 23.03.425A.450 del Ministerio
para la Transición Ecológica y Reto Demográfico.
Mediante Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía se autoriza
la transferencia de 34.707.939,21 euros en favor de la Comunidad de Madrid, en concepto de
incremento del bono social térmico 2022, con cargo a la partida presupuestaria 23.03.425A.450 del
Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico.
Los Convenios con las Entidades Locales para la realización de actuaciones en el marco del Plan
Corresponsables 2023 se financiarán con cargo a la transferencia del Estado en el marco del Plan
Corresponsables.
Por último, ha de tenerse en cuenta que, del total de líneas de subvención o ayudas previstas, hay una
que no conlleva importe económico. Son las becas para estudiantes y para jóvenes que hayan
pertenecido al Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid, a disfrutar en Residencias Infantiles.
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN
Para este Plan Estratégico se establece una duración anual y no de tres años, como establece el
artículo 11.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, debido a la especial naturaleza del sector al
que se refieren las líneas de subvención y ayudas que se incluyen en el Plan, que implica que los
objetivos perseguidos puedan variar de un año a otro. De esta forma, se posibilita la realización de
los ajustes necesarios en el plan correspondiente a cada año.
BOCM-20230208-22
El plazo de ejecución de este Plan Estratégico se corresponde con el año 2023.
B.O.C.M. Núm. 33
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 137
Las líneas de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos de inversión para fomentar la autonomía
de los usuarios y el modelo de atención centrado en la persona y para la adquisición de equipamiento
técnico y tecnológico de los centros de servicios sociales y de las Entidades del Tercer Sector y las ayudas
para el fomento de la conciliación de la vida laboral y familiar a familias con menores o personas a su
cargo, pacientes de cuidados paliativos pediátricos o con patología crónica y complejidad o que padecen
cáncer u otras enfermedades graves, con un nivel de intervención alto, se van a financiar con cargo
Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), cuyo elemento central es el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia y que ha sido objeto de regulación nacional con el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública
y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las subvenciones para la realización de programas de interés general para atender fines de interés
social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7% del rendimiento del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, se van a
financiar con cargo a la transferencia del Estado que realice como consecuencia del Acuerdo del
Consejo de Ministros en el que se autoricen los criterios de distribución y la distribución resultante
entre las Comunidades Autónomas de los créditos destinados a estas subvenciones, así como con
cargo al crédito de los Presupuestos de la Comunidad de Madrid destinados a este fin. Por ello, el
importe que se ha consignado en este Plan Estratégico para estas subvenciones para 2023 es el
que se prevé que corresponderá a la Comunidad de Madrid para dicho ejercicio. En consecuencia,
dicho importe puede variar, destinándose, en cualquier caso, a estas subvenciones el importe que
resulte de la distribución que el Estado realice entre las Comunidades Autónomas.
La subvención de concesión directa para financiar la prestación de una ayuda económica a las
personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que
carezcan de recursos económicos suficientes, para la Comunidad de Madrid, regulada en el Real
decreto 673/2022, de 1 de agosto, se financiará con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio
de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones 2022 y 2023.
El artículo 7 del Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición
energética y la protección de los consumidores, determina que el Bono Social Térmico se financiará
con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Mediante Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía se autoriza
la transferencia de 35.345.607,97 euros en favor de la Comunidad de Madrid, en concepto de ayudas
del bono social térmico 2022, con cargo a la partida presupuestaria 23.03.425A.450 del Ministerio
para la Transición Ecológica y Reto Demográfico.
Mediante Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía se autoriza
la transferencia de 34.707.939,21 euros en favor de la Comunidad de Madrid, en concepto de
incremento del bono social térmico 2022, con cargo a la partida presupuestaria 23.03.425A.450 del
Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico.
Los Convenios con las Entidades Locales para la realización de actuaciones en el marco del Plan
Corresponsables 2023 se financiarán con cargo a la transferencia del Estado en el marco del Plan
Corresponsables.
Por último, ha de tenerse en cuenta que, del total de líneas de subvención o ayudas previstas, hay una
que no conlleva importe económico. Son las becas para estudiantes y para jóvenes que hayan
pertenecido al Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid, a disfrutar en Residencias Infantiles.
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN
Para este Plan Estratégico se establece una duración anual y no de tres años, como establece el
artículo 11.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, debido a la especial naturaleza del sector al
que se refieren las líneas de subvención y ayudas que se incluyen en el Plan, que implica que los
objetivos perseguidos puedan variar de un año a otro. De esta forma, se posibilita la realización de
los ajustes necesarios en el plan correspondiente a cada año.
BOCM-20230208-22
El plazo de ejecución de este Plan Estratégico se corresponde con el año 2023.