D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230201-33)
Convenio – Convenio de 18 de enero de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación para la Recuperación del Bosque Autóctono, Asociación Arba, para el desarrollo de actividades de tiempo libre en el ámbito de la defensa de la naturaleza y del medio ambiente en el entorno del Centro de Acogida Casa de Campo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 27
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 199
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
1. Permitir, previa solicitud a la Dirección del Centro Casa de Campo, el desarrollo
de las actividades que realiza la Asociación en dos habitaciones, el garaje y la sala de reuniones de la denominada Casa del Cedro (la sala de reuniones se compartirá con la Asociación Grupo Brinzal) y en el terreno incluido dentro de los siguientes límites: valla suroeste
del inmueble; lavandería y su camino de acceso hasta el camino de acceso a la carpa; exterior suroeste de la pista de bolos; valla del inmueble con la vía del suburbano excluyendo
el interior de la pista de bolos.
2. Permitir el depósito en el inmueble de los materiales de inventario o fungibles de
la asociación necesarios para dichas actividades. La Consejería de Familia, Juventud y Política Social declina expresamente toda responsabilidad sobre la integridad de dichos materiales. Asimismo, la Dirección del Centro Casa de Campo podrá inspeccionarlos en todo
momento, con la plena colaboración de los responsables de la Asociación.
3. Permitir la exposición de materiales documentales, educativos o de sensibilización al servicio de los usuarios del Centro Casa de Campo y de todos aquellos interesados
en las actividades de la Asociación ARBA.
4. Difundir a través de la Red de Centros de Protección las convocatorias de la Asociación para sus actividades.
5. Todas aquellas correspondientes a la responsabilidad directa como Consejería de
adscripción del inmueble y su entorno.
Tercera
1. Mantener las instalaciones en condiciones óptimas que garanticen el uso pactado.
2. A la finalización del convenio, entregar las instalaciones cedidas en el estado en
que se recibieron.
3. Responder de los daños que se puedan ocasionar a terceros. La Asociación suscribirá a su cargo un contrato de seguro de responsabilidad civil de daños que pudieren sufrir
tanto terceros como los propios usuarios del Centro Casa de Campo y el personal de la Asociación, en sí mismos o en sus bienes, y que deriven del funcionamiento de la instalación o
de las actividades que en él se desarrollen, incluidos los actos de los usuarios y el personal
del centro.
4. Obtener autorización previa de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad para la realización de obras de mantenimiento y reparación en las instalaciones. No será necesaria la previa autorización en aquellos casos en los que las obras
consistan tan sólo en la realización de trabajos de carácter urgente.
5. Mantener y cuidar adecuadamente las instalaciones, pudiendo la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad y los servicios de inspección de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social verificar el correcto cumplimiento de esta
obligación visitando las instalaciones, con un preaviso de dos días.
6. Responder de las sanciones administrativas que se le pudiesen imponer por incumplimiento de normativas locales, autonómicas, nacionales o comunitarias en todo aquello que traiga causa en la realización de la actividad del cesionario.
7. Hacer frente a los gastos de conservación y mantenimiento derivados del uso del
inmueble y de las instalaciones.
8. Correr con los gastos de luz y agua derivados de la realización de las actividades
de la Asociación ARBA.
9. Realizar talleres para los menores con medida de protección el tercer sábado de
cada mes, a excepción del mes de agosto. El horario será por la mañana, de 11 a 14:00, u
otro que se estime más conveniente, pero siempre por la mañana para no alterar sus horarios. Se les enseñará las técnicas de viverismo (repicar, plantar, distinguir especies forestales, etc.) además de realizar un trabajo práctico.
10. Realizar salidas al campo o visitas guiadas por la Casa de Campo, una por cada
estación del año, para conocer el medio y sus valores. Llevar a cabo actividades de educación ambiental, tales como cursos y exposiciones.
11. Realizar actividades que potencien el uso de papel reciclado.
12. Realizar repoblaciones forestales con especies vegetales autóctonas, y otras repoblaciones con fines más científicos, usando especies autóctonas que sean raras, se encuentren en regresión o en peligro de extinción.
