Madrid (BOCM-20230207-29)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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BOCM
MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 32
Art. 25. Criterios generales de diseño.—El diseño de los espacios libres atenderá a
los siguientes criterios generales:
a) La utilización del arbolado y pavimentos como elementos de control climático
para reducir el efecto “isla de calor” que favorezcan la evaporación y refrigeración
del aire circundante.
b) La consideración de los factores de viento y soleamiento como condicionantes del
bienestar y el uso.
c) La gestión del agua de lluvia con criterio de sostenibilidad, manteniendo el ciclo
hidrológico del agua y fomentando su captación para fines de riego, limpieza y recarga de acuíferos.
d) Viabilizar el uso a las personas con diversidad funcional, de forma que la red principal de itinerarios, los accesos, así como sus instalaciones y equipamientos sean
accesibles. Se cuidará la señalización e información de forma que se facilite la
orientación, implantando estímulos sensoriales.
e) Considerar la variable tiempo, con diseños que favorezcan su uso desde un principio, la durabilidad de los materiales y la reducción de los costes de mantenimiento.
f) La sostenibilidad del diseño y gestión de Zonas Verdes Urbanas, con referencia a
los manuales elaborados por el área competente en materia de parques y jardines.
Art. 26. Pavimentación.
a) Serán de aplicación los criterios de sostenibilidad contenidos en la Ordenanza de
Gestión y Uso Eficiente del Agua sobre utilización de pavimentos, manteniendo en
lo posible la porosidad natural del terreno de modo que se preserve su drenaje natural, y cumpliendo en todo caso los mínimos de superficie permeable establecidos.
b) En actuaciones de reordenación de aparcamiento de acuerdo con lo regulado en el
artículo 31.2, se utilizarán pavimentos especialmente permeables y que posibiliten el crecimiento de vegetación estacional.
c) En las zonas ajardinadas se favorecerá la permeabilidad mediante la utilización de
acolchados u otras tecnologías con el mismo fin. Todo ello con objeto de favorecer la infiltración y evitar en lo posible la compactación del suelo.
d) En las superficies para el tránsito peatonal se utilizarán pavimentos especialmente
permeables (tales como losetas separadas, gravas, adoquines sobre camas de áridos, pavimentos continuos porosos y similares) que aumenten la absorción de
agua, pero sin producir encharcamiento.
e) Los pavimentos utilizarán tonos claros que aprovechen la iluminación natural al
máximo y que reduzcan el calentamiento de los espacios exteriores.
Art. 27. Jardinería y arbolado.
a) El diseño y la selección de especies arbóreas atenderá a los criterios de minimizar
de los requerimientos hídricos, compatibilizar la estética y calidad del paisaje con
los condicionantes climáticos y edafológicos, tal y como establece la Ordenanza
de Gestión y Uso Eficiente del Agua. Serán también de referencia el Manual de
Criterios de Sostenibilidad en el Diseño de Zonas Verdes Urbanas y el Manual
de Criterios de Sostenibilidad en el Mantenimiento de zonas verdes urbanas, elaborados por la Dirección de Servicios de Parques y Jardines del Área de Medio
Ambiente.
b) En actuaciones de reurbanización integral de un ámbito se diseñará una red de riego por goteo para el conjunto de las áreas ajardinadas, zonas verdes y arbolado de
alineación, incluidas en su ámbito, de acuerdo con la Ordenanza de Gestión y Uso
Eficiente del Agua en la Ciudad de Madrid.
c) En actuaciones de reordenación de aparcamiento se introducirá arbolado y/o alcorques continuos en separación de las plazas, para garantizar un paisaje naturalizado que minimice el impacto visual del aparcamiento.
d) Las actuaciones que afecten a la red viaria deberán contemplar la introducción de
arbolado de alineación afectando en la menor medida posible a las plazas de aparcamiento existentes. Se favorecerán las alineaciones que combinen arbolado de
hoja caduca y perenne, así como de crecimiento rápido y lento, de forma que se
favorezca un adecuado sombreamiento desde el principio. En las plantaciones arbóreas de porte medio o superior que pudieran impedir el soleamiento en las fachadas durante el invierno, se utilizarán especies de hoja caduca.
