D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230127-20)
Convenio – Convenio de colaboración de 21 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas-Vaciamadrid, S. A., por el que se determinan las condiciones de gestión del área de regeneración y renovación urbana y rural denominada “Barrio de Covibar, segunda fase”, en el municipio de Rivas-Vaciamadrid, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 124
VIERNES 27 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 23
El coste total de la actuación es de 3.962.428,42 euros, que, según el Acuerdo de Comisión Bilateral de 21 de diciembre de 2021, relativo al Área de regeneración y renovación
urbana y rural de “Barrio de Covibar, segunda fase”, se desglosan de la siguiente forma:
ACTUACIÓN
Rehabilitación
Equipo Técnico de Gestión
TOTAL
MINISTERIO
PARTICULARES
TOTAL
1.334.971,37 €
2.377.457,05 €
3.712.428,42 €
250.000,00 €
0,00 €
250.000,00 €
1.584.971,37 €
2.377.457,05 €
3.962.428,42 €
La inversión acordada por cada una de las partes se distribuye en las siguientes anualidades:
ANUALIDAD
MINISTERIO
PARTICULARES
TOTAL
2020
1.109.677,25 €
1.976.229,64 €
3.085.906,89 €
2021
TOTAL
475.294,12 €
401.227,41 €
876.521,53 €
1.584.971,37 €
2.377.457,05 €
3.962.428,42 €
Las subvenciones totales mediante el procedimiento de adjudicación directa suman
250.000,00 euros, correspondientes a las ayudas para la constitución de los equipos técnicos de gestión.
Las subvenciones a la rehabilitación de las viviendas incluidas en el Área de regeneración y renovación urbana y rural se adjudicarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, para lo cual se aprobará la correspondiente convocatoria por un importe total de 1.334.971,37 euros.
Para llevar a cabo las actuaciones programadas se ha aprobado por el Consejo de Gobierno un gasto con cargo al Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación”, Subconcepto 78402
de 1.584.971,37 euros, correspondiente al proyecto de “Área Regeneración y Renovación
Urbana Barrio de Covibar, segunda fase”, lo que supone la existencia de crédito adecuado
y suficiente para tramitar el expediente de gasto, correspondiendo al ejercicio 2022 la cantidad de 250.000,00 euros a la adjudicación directa de la línea de ayudas de equipos técnicos de gestión y al ejercicio 2023 el importe de 1.334.971,37 euros correspondiente a la
convocatoria de ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas mediante concurrencia
competitiva.
De acuerdo con lo establecido en el apartado quinto del Acuerdo de la Comisión Bilateral de fecha 21 de diciembre de 2021, el seguimiento de las actuaciones correspondientes
a este Área será efectuado por dicha Comisión Bilateral de Seguimiento que verificará el
cumplimiento de las actuaciones programadas, realizando las modificaciones, reajustes o
toma de decisiones que sean necesarios a fin de asegurar el desarrollo de las actuaciones
hasta su total ejecución. Cualquier modificación acordada por esta Comisión que afecte al
número de viviendas o a la financiación de las diferentes actuaciones, supondrá la modificación de las cláusulas de este Convenio que se vean afectadas por la misma.
Las condiciones acordadas en Comisión Bilateral se comunicarán por la Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura a la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas
Vaciamadrid, S. A., en el plazo de diez días, incorporándose como Anexo y formando parte del mismo.
Cuarta
La entrega de los fondos a la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid, S. A., se realizará de acuerdo con las reglas establecidas a continuación para cada una
de las actuaciones que se han programado en el área:
1. La entrega de los fondos para la efectiva constitución del Equipo técnico de gestión que se encargue de las labores de planeamiento, gestión y acompañamiento social, se
podrá realizar mediante un anticipo a cuenta tras la suscripción del presente Convenio de
colaboración y previa solicitud de la Entidad Gestora, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y el artículo 8 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo. Dicha transferencia según el artículo 42.2.a)
del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el reglamento de la Ley General de Subvenciones, queda exonerada de la constitución de garantías.