BOCM-20230201-33
Obligaciones de la Asociación Arba
B.O.C.M. Núm. 27
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 199
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
1. Permitir, previa solicitud a la Dirección del Centro Casa de Campo, el desarrollo
de las actividades que realiza la Asociación en dos habitaciones, el garaje y la sala de reuniones de la denominada Casa del Cedro (la sala de reuniones se compartirá con la Asociación Grupo Brinzal) y en el terreno incluido dentro de los siguientes límites: valla suroeste
del inmueble; lavandería y su camino de acceso hasta el camino de acceso a la carpa; exterior suroeste de la pista de bolos; valla del inmueble con la vía del suburbano excluyendo
el interior de la pista de bolos.
2. Permitir el depósito en el inmueble de los materiales de inventario o fungibles de
la asociación necesarios para dichas actividades. La Consejería de Familia, Juventud y Política Social declina expresamente toda responsabilidad sobre la integridad de dichos materiales. Asimismo, la Dirección del Centro Casa de Campo podrá inspeccionarlos en todo
momento, con la plena colaboración de los responsables de la Asociación.
3. Permitir la exposición de materiales documentales, educativos o de sensibilización al servicio de los usuarios del Centro Casa de Campo y de todos aquellos interesados
en las actividades de la Asociación ARBA.
4. Difundir a través de la Red de Centros de Protección las convocatorias de la Asociación para sus actividades.
5. Todas aquellas correspondientes a la responsabilidad directa como Consejería de
adscripción del inmueble y su entorno.
Tercera
1. Mantener las instalaciones en condiciones óptimas que garanticen el uso pactado.
2. A la finalización del convenio, entregar las instalaciones cedidas en el estado en
que se recibieron.
3. Responder de los daños que se puedan ocasionar a terceros. La Asociación suscribirá a su cargo un contrato de seguro de responsabilidad civil de daños que pudieren sufrir
tanto terceros como los propios usuarios del Centro Casa de Campo y el personal de la Asociación, en sí mismos o en sus bienes, y que deriven del funcionamiento de la instalación o
de las actividades que en él se desarrollen, incluidos los actos de los usuarios y el personal
del centro.
4. Obtener autorización previa de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad para la realización de obras de mantenimiento y reparación en las instalaciones. No será necesaria la previa autorización en aquellos casos en los que las obras
consistan tan sólo en la realización de trabajos de carácter urgente.
5. Mantener y cuidar adecuadamente las instalaciones, pudiendo la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad y los servicios de inspección de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social verificar el correcto cumplimiento de esta
obligación visitando las instalaciones, con un preaviso de dos días.
6. Responder de las sanciones administrativas que se le pudiesen imponer por incumplimiento de normativas locales, autonómicas, nacionales o comunitarias en todo aquello que traiga causa en la realización de la actividad del cesionario.
7. Hacer frente a los gastos de conservación y mantenimiento derivados del uso del
inmueble y de las instalaciones.
8. Correr con los gastos de luz y agua derivados de la realización de las actividades
de la Asociación ARBA.
9. Realizar talleres para los menores con medida de protección el tercer sábado de
cada mes, a excepción del mes de agosto. El horario será por la mañana, de 11 a 14:00, u
otro que se estime más conveniente, pero siempre por la mañana para no alterar sus horarios. Se les enseñará las técnicas de viverismo (repicar, plantar, distinguir especies forestales, etc.) además de realizar un trabajo práctico.
10. Realizar salidas al campo o visitas guiadas por la Casa de Campo, una por cada
estación del año, para conocer el medio y sus valores. Llevar a cabo actividades de educación ambiental, tales como cursos y exposiciones.
11. Realizar actividades que potencien el uso de papel reciclado.
12. Realizar repoblaciones forestales con especies vegetales autóctonas, y otras repoblaciones con fines más científicos, usando especies autóctonas que sean raras, se encuentren en regresión o en peligro de extinción.
BOCM-20230201-33
Obligaciones de la Asociación Arba