Madrid (BOCM-20230207-28)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 32

BOCM-20230207-28

y reparando cualquier elemento vegetal que haya sido dañado. El promotor se
responsabilizará de los daños que pudieran ocasionarse.
b) El arbolado no afectado directamente, ubicado dentro del ámbito de actuación de
las obras, ha sido protegido adecuadamente frente a golpes de maquinaria, vertidos, acopio de materiales, etc.
c) Todos los elementos vegetales incluidos en el ámbito de actuación son mantenidos
durante todo el período de ocupación, asegurando así su conservación en el estado
inicial.
5. En caso de que sea necesaria la retirada de alguna unidad arbórea, se deberá comunicar previamente a la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes para su
valoración y autorización. Para ello deberá procurarse la información descriptiva y gráfica
necesaria (planos, perspectivas, etc.) que reproduzcan fielmente la situación final y permita la adecuada valoración.
6. Una vez ejecutada la obra, deberá comunicarse su finalización a la Dirección
General del Agua y Zonas Verdes, para actualización y registro en el Inventario del arbolado viario y/o de Zonas Verdes.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido
remitido un ejemplar del Plan Especial al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo Recurso Contencioso-Administrativo ante
la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.
Madrid, a 26 de enero de 2023.—La directora general de Planificación Estratégica,
Silvia Villacañas Beades.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la
Riva Carrasco.
(03/1.417/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791