C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230127-15)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 30/2023, de 17 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 1811/2019, de 18 de noviembre, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del Museo Arqueológico Regional para el período 2020-2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 23

VIERNES 27 DE ENERO DE 2023

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talecimiento de la industria del libro, cuyo importe se financiará con cargo a las partidas
presupuestarias asignadas al programa presupuestario 332B “Bibliotecas y patrimonio bibliográfico” o equivalentes, conforme a lo que dispongan los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid vigentes al tiempo de la convocatoria.
Dos. En el Dispongo 4. Subvenciones en materia de patrimonio histórico (Programa 337C), se modifica la regulación de la subvención identificada con el número 2, Subvención en régimen de concurrencia, de la Orden 1811/2019, de 18 de noviembre, de la
Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del Museo Arqueológico Regional
para el período 2020-2023, en la redacción dada por la Orden 430/2022, de la Consejería
de Cultura, Turismo y Deporte, que pasa a tener el contenido que se indica a continuación:
«2. Subvención en régimen de concurrencia.
Ayudas a las obras de conservación, recuperación y restauración de bienes inmuebles,
de titularidad privada, que integran el patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid.
Las órdenes de convocatoria especificarán, de conformidad con las bases reguladoras,
la categoría y nivel de protección de los bienes objeto de estas ayudas, así como la cuantía
total de la convocatoria y las cuantías individualizadas máxima de las mismas.
Estas ayudas se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias asignadas al programa presupuestario 337C “Patrimonio histórico-artístico” o equivalentes, conforme a lo
que dispongan los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigentes al tiempo
de la convocatoria».
Artículo 2
Publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
De conformidad con el artículo 25.1.a) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, la presente Orden será publicada en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 17 de enero de 2023.
La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte,
MARTA RIVERA DE LA CRUZ

BOCM-20230127-15

(03/967/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791