Alcalá de Henares (BOCM-20230206-46)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE FEBRERO DE 2023

PLAN PARCIAL
Nº DE PARCELA

P.G.O.U.

SUPERFICIE DE LAS
PARCELAS
S. PARCIAL

P-21

1,776.98

P-22

2,833.26

P-23

2,905.81

P-24

2,348.00

P-25

2,634.64

P-26

2,000.36

P-27

2,157.86

P-28

2,657.38

P-29

2,932.82

P-30

2,098.05

P-31

2,632.43

P-32

2,948.67

P-33

3,109.39

P-34

2,565.89

P-35

3,103.46

P-36

3,144.50

P-37

1,295.13

RELACIÓN ÁREAS

S. TOTAL

SUPERFICIE DE LAS
ÁREAS
S. PARCIAL

Area - 12

47,087.96

Area - 13

19,785.00

43,144.63
P-38

22,608.98

P-41

2,328.53
213.14

P-45

8,952.75

SUMA:
P-44
TOTAL:

Viario:

USOS

S. TOTAL

47,087.96

U.VIV.00.IV

19,785.00

V.LIB.00.IV.

11,494.42

0.00

V.LIB.00.IV.

213,209.25

219,591.11

22,608.98
P-42

Pág. 371

0.00
0.00
Vía Pecuaria

44,655.72
257,864.97

(incluida rotonda)

0.00

38,440.95
258,032.06

Así mismo, por la corrección de errores y discrepancias, en las NN. UU. se modifica
lo siguiente:
En el Artículo 3.10.2.4, en la Modificación Puntual n.o 1 del Plan Parcial de Mejora,
en el plano de ordenación ORD.16 se fijaron las ocupaciones máximas, al igual que en el
último cuadro de la Memoria, pero no se llegó a corregir en el texto de las NN. UU. Según
el plano y cuadro de la Memoria, la ocupación para la parcela de uso Docente regulada por
la Norma n.o 2 es del 25 % y no del 20 %.
En el Artículo 3.10.2.4, en la redacción de la Modificación Puntual n.o 2 del Plan Parcial de Mejora, se detecta una discrepancia con lo que se determina en el plano de ordenación ORD.16 y en el último cuadro de la Memoria, ya que la P-20A (privada) tiene una edificabilidad de 1.885,67 m2 y a la parcela P-20B (pública) le resulta aplicable el coeficiente
de 0,5 m2/m2. De conformidad con ello, se modifica también el Artículo 3.10.4.3, para recoger la edificabilidad real de ambas parcelas.
Artículo 3.10.2.4 de las Normas Urbanísticas vigente.
3.10.2.4. Ocupación.
La ocupación máxima de las construcciones sobre rasante será del 20 %.
La ocupación máxima bajo rasante será del 100 %, salvo las zonas de retranqueo, con
uso exclusivo de garaje aparcamiento.
Artículo 3.10.2.4 de las Normas Urbanísticas propuesto.
3.10.2.4. Ocupación.
La ocupación máxima de las construcciones sobre rasante será del 25 %.
La ocupación máxima bajo rasante será del 100 %, salvo las zonas de retranqueo, con
uso exclusivo de garaje aparcamiento.
Artículo 3.10.4.3 de las Normas Urbanísticas vigente.
3.10.4.3. Edificabilidad y usos permitidos.
La Edificabilidad es de 0,50 m2/m2.
Altura máxima de la edificación: 7,00 metros.

BOCM-20230206-46

B.O.C.M. Núm. 31