C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230126-14)
Autorización implantación enseñanzas –  Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por la que se dictan instrucciones para la tramitación de las solicitudes de autorización para la continuidad de la enseñanza bilingüe en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en los centros concertados bilingües del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid en el curso 2023-2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 68

JUEVES 26 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 22

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
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RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Educación
Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por la que se dictan instrucciones para
la tramitación de las solicitudes de autorización para la continuidad de la enseñanza bilingüe en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en los centros
concertados bilingües del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid en el
curso 2023-2024.

La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, ha regulado la enseñanza bilingüe en las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en
los centros privados concertados del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid mediante la Orden 763/2015, de 24 de marzo, modificada por la Orden 399/2017, de 14 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los centros privados concertados bilingües del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid.
La Orden 763/2015, de 24 de marzo, en su artículo 12 establece el trámite que se debe
seguir para autorizar la continuidad de la enseñanza bilingüe en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, en los centros privados concertados que hayan finalizado la implantación de esta enseñanza en la etapa de Educación Primaria.
Conforme se establece en el artículo 13.3 de la Orden 763/2015, la Dirección General
competente en materia de enseñanza concertada está habilitada para concretar mediante
Resolución los plazos, lugares y forma de presentación de la documentación requerida.
Por ello, a fin de precisar los plazos para la presentación y tramitación de las solicitudes y la documentación que deberán presentar los titulares de los centros privados concertados, y en virtud artículo 13.3 de la orden precitada y de las competencias establecidas en
el artículo 15 del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 38/2022, de 15 de
junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, esta Dirección General ha resuelto dictar las presentes
INSTRUCCIONES
Primera
Objeto
Las presentes instrucciones precisan los plazos y la tramitación de las solicitudes de
autorización para la continuidad a partir del curso 2023-2024 de la enseñanza bilingüe en
la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en aquellos centros privados concertados que
hayan finalizado la implantación de esta enseñanza en la etapa de Educación Primaria.
Segunda
Son destinatarios de las presentes instrucciones los centros privados concertados autorizados que han finalizado la implantación de enseñanza bilingüe en la etapa de Educación
Primaria y solicitan autorización para continuar esta enseñanza en Educación Secundaria
Obligatoria.
Tercera
Solicitudes de autorización de la continuidad de la enseñanza bilingüe
en Educación Secundaria Obligatoria
Los centros educativos interesados en continuar la enseñanza bilingüe en la etapa de
Educación Secundaria Obligatoria deberán presentar una solicitud conforme al modelo

BOCM-20230126-14

Destinatarios