Alcalá de Henares (BOCM-20230206-46)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
LUNES 6 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 31
La previsión que consideraba el Plan Parcial de 1971 era de 1.535 viviendas, que con
una ocupación estimada de 3,5 hab/viv, supone que el polígono en su desarrollo alcanzaría
una población de 5.373 habitantes aproximadamente.
Con esta tercera modificación se aumenta el número máximo de viviendas a 1.888, parámetro de ordenación pormenorizada no estructurante, sin afectar a la edificabilidad máxima
que permanece inalterada, y de conformidad con la ratio de habitantes por vivienda imperante
en la actualidad de 2,5 hab/viv. (según el INE), el escenario poblacional que resultaría con el
número máximo de viviendas de 1.888 sería aproximadamente de 4.720 habitantes.
Apartado 1.5 de la Memoria vigente.
1.5. Consideración de los elementos integrantes de las Redes Públicas.
La ejecución del presente Plan Parcial supone la culminación del proceso edificatorio
con 723 viviendas pendientes de ejecutar, que sumadas a las 812 ya existentes suman un total de 1.535, y que corresponden a la edificabilidad asumida por el vigente PGOU y al número de viviendas prevista y aprobadas en el Plan Parcial que lo desarrolló (un volumen
de 588.029,87 m3) equivalentes a 196.009,86 m2 de superficie construida de uso residencial.
De acuerdo con la vigente ley 9/2001 de la Comunidad de Madrid, la superficie destinada a Redes en este caso será:
La Red Pública Local: Para el equipamiento del ámbito del polígono, (Espacios libres
públicos y Equipamientos educativos, deportivos y sociales) es de 30 m2 de suelo por
cada 100,00 m2 construidos, cuya distribución se justifica como sigue:
Art. 36 y 91 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid: Lo que supone
sobre la superficie edificable lucrativa de 197.895,53 m2, lo siguiente:
— Espacio Libre Público:
(197.895,53 m2construidos/100 m2) × 15 m2 = 29.684,33 m2 de suelo.
— Equipamientos y Servicios:
(197.895,53 m2 construidos/100 m2) × 15 m2 = 29.684,33 m2 de suelo.
Total = 59.368,66 m2 de suelo.
Siguiendo la Ley 9/2001 se puede determinar que el Polígono 21-A entra claramente
en el concepto de suelo urbano, sin más que apreciar los códigos señalados en los planos
del PGOU, lo que se complementa con la circunstancia de falta de consolidación que se
aprecia en la realidad del ámbito, viario sin completar, así como otras infraestructuras, y volumen edificado que solamente ofrece el 50% del total edificable aproximadamente.
Por ello se entiende que la ordenación de este Plan Parcial de Mejora propuesto en
el 2008, es coherente y está de acuerdo a la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.
— Redes Locales: Se adjunta el correspondiente cuadro donde se justifica la distribución de superficies destinadas a la Red Local.
BOCM-20230206-46
Pág. 354
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 31
La previsión que consideraba el Plan Parcial de 1971 era de 1.535 viviendas, que con
una ocupación estimada de 3,5 hab/viv, supone que el polígono en su desarrollo alcanzaría
una población de 5.373 habitantes aproximadamente.
Con esta tercera modificación se aumenta el número máximo de viviendas a 1.888, parámetro de ordenación pormenorizada no estructurante, sin afectar a la edificabilidad máxima
que permanece inalterada, y de conformidad con la ratio de habitantes por vivienda imperante
en la actualidad de 2,5 hab/viv. (según el INE), el escenario poblacional que resultaría con el
número máximo de viviendas de 1.888 sería aproximadamente de 4.720 habitantes.
Apartado 1.5 de la Memoria vigente.
1.5. Consideración de los elementos integrantes de las Redes Públicas.
La ejecución del presente Plan Parcial supone la culminación del proceso edificatorio
con 723 viviendas pendientes de ejecutar, que sumadas a las 812 ya existentes suman un total de 1.535, y que corresponden a la edificabilidad asumida por el vigente PGOU y al número de viviendas prevista y aprobadas en el Plan Parcial que lo desarrolló (un volumen
de 588.029,87 m3) equivalentes a 196.009,86 m2 de superficie construida de uso residencial.
De acuerdo con la vigente ley 9/2001 de la Comunidad de Madrid, la superficie destinada a Redes en este caso será:
La Red Pública Local: Para el equipamiento del ámbito del polígono, (Espacios libres
públicos y Equipamientos educativos, deportivos y sociales) es de 30 m2 de suelo por
cada 100,00 m2 construidos, cuya distribución se justifica como sigue:
Art. 36 y 91 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid: Lo que supone
sobre la superficie edificable lucrativa de 197.895,53 m2, lo siguiente:
— Espacio Libre Público:
(197.895,53 m2construidos/100 m2) × 15 m2 = 29.684,33 m2 de suelo.
— Equipamientos y Servicios:
(197.895,53 m2 construidos/100 m2) × 15 m2 = 29.684,33 m2 de suelo.
Total = 59.368,66 m2 de suelo.
Siguiendo la Ley 9/2001 se puede determinar que el Polígono 21-A entra claramente
en el concepto de suelo urbano, sin más que apreciar los códigos señalados en los planos
del PGOU, lo que se complementa con la circunstancia de falta de consolidación que se
aprecia en la realidad del ámbito, viario sin completar, así como otras infraestructuras, y volumen edificado que solamente ofrece el 50% del total edificable aproximadamente.
Por ello se entiende que la ordenación de este Plan Parcial de Mejora propuesto en
el 2008, es coherente y está de acuerdo a la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.
— Redes Locales: Se adjunta el correspondiente cuadro donde se justifica la distribución de superficies destinadas a la Red Local.
BOCM-20230206-46
Pág. 354
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID