D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230124-26)
Convenio – Convenio de 21 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., por el que se formaliza la concesión directa de una subvención a la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A. para la financiación de la promoción de 64 viviendas en alquiler en La Rosilla 1, Madrid, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE ENERO DE 2023
Pág. 173
Decimoctava
Difusión, publicidad y señalética
La Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid,
S. A., podrán desarrollar campañas de difusión para informar a los ciudadanos de la actuación resultante de este Convenio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 del Real Decreto 106/2018, de 9 de
marzo, y, la cláusula decimosexta del Convenio entre el extinto Ministerio de Fomento y la
Comunidad de Madrid para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en la publicidad que, a través de cualquier medio, incluidos los electrónicos, se realice por cualquiera de las Administraciones Públicas o Instituciones, sobre actuaciones derivadas de la aplicación del presente Convenio, se hará constar expresamente la participación de las distintas
Instituciones y que aquellas se realizan en virtud de un Convenio con la Comunidad de
Madrid, Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, debiendo incluir en todo
caso la imagen institucional del Gobierno de España-Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana junto a la de la Comunidad de Madrid.
En particular, la referida información constará en los carteles exteriores descriptivos
de las obras, en los que figurará, además, el importe de la subvención aportada, en su caso,
por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En el caso de instalación de placas o identificativos de carácter permanente en el exterior de las viviendas, deberá incluirse en aquellos la referencia a la financiación con cargo
al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Decimonovena
Naturaleza jurídica y jurisdicción
El presente Convenio de colaboración tiene naturaleza de los prevenidos en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos
o resolución del contenido del presente Convenio que no hayan sido solucionadas por la
Comisión Bilateral prevista en la cláusula decimocuarta, serán resueltas de conformidad
con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosos Administrativa.
Vigésima
En relación con los datos personales a los que tengan acceso con motivo de las actuaciones derivadas de este convenio, las partes firmantes se obligan a cumplir con lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y su normativa de desarrollo.
Las partes consienten que los datos personales del presente convenio se puedan incorporar a Registros de Actividades de Tratamiento de titularidad de cada de ellas, con la
única finalidad de proceder a la gestión adecuada de los mismos. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas se podrá llevar a cabo en los términos legalmente establecidos.
Por ello, deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para
garantizar la seguridad de los datos de carácter personal a los que pudieran tener acceso y
evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
La Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A se obliga a mantener la
más estricta confidencialidad respecto de la información a la que tenga acceso en el seno
del convenio, comprometiéndose a adoptar todas las medidas que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de esta obligación por su personal y/o colaboradores durante la vigencia del mismo y después de su expiración.
El uso de los datos personales para una finalidad distinta convertirá a la parte que realice dicho uso en responsable de las posibles infracciones que se deriven de su uso incorrecto.
BOCM-20230124-26
Protección de datos
B.O.C.M. Núm. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE ENERO DE 2023
Pág. 173
Decimoctava
Difusión, publicidad y señalética
La Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid,
S. A., podrán desarrollar campañas de difusión para informar a los ciudadanos de la actuación resultante de este Convenio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 del Real Decreto 106/2018, de 9 de
marzo, y, la cláusula decimosexta del Convenio entre el extinto Ministerio de Fomento y la
Comunidad de Madrid para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en la publicidad que, a través de cualquier medio, incluidos los electrónicos, se realice por cualquiera de las Administraciones Públicas o Instituciones, sobre actuaciones derivadas de la aplicación del presente Convenio, se hará constar expresamente la participación de las distintas
Instituciones y que aquellas se realizan en virtud de un Convenio con la Comunidad de
Madrid, Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, debiendo incluir en todo
caso la imagen institucional del Gobierno de España-Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana junto a la de la Comunidad de Madrid.
En particular, la referida información constará en los carteles exteriores descriptivos
de las obras, en los que figurará, además, el importe de la subvención aportada, en su caso,
por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En el caso de instalación de placas o identificativos de carácter permanente en el exterior de las viviendas, deberá incluirse en aquellos la referencia a la financiación con cargo
al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Decimonovena
Naturaleza jurídica y jurisdicción
El presente Convenio de colaboración tiene naturaleza de los prevenidos en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos
o resolución del contenido del presente Convenio que no hayan sido solucionadas por la
Comisión Bilateral prevista en la cláusula decimocuarta, serán resueltas de conformidad
con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosos Administrativa.
Vigésima
En relación con los datos personales a los que tengan acceso con motivo de las actuaciones derivadas de este convenio, las partes firmantes se obligan a cumplir con lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y su normativa de desarrollo.
Las partes consienten que los datos personales del presente convenio se puedan incorporar a Registros de Actividades de Tratamiento de titularidad de cada de ellas, con la
única finalidad de proceder a la gestión adecuada de los mismos. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas se podrá llevar a cabo en los términos legalmente establecidos.
Por ello, deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para
garantizar la seguridad de los datos de carácter personal a los que pudieran tener acceso y
evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
La Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A se obliga a mantener la
más estricta confidencialidad respecto de la información a la que tenga acceso en el seno
del convenio, comprometiéndose a adoptar todas las medidas que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de esta obligación por su personal y/o colaboradores durante la vigencia del mismo y después de su expiración.
El uso de los datos personales para una finalidad distinta convertirá a la parte que realice dicho uso en responsable de las posibles infracciones que se deriven de su uso incorrecto.
BOCM-20230124-26
Protección de datos