D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230127-16)
Convenio – Convenio de 19 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y Religiosas de Jesús María para el funcionamiento y sostenimiento con fondos públicos del centro Jesús María, para la impartición de enseñanzas de formación profesional de grado superior
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BOCM
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 23
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
16
CONVENIO de 19 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y Religiosas de Jesús
María para el funcionamiento y sostenimiento con fondos públicos del centro
Jesús María, para la impartición de enseñanzas de formación profesional de
grado superior.
En Madrid, a 19 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Jorge Elías de la Peña y Montes de Oca, Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio por Decreto 71/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, en representación de la Comunidad de Madrid, en virtud de la delegación
para la firma de convenios que le ha sido conferida por el titular de la Consejería mediante
Orden 11634/2012, de 27 de noviembre.
De otra, D.a Almudena Alemany Bellido, con capacidad jurídica acreditada, de acuerdo con el Nombramiento de fecha 1 de julio de 2021 realizado por D.a Marta M.a Guitart
de la Torre, Superiora Provincial de las Religiosas de Jesús María.
EXPONEN
Primero
En virtud de lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Constitución Española de 1978, en
los artículos 1, 2, 4 y 6 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a
la Educación (LODE), y en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (LOE), debe garantizarse por la Administración educativa competente el derecho a una educación básica y a la formación que asegure el pleno desarrollo de la personalidad, así como el derecho de libre elección de centro y a recibir las ayudas precisas para
compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural.
Segundo
La gratuidad de las enseñanzas de formación profesional está prevista en el citado artículo 1 de la LODE y en la Ley 12/1987, de 2 de julio, sobre establecimiento de la gratuidad de los estudios de Bachillerato, Formación Profesional y Artes Aplicadas y Oficios Artísticos en los centros públicos y la autonomía de gestión económica de los centros docentes
públicos no universitarios.
Por otra parte, la Disposición adicional vigesimoctava de la LOE prevé la posibilidad
de que las Administraciones educativas puedan establecer convenios educativos con centros que impartan ciclos formativos de formación profesional que complementen la oferta
educativa de los centros públicos, de acuerdo con la programación general de la enseñanza.
En cumplimiento de la sentencia número 508/2015 de la sección octava de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 24 de
julio de 2015, y del Acuerdo Específico (Estipulación segunda) firmado el 27 de junio
de 2017 por la Comunidad de Madrid y la entidad Religiosas de Jesús María, la
Orden 2725/2017, de 21 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por
la que se aprobó la renovación de los conciertos educativos con centros privados a partir del
curso 2017/18, autorizó el sostenimiento con fondos públicos del centro Jesús María
(Anexo IV de la Orden).
BOCM-20230127-16
Tercero
Pág. 110
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VIERNES 27 DE ENERO DE 2023
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
16
CONVENIO de 19 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y Religiosas de Jesús
María para el funcionamiento y sostenimiento con fondos públicos del centro
Jesús María, para la impartición de enseñanzas de formación profesional de
grado superior.
En Madrid, a 19 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Jorge Elías de la Peña y Montes de Oca, Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio por Decreto 71/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, en representación de la Comunidad de Madrid, en virtud de la delegación
para la firma de convenios que le ha sido conferida por el titular de la Consejería mediante
Orden 11634/2012, de 27 de noviembre.
De otra, D.a Almudena Alemany Bellido, con capacidad jurídica acreditada, de acuerdo con el Nombramiento de fecha 1 de julio de 2021 realizado por D.a Marta M.a Guitart
de la Torre, Superiora Provincial de las Religiosas de Jesús María.
EXPONEN
Primero
En virtud de lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Constitución Española de 1978, en
los artículos 1, 2, 4 y 6 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a
la Educación (LODE), y en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (LOE), debe garantizarse por la Administración educativa competente el derecho a una educación básica y a la formación que asegure el pleno desarrollo de la personalidad, así como el derecho de libre elección de centro y a recibir las ayudas precisas para
compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural.
Segundo
La gratuidad de las enseñanzas de formación profesional está prevista en el citado artículo 1 de la LODE y en la Ley 12/1987, de 2 de julio, sobre establecimiento de la gratuidad de los estudios de Bachillerato, Formación Profesional y Artes Aplicadas y Oficios Artísticos en los centros públicos y la autonomía de gestión económica de los centros docentes
públicos no universitarios.
Por otra parte, la Disposición adicional vigesimoctava de la LOE prevé la posibilidad
de que las Administraciones educativas puedan establecer convenios educativos con centros que impartan ciclos formativos de formación profesional que complementen la oferta
educativa de los centros públicos, de acuerdo con la programación general de la enseñanza.
En cumplimiento de la sentencia número 508/2015 de la sección octava de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 24 de
julio de 2015, y del Acuerdo Específico (Estipulación segunda) firmado el 27 de junio
de 2017 por la Comunidad de Madrid y la entidad Religiosas de Jesús María, la
Orden 2725/2017, de 21 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por
la que se aprobó la renovación de los conciertos educativos con centros privados a partir del
curso 2017/18, autorizó el sostenimiento con fondos públicos del centro Jesús María
(Anexo IV de la Orden).
BOCM-20230127-16
Tercero