Moraleja de Enmedio (BOCM-20230124-78)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 20

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE ENERO DE 2023

Pág. 519

BOCM-20230124-78

Caixabank, oficina sita en plaza de España, número 5, CP 28950 Moraleja de En medio,
cuenta restringida de ingresos ES06 2100 6232 5113 0017 0899, mediante la presentación
del documento cobratorio expedido por el Ayuntamiento, que será enviado al domicilio fiscal de los contribuyentes. En el caso de no recibir el citado documento de pago, deberá solicitarlo en el Servicio de Gestión Tributaria del Ayuntamiento (Departamento de Tesorería, plaza de España, número 1, 28950 Moraleja de Enmedio), dentro de los plazos de pago
voluntario establecidos para cada tributo.
Los obligados al pago podrán domiciliar el pago de las deudas en las cuentas abiertas
en entidades de crédito. Para ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento General de Recaudación, dirigirán comunicación al servicio de gestión tributaria/recaudación del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, con una antelación mínima de un mes
antes del comienzo del período voluntario de cobro. En otro caso, la comunicación surtirá
efecto a partir del período siguiente. Los cargos de los recibos domiciliados se efectuarán
el día en que finalice el período voluntario del tributo respectivo en las cuentas autorizadas
por los contribuyentes.
Las domiciliaciones tendrán validez por tiempo indefinido en tanto no sean anuladas
por el interesado, rechazadas por la entidad de crédito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas. En este último caso, esta Administración notificará el acuerdo por el que se declare la invalidez al obligado al pago.
Pagos fuera de plazo: de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.d) del Reglamento General de Recaudación, se advierte de que, transcurrido el plazo de ingreso, las
deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se
produzcan.
Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en el tablón de anuncios el Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio y por Internet
desde la página web municipal, a los efectos de cumplir la función de anuncio de cobranza
además de la de dar a conocer las fechas de exposición pública de los mencionados padrones tributarios.
Cuarto.—Reservar a esta Concejalía la facultad de modificar el presente calendario
cuando motivos de índole técnica debidamente justificados, impidan la gestión de los recursos
económicos indicados en las fechas señaladas, informando de tal circunstancia a los ciudadanos con la suficiente antelación.
Quinto.—Insertar en el Libro de Resoluciones y dar cuenta en la próxima Asamblea
ordinaria que se celebre y comunicarlo en extracto a las Administraciones Central y Autonómica”.
Moraleja de Enmedio, a 12 de enero de 2023.—La concejala de Hacienda, María Ángeles Fernández Pérez.
(01/637/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791