BOCM-20230207-29
Pág. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 32
Art. 25. Criterios generales de diseño.—El diseño de los espacios libres atenderá a
los siguientes criterios generales:
a) La utilización del arbolado y pavimentos como elementos de control climático
para reducir el efecto “isla de calor” que favorezcan la evaporación y refrigeración
del aire circundante.
b) La consideración de los factores de viento y soleamiento como condicionantes del
bienestar y el uso.
c) La gestión del agua de lluvia con criterio de sostenibilidad, manteniendo el ciclo
hidrológico del agua y fomentando su captación para fines de riego, limpieza y recarga de acuíferos.
d) Viabilizar el uso a las personas con diversidad funcional, de forma que la red principal de itinerarios, los accesos, así como sus instalaciones y equipamientos sean
accesibles. Se cuidará la señalización e información de forma que se facilite la
orientación, implantando estímulos sensoriales.
e) Considerar la variable tiempo, con diseños que favorezcan su uso desde un principio, la durabilidad de los materiales y la reducción de los costes de mantenimiento.
f) La sostenibilidad del diseño y gestión de Zonas Verdes Urbanas, con referencia a
los manuales elaborados por el área competente en materia de parques y jardines.
Art. 26. Pavimentación.
a) Serán de aplicación los criterios de sostenibilidad contenidos en la Ordenanza de
Gestión y Uso Eficiente del Agua sobre utilización de pavimentos, manteniendo en
lo posible la porosidad natural del terreno de modo que se preserve su drenaje natural, y cumpliendo en todo caso los mínimos de superficie permeable establecidos.
b) En actuaciones de reordenación de aparcamiento de acuerdo con lo regulado en el
artículo 31.2, se utilizarán pavimentos especialmente permeables y que posibiliten el crecimiento de vegetación estacional.
c) En las zonas ajardinadas se favorecerá la permeabilidad mediante la utilización de
acolchados u otras tecnologías con el mismo fin. Todo ello con objeto de favorecer la infiltración y evitar en lo posible la compactación del suelo.
d) En las superficies para el tránsito peatonal se utilizarán pavimentos especialmente
permeables (tales como losetas separadas, gravas, adoquines sobre camas de áridos, pavimentos continuos porosos y similares) que aumenten la absorción de
agua, pero sin producir encharcamiento.
e) Los pavimentos utilizarán tonos claros que aprovechen la iluminación natural al
máximo y que reduzcan el calentamiento de los espacios exteriores.
Art. 27. Jardinería y arbolado.
a) El diseño y la selección de especies arbóreas atenderá a los criterios de minimizar
de los requerimientos hídricos, compatibilizar la estética y calidad del paisaje con
los condicionantes climáticos y edafológicos, tal y como establece la Ordenanza
de Gestión y Uso Eficiente del Agua. Serán también de referencia el Manual de
Criterios de Sostenibilidad en el Diseño de Zonas Verdes Urbanas y el Manual
de Criterios de Sostenibilidad en el Mantenimiento de zonas verdes urbanas, elaborados por la Dirección de Servicios de Parques y Jardines del Área de Medio
Ambiente.
b) En actuaciones de reurbanización integral de un ámbito se diseñará una red de riego por goteo para el conjunto de las áreas ajardinadas, zonas verdes y arbolado de
alineación, incluidas en su ámbito, de acuerdo con la Ordenanza de Gestión y Uso
Eficiente del Agua en la Ciudad de Madrid.
c) En actuaciones de reordenación de aparcamiento se introducirá arbolado y/o alcorques continuos en separación de las plazas, para garantizar un paisaje naturalizado que minimice el impacto visual del aparcamiento.
d) Las actuaciones que afecten a la red viaria deberán contemplar la introducción de
arbolado de alineación afectando en la menor medida posible a las plazas de aparcamiento existentes. Se favorecerán las alineaciones que combinen arbolado de
hoja caduca y perenne, así como de crecimiento rápido y lento, de forma que se
favorezca un adecuado sombreamiento desde el principio. En las plantaciones arbóreas de porte medio o superior que pudieran impedir el soleamiento en las fachadas durante el invierno, se utilizarán especies de hoja caduca.
BOCM-20230207-29
Pág. 138
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