Fuenlabrada (BOCM-20230202-71)
Organización y funcionamiento. Instrucciones gestión bolsas de empleo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 28
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
FUENLABRADA
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de enero de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar la modificación de las instrucciones reguladoras del funcionamiento y gestión de listas de espera y bolsas de empleo temporal público del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus Organismos Autónomos, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 4 de marzo de 2022, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 18 de marzo de 2022 (número 66), en los siguientes términos:
1. Se aprueba la modificación del artículo 3.3 de modo que
Donde dice:
“El sistema selectivo de las bolsas de empleo para el nombramiento de funcionarios
interinos o la contratación de personal laboral temporal será concurso o concurso-oposición
y se someterá a los criterios señalados en los artículos 10 y 11 del Estatuto Básico del Empleado Público y demás normativa de aplicación”.
Debe decir:
“El sistema selectivo de las bolsas de empleo para el nombramiento de funcionarios
interinos o la contratación de personal laboral temporal será oposición, concurso o concurso-oposición y se someterá a los criterios señalados en los artículos 10 y 11 del Estatuto Básico del Empleado Público y demás normativa de aplicación”.
2. La redacción del artículo 8 en el apartado referido a “Ocupado empleado público”
es la siguiente:
“Ocupado empleado público Ayuntamiento/OO AA: tal situación vendrá determinada
por hallarse el candidato prestando servicios en el Ayuntamiento de Fuenlabrada o alguno
de sus Organismos Autónomos, como personal temporal o funcionario interino como consecuencia de un contrato o nombramiento derivado de su pertenencia a una lista de espera
o bolsa de trabajo en vigor, excepto cuando se encuentre en situación de ocupado empleado público Ayuntamiento/OO AA por programa.
Finalizada la contratación o nombramiento, el candidato pasará a estar automáticamente en situación de libre disponible en el lugar que, conforme a la ordenación de la bolsa, le corresponda.
Ocupado empleado público Ayuntamiento/OO AA por programa: tal situación vendrá
determinada por hallarse el candidato prestando servicios en el Ayuntamiento de Fuenlabrada o alguno de sus Organismos Autónomos, como personal temporal o funcionario interino como consecuencia de un contrato o nombramiento derivado de su pertenencia a una
lista de espera o bolsa de trabajo en vigor para el desarrollo de un programa temporal (v.g.
del artículo 10.1.c) del TREBEP, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia de los Fondos Europeos de la disposición adicional quinta del Real DecretoLey 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía
de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, o en el marco de
cualquier proyecto, programa o plan temporal con similar naturaleza jurídica a los anteriores aprobado en virtud de una disposición legal).
Finalizada la contratación o nombramiento, el candidato pasará a estar automáticamente en situación de libre disponible en el lugar que, conforme a la ordenación de la bolsa, le corresponda.
Dada la duración de estos programas, las personas que se encuentren en esta situación
no podrán quedar en situación de disponible para cambio de empleo”.
BOCM-20230202-71
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Pág. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 28
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
FUENLABRADA
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de enero de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar la modificación de las instrucciones reguladoras del funcionamiento y gestión de listas de espera y bolsas de empleo temporal público del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus Organismos Autónomos, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 4 de marzo de 2022, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 18 de marzo de 2022 (número 66), en los siguientes términos:
1. Se aprueba la modificación del artículo 3.3 de modo que
Donde dice:
“El sistema selectivo de las bolsas de empleo para el nombramiento de funcionarios
interinos o la contratación de personal laboral temporal será concurso o concurso-oposición
y se someterá a los criterios señalados en los artículos 10 y 11 del Estatuto Básico del Empleado Público y demás normativa de aplicación”.
Debe decir:
“El sistema selectivo de las bolsas de empleo para el nombramiento de funcionarios
interinos o la contratación de personal laboral temporal será oposición, concurso o concurso-oposición y se someterá a los criterios señalados en los artículos 10 y 11 del Estatuto Básico del Empleado Público y demás normativa de aplicación”.
2. La redacción del artículo 8 en el apartado referido a “Ocupado empleado público”
es la siguiente:
“Ocupado empleado público Ayuntamiento/OO AA: tal situación vendrá determinada
por hallarse el candidato prestando servicios en el Ayuntamiento de Fuenlabrada o alguno
de sus Organismos Autónomos, como personal temporal o funcionario interino como consecuencia de un contrato o nombramiento derivado de su pertenencia a una lista de espera
o bolsa de trabajo en vigor, excepto cuando se encuentre en situación de ocupado empleado público Ayuntamiento/OO AA por programa.
Finalizada la contratación o nombramiento, el candidato pasará a estar automáticamente en situación de libre disponible en el lugar que, conforme a la ordenación de la bolsa, le corresponda.
Ocupado empleado público Ayuntamiento/OO AA por programa: tal situación vendrá
determinada por hallarse el candidato prestando servicios en el Ayuntamiento de Fuenlabrada o alguno de sus Organismos Autónomos, como personal temporal o funcionario interino como consecuencia de un contrato o nombramiento derivado de su pertenencia a una
lista de espera o bolsa de trabajo en vigor para el desarrollo de un programa temporal (v.g.
del artículo 10.1.c) del TREBEP, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia de los Fondos Europeos de la disposición adicional quinta del Real DecretoLey 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía
de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, o en el marco de
cualquier proyecto, programa o plan temporal con similar naturaleza jurídica a los anteriores aprobado en virtud de una disposición legal).
Finalizada la contratación o nombramiento, el candidato pasará a estar automáticamente en situación de libre disponible en el lugar que, conforme a la ordenación de la bolsa, le corresponda.
Dada la duración de estos programas, las personas que se encuentren en esta situación
no podrán quedar en situación de disponible para cambio de empleo”.
BOCM-20230202-71
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO