C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230127-15)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 30/2023, de 17 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 1811/2019, de 18 de noviembre, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del Museo Arqueológico Regional para el período 2020-2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 108

VIERNES 27 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 23

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
15

ORDEN 30/2023, de 17 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 1811/2019, de 18 de noviembre, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del Museo
Arqueológico Regional para el período 2020-2023.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1, con el carácter de legislación básica del Estado, que “los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones,
con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución,
los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”.
Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, recoge en su artículo 4.bis esta misma obligación. Asimismo, el artículo 7.1 dispone que los órganos competentes para conceder subvenciones son los Consejeros.
En cumplimiento de las disposiciones legislativas referidas y su normativa de desarrollo, se dictó la Orden 1811/2019, de 18 de noviembre, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de
Patrimonio Cultural y del Museo Arqueológico Regional para el período 2020-2023, modificada posteriormente mediante Órdenes 1435/2020, de 9 de diciembre, de la Consejería de
Cultura y Turismo; 1354/2021, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte; 430/2022,
de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y 970/2022, de 23 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
En la línea de los objetivos y efectos perseguidos por el referido Plan Estratégico de
Subvenciones, se ha estimado oportuno incluir una nueva ayuda, dedicada a la promoción
de la lectura y fortalecimiento de la industria del libro, así como ampliar el ámbito de aplicación de las ayudas a las obras de conservación de bienes inmuebles con protección individualizada de Bien de Interés Cultural, que permitan extender estas ayudas a cualquier otro
bien inmueble con protección individualizada que forme parte del patrimonio histórico de
la Comunidad de Madrid.
Por todo lo expuesto, se requiere la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural para el período 2020-2023.
En consecuencia, y de acuerdo con el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 229/2021,
de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural,
DISPONGO

Modificación del Plan Estratégico de la Dirección General de Patrimonio Cultural
y del Museo Arqueológico Regional para el período 2020-2023
Se modifica la Plan Estratégico de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del
Museo Arqueológico Regional para el período 2020-2023, en los siguientes términos:
Uno. En el Dispongo 3. Subvenciones en materia de bibliotecas y el libro (Programa 332B), apartado C), Acciones subvencionables, plazo de ejecución, costes previsibles y
fuentes de financiación, subapartado 2, Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, se añade el punto 2.8, Convocatoria de ayudas para la promoción de la lectura y for-

BOCM-20230127-15

Artículo 1