D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230124-37)
Convenio – Convenio de colaboración de 28 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Torremocha de Jarama, para articular la atención a personas mayores en la residencia municipal de personas mayores Hontanar de Jarama
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE ENERO DE 2023
Pág. 359
Segunda
Naturaleza y objetivos de la residencia
1. A los efectos del presente convenio se entiende por residencia de mayores el equipamiento especializado destinado al alojamiento y atención, ya sea temporal o permanente,
de aquellas personas dependientes que necesitan ayuda continuada para realizar las actividades básicas de la vida diaria, que cumplan los requisitos que se establecen en el apartado A)
del anexo al presente convenio, que forma parte inseparable del mismo.
2. La residencia para personas mayores tiene como objetivo la atención y cuidado integral de los residentes de acuerdo a sus características y necesidades individuales.
3. El servicio se prestará de forma ininterrumpida durante las veinticuatro horas del
día, todos los días del año.
Tercera
Número de plazas objeto del convenio
El número de plazas a convenir es de 106 para personas mayores dependientes.
A los efectos del convenio se entiende por persona dependiente aquella que, por razones ligadas a la falta o la pérdida de autonomía, necesita asistencia o ayuda continuada para
realizar las actividades corrientes de la vida diaria.
Cuarta
Obligaciones generales
Ambas partes establecen que las prestaciones y servicios de atención a personas mayores
objeto del presente convenio, se prestarán por el Ayuntamiento en la Residencia Municipal de
Personas Mayores Hontanar de Jarama, sita en calle Canal de Isabel II, número 38, de Torremocha de Jarama (Madrid), con el contenido y alcance recogidos en el presente instrumento
convencional y con el apoyo técnico y supervisión de la Consejería.
Quinta
Compromisos de la Consejería
La Consejería asume los siguientes compromisos:
1. Designar a las personas mayores que ocuparán las plazas residenciales, de conformidad con la normativa reguladora de la materia y lo establecido en el apartado A) del
anexo al convenio. La ocupación de las plazas así como la pérdida de la condición de residente de las mismas se efectuará previa resolución del órgano competente de la Consejería.
2. Abonar las cantidades que se detallan en la cláusula octava del convenio por la
prestación de los servicios residenciales que se detallan en el anexo del presente convenio
a los residentes designados por la Consejería.
Sexta
El Ayuntamiento asume los siguientes compromisos:
1. Como titular del inmueble en el que se encuentra la residencia de mayores, mantener en perfectas condiciones de uso el inmueble, sus instalaciones, mobiliario y equipamiento, realizando las reparaciones y mejoras necesarias para garantizar su uso de atención
residencial.
2. Prestar a los mayores atendidos en plazas financiadas por la Comunidad de Madrid
los servicios residenciales en las condiciones que se detallan en los apartados B) a F) del
anexo al presente convenio.
3. El centro se obliga a ejecutar las indicaciones de la Consejería en todos aquellos aspectos relacionados con los signos de identidad corporativa o institucional en el edificio del
centro y en la documentación y divulgación que se realice sobre las actividades y servicios
que se prestan con cargo al presente convenio. Asimismo, en los actos, publicaciones, carteles, folletos o cualquier otro medio de divulgación y difusión del funcionamiento del centro
deberá hacerse mención de que el mismo se lleva a cabo con la colaboración de ambas partes. Cuando la difusión se realice a través de medios audiovisuales o material impreso, de-
BOCM-20230124-37
Compromisos del Ayuntamiento
B.O.C.M. Núm. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE ENERO DE 2023
Pág. 359
Segunda
Naturaleza y objetivos de la residencia
1. A los efectos del presente convenio se entiende por residencia de mayores el equipamiento especializado destinado al alojamiento y atención, ya sea temporal o permanente,
de aquellas personas dependientes que necesitan ayuda continuada para realizar las actividades básicas de la vida diaria, que cumplan los requisitos que se establecen en el apartado A)
del anexo al presente convenio, que forma parte inseparable del mismo.
2. La residencia para personas mayores tiene como objetivo la atención y cuidado integral de los residentes de acuerdo a sus características y necesidades individuales.
3. El servicio se prestará de forma ininterrumpida durante las veinticuatro horas del
día, todos los días del año.
Tercera
Número de plazas objeto del convenio
El número de plazas a convenir es de 106 para personas mayores dependientes.
A los efectos del convenio se entiende por persona dependiente aquella que, por razones ligadas a la falta o la pérdida de autonomía, necesita asistencia o ayuda continuada para
realizar las actividades corrientes de la vida diaria.
Cuarta
Obligaciones generales
Ambas partes establecen que las prestaciones y servicios de atención a personas mayores
objeto del presente convenio, se prestarán por el Ayuntamiento en la Residencia Municipal de
Personas Mayores Hontanar de Jarama, sita en calle Canal de Isabel II, número 38, de Torremocha de Jarama (Madrid), con el contenido y alcance recogidos en el presente instrumento
convencional y con el apoyo técnico y supervisión de la Consejería.
Quinta
Compromisos de la Consejería
La Consejería asume los siguientes compromisos:
1. Designar a las personas mayores que ocuparán las plazas residenciales, de conformidad con la normativa reguladora de la materia y lo establecido en el apartado A) del
anexo al convenio. La ocupación de las plazas así como la pérdida de la condición de residente de las mismas se efectuará previa resolución del órgano competente de la Consejería.
2. Abonar las cantidades que se detallan en la cláusula octava del convenio por la
prestación de los servicios residenciales que se detallan en el anexo del presente convenio
a los residentes designados por la Consejería.
Sexta
El Ayuntamiento asume los siguientes compromisos:
1. Como titular del inmueble en el que se encuentra la residencia de mayores, mantener en perfectas condiciones de uso el inmueble, sus instalaciones, mobiliario y equipamiento, realizando las reparaciones y mejoras necesarias para garantizar su uso de atención
residencial.
2. Prestar a los mayores atendidos en plazas financiadas por la Comunidad de Madrid
los servicios residenciales en las condiciones que se detallan en los apartados B) a F) del
anexo al presente convenio.
3. El centro se obliga a ejecutar las indicaciones de la Consejería en todos aquellos aspectos relacionados con los signos de identidad corporativa o institucional en el edificio del
centro y en la documentación y divulgación que se realice sobre las actividades y servicios
que se prestan con cargo al presente convenio. Asimismo, en los actos, publicaciones, carteles, folletos o cualquier otro medio de divulgación y difusión del funcionamiento del centro
deberá hacerse mención de que el mismo se lleva a cabo con la colaboración de ambas partes. Cuando la difusión se realice a través de medios audiovisuales o material impreso, de-
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