BOCM-20230127-20
Puesta a disposición de los fondos
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 124
VIERNES 27 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 23
El coste total de la actuación es de 3.962.428,42 euros, que, según el Acuerdo de Comisión Bilateral de 21 de diciembre de 2021, relativo al Área de regeneración y renovación
urbana y rural de “Barrio de Covibar, segunda fase”, se desglosan de la siguiente forma:
ACTUACIÓN
Rehabilitación
Equipo Técnico de Gestión
TOTAL
MINISTERIO
PARTICULARES
TOTAL
1.334.971,37 €
2.377.457,05 €
3.712.428,42 €
250.000,00 €
0,00 €
250.000,00 €
1.584.971,37 €
2.377.457,05 €
3.962.428,42 €
La inversión acordada por cada una de las partes se distribuye en las siguientes anualidades:
ANUALIDAD
MINISTERIO
PARTICULARES
TOTAL
2020
1.109.677,25 €
1.976.229,64 €
3.085.906,89 €
2021
TOTAL
475.294,12 €
401.227,41 €
876.521,53 €
1.584.971,37 €
2.377.457,05 €
3.962.428,42 €
Las subvenciones totales mediante el procedimiento de adjudicación directa suman
250.000,00 euros, correspondientes a las ayudas para la constitución de los equipos técnicos de gestión.
Las subvenciones a la rehabilitación de las viviendas incluidas en el Área de regeneración y renovación urbana y rural se adjudicarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, para lo cual se aprobará la correspondiente convocatoria por un importe total de 1.334.971,37 euros.
Para llevar a cabo las actuaciones programadas se ha aprobado por el Consejo de Gobierno un gasto con cargo al Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación”, Subconcepto 78402
de 1.584.971,37 euros, correspondiente al proyecto de “Área Regeneración y Renovación
Urbana Barrio de Covibar, segunda fase”, lo que supone la existencia de crédito adecuado
y suficiente para tramitar el expediente de gasto, correspondiendo al ejercicio 2022 la cantidad de 250.000,00 euros a la adjudicación directa de la línea de ayudas de equipos técnicos de gestión y al ejercicio 2023 el importe de 1.334.971,37 euros correspondiente a la
convocatoria de ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas mediante concurrencia
competitiva.
De acuerdo con lo establecido en el apartado quinto del Acuerdo de la Comisión Bilateral de fecha 21 de diciembre de 2021, el seguimiento de las actuaciones correspondientes
a este Área será efectuado por dicha Comisión Bilateral de Seguimiento que verificará el
cumplimiento de las actuaciones programadas, realizando las modificaciones, reajustes o
toma de decisiones que sean necesarios a fin de asegurar el desarrollo de las actuaciones
hasta su total ejecución. Cualquier modificación acordada por esta Comisión que afecte al
número de viviendas o a la financiación de las diferentes actuaciones, supondrá la modificación de las cláusulas de este Convenio que se vean afectadas por la misma.
Las condiciones acordadas en Comisión Bilateral se comunicarán por la Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura a la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas
Vaciamadrid, S. A., en el plazo de diez días, incorporándose como Anexo y formando parte del mismo.
Cuarta
La entrega de los fondos a la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid, S. A., se realizará de acuerdo con las reglas establecidas a continuación para cada una
de las actuaciones que se han programado en el área:
1. La entrega de los fondos para la efectiva constitución del Equipo técnico de gestión que se encargue de las labores de planeamiento, gestión y acompañamiento social, se
podrá realizar mediante un anticipo a cuenta tras la suscripción del presente Convenio de
colaboración y previa solicitud de la Entidad Gestora, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y el artículo 8 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo. Dicha transferencia según el artículo 42.2.a)
del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el reglamento de la Ley General de Subvenciones, queda exonerada de la constitución de garantías.
BOCM-20230127-20
Puesta a disposición de los fondos