D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230208-26)
Convenio – Convenio de 1 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Viceconsejería, Consejería de Educación y Universidades) y HM Hospitales 1989, S. L., para el funcionamiento y sostenimiento con fondos públicos del Centro de Formación en Profesiones Biosanitarias HM Hospitales, de Rivas-Vaciamadrid, para la impartición de enseñanzas de formación profesional de grado medio
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BOCM
Pág. 166
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 33
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
26
CONVENIO de 1 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Viceconsejería,
Consejería de Educación y Universidades) y HM Hospitales 1989, S. L., para el
funcionamiento y sostenimiento con fondos públicos del Centro de Formación en
Profesiones Biosanitarias HM Hospitales, de Rivas-Vaciamadrid, para la impartición de enseñanzas de formación profesional de grado medio.
En Madrid, a 1 de julio de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Bautista Monjón, Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por Decreto 111/2021, de 30 de junio, del Consejo de
Gobierno, en representación de la Comunidad de Madrid, en virtud de la delegación para
la firma de convenios que le ha sido conferida por el titular de la Consejería mediante Orden 11634/2012, de 27 de noviembre.
De otra, D. Alejandro Abarca Cidón, en representación de HM Hospitales 1989, S. L.,
titular del centro privado concertado Centro de Formación de Profesiones Biosanitarias HM
Hospitales, de Rivas-Vaciamadrid, con capacidad jurídica acreditada, conforme la escritura de poder número 1.687, de fecha 11 de julio de 2011, otorgada ante D.a M.a Pilar de Prada Solaesa, Notario del Ilustre Colegio de Madrid.
EXPONEN
Primero
En virtud de lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Constitución española de 1978, en
los artículos 1, 2, 4 y 6 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a
la Educación (LODE), y en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (LOE), debe garantizarse por la Administración educativa competente el derecho
a una educación básica y a la formación que asegure el pleno desarrollo de la personalidad,
así como el derecho de libre elección de centro y a recibir las ayudas precisas para compensar
posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural.
Segundo
La gratuidad de las enseñanzas de formación profesional está prevista en el citado
artículo 1 de la LODE y en la Ley 12/1987, de 2 de julio, sobre establecimiento de la gratuidad de los estudios de Bachillerato, Formación Profesional y Artes Aplicadas y Oficios Artísticos en los centros públicos y la autonomía de gestión económica de los centros docentes
públicos no universitarios.
Por otra parte, la disposición adicional vigesimoctava de la LOE prevé la posibilidad de
que las Administraciones educativas puedan establecer convenios educativos con centros
que impartan ciclos formativos de formación profesional que complementen la oferta educativa de los centros públicos, de acuerdo con la programación general de la enseñanza.
En el marco del procedimiento de concertación con centros privados a partir del curso 2021-2022, la Orden 2179/2021, de 22 de julio, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno (Anexo II-Relación A), aprobó la financiación con
fondos públicos mediante convenio del centro privado Centro de Formación de Profesiones
Biosanitarias HM Hospitales, de Rivas-Vaciamadrid, para la impartición de enseñanzas de
formación profesional de grado medio.
Conforme lo aprobado por dicha orden, a partir del curso 2021-2022 serán financiadas 4
unidades del ciclo formativo de grado medio Cuidados auxiliares de enfermería.
BOCM-20230208-26
Tercero
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MIÉRCOLES 8 DE FEBRERO DE 2023
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Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
26
CONVENIO de 1 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Viceconsejería,
Consejería de Educación y Universidades) y HM Hospitales 1989, S. L., para el
funcionamiento y sostenimiento con fondos públicos del Centro de Formación en
Profesiones Biosanitarias HM Hospitales, de Rivas-Vaciamadrid, para la impartición de enseñanzas de formación profesional de grado medio.
En Madrid, a 1 de julio de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Bautista Monjón, Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por Decreto 111/2021, de 30 de junio, del Consejo de
Gobierno, en representación de la Comunidad de Madrid, en virtud de la delegación para
la firma de convenios que le ha sido conferida por el titular de la Consejería mediante Orden 11634/2012, de 27 de noviembre.
De otra, D. Alejandro Abarca Cidón, en representación de HM Hospitales 1989, S. L.,
titular del centro privado concertado Centro de Formación de Profesiones Biosanitarias HM
Hospitales, de Rivas-Vaciamadrid, con capacidad jurídica acreditada, conforme la escritura de poder número 1.687, de fecha 11 de julio de 2011, otorgada ante D.a M.a Pilar de Prada Solaesa, Notario del Ilustre Colegio de Madrid.
EXPONEN
Primero
En virtud de lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Constitución española de 1978, en
los artículos 1, 2, 4 y 6 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a
la Educación (LODE), y en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (LOE), debe garantizarse por la Administración educativa competente el derecho
a una educación básica y a la formación que asegure el pleno desarrollo de la personalidad,
así como el derecho de libre elección de centro y a recibir las ayudas precisas para compensar
posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural.
Segundo
La gratuidad de las enseñanzas de formación profesional está prevista en el citado
artículo 1 de la LODE y en la Ley 12/1987, de 2 de julio, sobre establecimiento de la gratuidad de los estudios de Bachillerato, Formación Profesional y Artes Aplicadas y Oficios Artísticos en los centros públicos y la autonomía de gestión económica de los centros docentes
públicos no universitarios.
Por otra parte, la disposición adicional vigesimoctava de la LOE prevé la posibilidad de
que las Administraciones educativas puedan establecer convenios educativos con centros
que impartan ciclos formativos de formación profesional que complementen la oferta educativa de los centros públicos, de acuerdo con la programación general de la enseñanza.
En el marco del procedimiento de concertación con centros privados a partir del curso 2021-2022, la Orden 2179/2021, de 22 de julio, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno (Anexo II-Relación A), aprobó la financiación con
fondos públicos mediante convenio del centro privado Centro de Formación de Profesiones
Biosanitarias HM Hospitales, de Rivas-Vaciamadrid, para la impartición de enseñanzas de
formación profesional de grado medio.
Conforme lo aprobado por dicha orden, a partir del curso 2021-2022 serán financiadas 4
unidades del ciclo formativo de grado medio Cuidados auxiliares de enfermería.
BOCM-20230208-26
Tercero