Getafe (BOCM-20230207-43)
Urbanismo. Plan parcial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 32
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
GETAFE
URBANISMO
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 29 de diciembre de 2022,
se acordó aprobar definitivamente la Modificación Puntual Segunda del Plan Parcial de Ordenación del “Parque Empresarial La Carpetania” de Getafe, presentada por la Mercantil
Naves y Parques Industriales, S. A. y otros, cuyas ordenanzas se adjuntan como Anexo al
presente anuncio.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1.b)
de la Ley 9/2001, de 17 de julio, significando que ha sido remitido, con fecha 16 de enero de 2023, un ejemplar de la citada Modificación Segunda del Plan Parcial aprobada, al
Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
Comunidad de Madrid.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de la presente publicación.
Punto III, Normas Urbanísticas, Capítulo 4, Condiciones Particulares de las Zonas
de Ordenanza, Punto 4.5 Ordenanza ES, Empresarial Servicios.
4.5. Ordenanza ES: Empresarial Servicios.
Ámbito de aplicación:
l. Será de aplicación en los ámbitos denominados ES definidos en el plano del
proyecto P3 del presente Plan parcial.
2. El uso característico es el de Empresariales Servicios, definido como aquellos que
tienen como finalidad la prestación de servicios al público, las empresas u organismos, tales como el alojamiento temporal, servicios de información, administración, gestión, actividades intermediación financiera u otras, seguros, etc., y actividades empresariales, oficinas, sedes, laboratorios, empresas l+D, etc.
3. Se establecen dos grados: Grado 1, unidad de ordenación ES1; y Grado 2, Unidades de ordenación ES2, ES3, ES4.
Condiciones de parcela:
l. Parcela mínima.
2. A los efectos de segregación la parcela mínima en todos los grados será de 2.500 m2
con un frente mínimo a vial de 35 m.
Condiciones de edificabilidad:
l. La edificabilidad máxima para cada unidad de ordenación definida será la indicada en el cuadro de características que forma parte de la normativa del presente plan parcial.
2. No se contabilizará a efectos del cómputo de la edificabilidad máxima por parcela,
las piezas que, localizadas bajo rasante en sótano y semisótano, se destinen a instalaciones
complementarias del uso principal tales como cuartos de instalaciones, servicios comunes,
almacén y aparcamiento.
3. La edificabilidad máxima por parcela será de:
— Grado I: se establece un índice de edificabilidad máxima por parcela de 1 m2/m2.
— Grado 2: se establece un índice de edificabilidad máxima por parcela de 0,65 m2/m2.
Condiciones de posición de la edificación:
l. Alineaciones de la parcela: son las así definidas en el plano del proyecto P4 del
presente plan parcial.
BOCM-20230207-43
ANEXO
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 32
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
GETAFE
URBANISMO
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 29 de diciembre de 2022,
se acordó aprobar definitivamente la Modificación Puntual Segunda del Plan Parcial de Ordenación del “Parque Empresarial La Carpetania” de Getafe, presentada por la Mercantil
Naves y Parques Industriales, S. A. y otros, cuyas ordenanzas se adjuntan como Anexo al
presente anuncio.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1.b)
de la Ley 9/2001, de 17 de julio, significando que ha sido remitido, con fecha 16 de enero de 2023, un ejemplar de la citada Modificación Segunda del Plan Parcial aprobada, al
Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
Comunidad de Madrid.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de la presente publicación.
Punto III, Normas Urbanísticas, Capítulo 4, Condiciones Particulares de las Zonas
de Ordenanza, Punto 4.5 Ordenanza ES, Empresarial Servicios.
4.5. Ordenanza ES: Empresarial Servicios.
Ámbito de aplicación:
l. Será de aplicación en los ámbitos denominados ES definidos en el plano del
proyecto P3 del presente Plan parcial.
2. El uso característico es el de Empresariales Servicios, definido como aquellos que
tienen como finalidad la prestación de servicios al público, las empresas u organismos, tales como el alojamiento temporal, servicios de información, administración, gestión, actividades intermediación financiera u otras, seguros, etc., y actividades empresariales, oficinas, sedes, laboratorios, empresas l+D, etc.
3. Se establecen dos grados: Grado 1, unidad de ordenación ES1; y Grado 2, Unidades de ordenación ES2, ES3, ES4.
Condiciones de parcela:
l. Parcela mínima.
2. A los efectos de segregación la parcela mínima en todos los grados será de 2.500 m2
con un frente mínimo a vial de 35 m.
Condiciones de edificabilidad:
l. La edificabilidad máxima para cada unidad de ordenación definida será la indicada en el cuadro de características que forma parte de la normativa del presente plan parcial.
2. No se contabilizará a efectos del cómputo de la edificabilidad máxima por parcela,
las piezas que, localizadas bajo rasante en sótano y semisótano, se destinen a instalaciones
complementarias del uso principal tales como cuartos de instalaciones, servicios comunes,
almacén y aparcamiento.
3. La edificabilidad máxima por parcela será de:
— Grado I: se establece un índice de edificabilidad máxima por parcela de 1 m2/m2.
— Grado 2: se establece un índice de edificabilidad máxima por parcela de 0,65 m2/m2.
Condiciones de posición de la edificación:
l. Alineaciones de la parcela: son las así definidas en el plano del proyecto P4 del
presente plan parcial.
BOCM-20230207-43
ANEXO