D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20230126-60)
Convenio – Adenda de 29 de diciembre de 2022, al contrato-programa entre el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y Metro de Madrid en relación a los gastos extraordinarios 2022 e incremento de gastos de personal 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 22
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE ENERO DE 2023
Pág. 299
Madrid en concepto de suministro energético de 43,4 millones de euros, anterior a la escalada de precios, resultando, por lo tanto, en un incremento de gasto extraordinario de más
de 86,5 millones de euros, ya en el mes de septiembre, cifra que, dada la volatilidad de precios existente podría seguir incrementándose, como mínimo, hasta los 100 millones de
euros al final del año 2022.
En la cláusula 5 del Contrato-Programa, relativo a las aportaciones económicas del
CRTM a Metro, se establece la posibilidad de la actualización de la tarifa de mercado cuando se produzca una significativa variación en los costes de explotación.
En consecuencia y de conformidad con lo expuesto, procede llevar a cabo la compensación a Metro de Madrid del aumento de los costes de explotación a consecuencia del incremento del precio de la energía.
III. En relación al incremento de los costes salariales en el ejercicio 2022, el Presupuesto de Metro de Madrid en este concepto ha experimentado un incremento retributivo
del 2 por ciento aprobado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, así como un incremento del 1,5 por ciento adicional previsto en el Real Decreto Ley 18/2022. Este hecho
se traduce en una dotación adicional de 14,30 millones de euros que se corresponden con
el importe no contemplado inicialmente en los Presupuestos de Metro de Madrid del
año 2022, equivalente al 3,5 por ciento del incremento retributivo de dicho ejercicio.
La base para esta modificación se encuentra en la cláusula “5. Régimen Económico”
del vigente Contrato Programa CRTM-Metro de Madrid, en donde en su apartado 5.c) se
indica que, siempre que no se modifiquen las condiciones del servicio prestado, es decir,
longitud de la red y número de estaciones, horas de apertura y programa de servicio en las
distintas temporadas, horarios y tipos de día, la tarifa de mercado ha de cubrir, asegurando
un marco estable de financiación, y para la demanda prevista en cada año, el incremento de
costes salariales que se pueda derivar de las sucesivas leyes de presupuestos y de los costes
de los servicios y suministros a los que el Contrato compromete a Metro de Madrid.
En consecuencia y de conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan la suscripción de la presente adenda al contrato-programa entre el CRTM y Metro de Madrid, S. A.,
con arreglo a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
En aplicación de la cláusula 5 del Contrato programa, se compensa a Metro de Madrid
tanto del aumento de los costes de explotación a consecuencia del incremento del precio de la
energía, que supone una aportación económica extraordinaria de 100.000.000 euros, como del
incremento de gastos de personal por un importe total de 14.374.396,65 euros. Ambas aportaciones suponen un total de 114.374.396,65 euros. Dicho importe deriva de la aplicación
de una tarifa de mercado de 0,206795704 euros por cada viaje que se efectúe en la red de
Metro con un título emitido por el CRTM en el ejercicio 2022, que se estiman en un total
de 553.079.171 viajes.
Segunda
BOCM-20230126-60
Se mantienen sin modificación el resto de condiciones pactadas en el Contrato-Programa de 8 de octubre de 2020.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad con lo aquí acordado, ambas partes firman el presente documento.
En Madrid, a 29 de diciembre de 2022.—Por el Consorcio Regional de Transportes
Públicos Regulares de Madrid, David Pérez García.—Por Metro de Madrid, S. A., Silvia
Roldán Fernández.
(03/309/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 22
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE ENERO DE 2023
Pág. 299
Madrid en concepto de suministro energético de 43,4 millones de euros, anterior a la escalada de precios, resultando, por lo tanto, en un incremento de gasto extraordinario de más
de 86,5 millones de euros, ya en el mes de septiembre, cifra que, dada la volatilidad de precios existente podría seguir incrementándose, como mínimo, hasta los 100 millones de
euros al final del año 2022.
En la cláusula 5 del Contrato-Programa, relativo a las aportaciones económicas del
CRTM a Metro, se establece la posibilidad de la actualización de la tarifa de mercado cuando se produzca una significativa variación en los costes de explotación.
En consecuencia y de conformidad con lo expuesto, procede llevar a cabo la compensación a Metro de Madrid del aumento de los costes de explotación a consecuencia del incremento del precio de la energía.
III. En relación al incremento de los costes salariales en el ejercicio 2022, el Presupuesto de Metro de Madrid en este concepto ha experimentado un incremento retributivo
del 2 por ciento aprobado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, así como un incremento del 1,5 por ciento adicional previsto en el Real Decreto Ley 18/2022. Este hecho
se traduce en una dotación adicional de 14,30 millones de euros que se corresponden con
el importe no contemplado inicialmente en los Presupuestos de Metro de Madrid del
año 2022, equivalente al 3,5 por ciento del incremento retributivo de dicho ejercicio.
La base para esta modificación se encuentra en la cláusula “5. Régimen Económico”
del vigente Contrato Programa CRTM-Metro de Madrid, en donde en su apartado 5.c) se
indica que, siempre que no se modifiquen las condiciones del servicio prestado, es decir,
longitud de la red y número de estaciones, horas de apertura y programa de servicio en las
distintas temporadas, horarios y tipos de día, la tarifa de mercado ha de cubrir, asegurando
un marco estable de financiación, y para la demanda prevista en cada año, el incremento de
costes salariales que se pueda derivar de las sucesivas leyes de presupuestos y de los costes
de los servicios y suministros a los que el Contrato compromete a Metro de Madrid.
En consecuencia y de conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan la suscripción de la presente adenda al contrato-programa entre el CRTM y Metro de Madrid, S. A.,
con arreglo a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
En aplicación de la cláusula 5 del Contrato programa, se compensa a Metro de Madrid
tanto del aumento de los costes de explotación a consecuencia del incremento del precio de la
energía, que supone una aportación económica extraordinaria de 100.000.000 euros, como del
incremento de gastos de personal por un importe total de 14.374.396,65 euros. Ambas aportaciones suponen un total de 114.374.396,65 euros. Dicho importe deriva de la aplicación
de una tarifa de mercado de 0,206795704 euros por cada viaje que se efectúe en la red de
Metro con un título emitido por el CRTM en el ejercicio 2022, que se estiman en un total
de 553.079.171 viajes.
Segunda
BOCM-20230126-60
Se mantienen sin modificación el resto de condiciones pactadas en el Contrato-Programa de 8 de octubre de 2020.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad con lo aquí acordado, ambas partes firman el presente documento.
En Madrid, a 29 de diciembre de 2022.—Por el Consorcio Regional de Transportes
Públicos Regulares de Madrid, David Pérez García.—Por Metro de Madrid, S. A., Silvia
Roldán Fernández.
(03/309/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791