C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230125-22)
Bases ayudas – Orden 3972/2022, de 29 de diciembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo comprendido en las prioridades de la Estrategia Regional de Especialización Inteligente (S3) de la Comunidad de Madrid a través de entidades de enlace de la innovación tecnológica y convoca las ayudas correspondientes al año 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 21
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE ENERO DE 2023
Pág. 87
Se cumplen los principios de necesidad y eficacia, en cuanto se explica la necesidad y
fines perseguidos con su aprobación, siendo el instrumento más indicado para responder al
interés general con la finalidad de incrementar la generación de conocimiento y contribuir
a la creación de empleo, riqueza y bienestar social.
Por otra parte, la adecuación de la norma al principio de proporcionalidad se traduce
en que la norma contiene la regulación imprescindible para atender a las actuaciones que
quieren llevarse a cabo, sin restringir derechos ni imponer obligaciones a las entidades beneficiarias teniendo en cuenta la naturaleza de las ayudas y las normativas reguladoras de
esta materia.
En relación con el principio de seguridad jurídica, la norma es coherente con los planes y normativa vigente en materia de innovación integrándose en el marco del ordenamiento jurídico nacional y de la Unión Europea.
En virtud del principio de eficiencia, la orden evita cargas administrativas innecesarias
o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
También se cumple el principio de transparencia conforme a lo establecido en la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid,
mediante la publicación de la orden y de los documentos de su proceso de elaboración en el
portal de transparencia de la Comunidad de Madrid.
Esta acción, que se prevé sea cofinanciada con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), se alinea con la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación
(EECTI) 2021-2027 y las nuevas políticas regionales de especialización inteligente, que
sienta las bases de la Comisión Europea para el Programa Operativo del período 2021-2027
de FEDER y así poder incorporar la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, a las distintas convocatorias.
Por ello, las convocatorias se podrán cofinanciar con el Fondo Europeo de Desarrollo
Regional en el marco del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid 2021-2027 y/o
fondos de la Administración General del Estado en el marco de los acuerdos específicos de
colaboración establecidos con la administración regional. En las convocatorias se indicará
expresamente si existe cofinanciación y las condiciones requeridas para la misma.
Para la elaboración del proyecto de orden se ha elaborado el preceptivo Plan Estratégico de Subvenciones y la Memoria de Análisis de Impacto Normativo. Asimismo, y de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.5 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se han recabado los informes y dictámenes preceptivos de la Dirección General de
Igualdad en materia de impacto por razón de género, así como de análisis y valoración del
impacto por razón de orientación sexual e identidad y expresión de género; de la Dirección
General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, de impacto en materia de familia,
infancia y adolescencia, de la Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano, de la Dirección General de Trabajo, de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea y de la Dirección General de Presupuestos.
Asimismo, han emitido su preceptivo informe la Secretaría General Técnica, los Servicios Jurídicos y la Intervención Delegada de la Vicepresidencia, Consejería de Educación
y Universidades.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración
de la Comunidad de Madrid, y el artículo 6.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con el artículo 1 del Decreto 236/2021,
de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el
Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades,
DISPONE
Artículo 1
Objeto
El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de
ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al
sector productivo comprendido en las prioridades de la Estrategia Regional de Especialización Inteligente (S3) de la Comunidad de Madrid a través de entidades de enlace de la innovación tecnológica y proceder a la convocatoria de las ayudas correspondientes al año 2022.
BOCM-20230125-22
Capítulo I
B.O.C.M. Núm. 21
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE ENERO DE 2023
Pág. 87
Se cumplen los principios de necesidad y eficacia, en cuanto se explica la necesidad y
fines perseguidos con su aprobación, siendo el instrumento más indicado para responder al
interés general con la finalidad de incrementar la generación de conocimiento y contribuir
a la creación de empleo, riqueza y bienestar social.
Por otra parte, la adecuación de la norma al principio de proporcionalidad se traduce
en que la norma contiene la regulación imprescindible para atender a las actuaciones que
quieren llevarse a cabo, sin restringir derechos ni imponer obligaciones a las entidades beneficiarias teniendo en cuenta la naturaleza de las ayudas y las normativas reguladoras de
esta materia.
En relación con el principio de seguridad jurídica, la norma es coherente con los planes y normativa vigente en materia de innovación integrándose en el marco del ordenamiento jurídico nacional y de la Unión Europea.
En virtud del principio de eficiencia, la orden evita cargas administrativas innecesarias
o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
También se cumple el principio de transparencia conforme a lo establecido en la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid,
mediante la publicación de la orden y de los documentos de su proceso de elaboración en el
portal de transparencia de la Comunidad de Madrid.
Esta acción, que se prevé sea cofinanciada con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), se alinea con la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación
(EECTI) 2021-2027 y las nuevas políticas regionales de especialización inteligente, que
sienta las bases de la Comisión Europea para el Programa Operativo del período 2021-2027
de FEDER y así poder incorporar la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, a las distintas convocatorias.
Por ello, las convocatorias se podrán cofinanciar con el Fondo Europeo de Desarrollo
Regional en el marco del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid 2021-2027 y/o
fondos de la Administración General del Estado en el marco de los acuerdos específicos de
colaboración establecidos con la administración regional. En las convocatorias se indicará
expresamente si existe cofinanciación y las condiciones requeridas para la misma.
Para la elaboración del proyecto de orden se ha elaborado el preceptivo Plan Estratégico de Subvenciones y la Memoria de Análisis de Impacto Normativo. Asimismo, y de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.5 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se han recabado los informes y dictámenes preceptivos de la Dirección General de
Igualdad en materia de impacto por razón de género, así como de análisis y valoración del
impacto por razón de orientación sexual e identidad y expresión de género; de la Dirección
General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, de impacto en materia de familia,
infancia y adolescencia, de la Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano, de la Dirección General de Trabajo, de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea y de la Dirección General de Presupuestos.
Asimismo, han emitido su preceptivo informe la Secretaría General Técnica, los Servicios Jurídicos y la Intervención Delegada de la Vicepresidencia, Consejería de Educación
y Universidades.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración
de la Comunidad de Madrid, y el artículo 6.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con el artículo 1 del Decreto 236/2021,
de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el
Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades,
DISPONE
Artículo 1
Objeto
El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de
ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al
sector productivo comprendido en las prioridades de la Estrategia Regional de Especialización Inteligente (S3) de la Comunidad de Madrid a través de entidades de enlace de la innovación tecnológica y proceder a la convocatoria de las ayudas correspondientes al año 2022.
BOCM-20230125-22
Capítulo I