D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20230121-13)
Convenio –  Convenio de 29 de diciembre de 2022, entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del Centro de Transfusión de la Comunidad de Madrid, y FREMAP, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional de la Seguridad Social número 61, para el suministro de componentes sanguíneos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 68

SÁBADO 21 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 18

Segunda
Compromisos de las partes
El Servicio Madrileño de Salud, a través del CTCM, se compromete a:
— Establecer entre el CTCM y el Hospital FREMAP Majadahonda, los niveles de
existencias de componentes sanguíneos idóneos para el funcionamiento correcto
de la actividad por parte de esta.
— Suministrar las unidades de los componentes sanguíneos solicitados por el Hospital FREMAP Majadahonda, en base a lo establecido en el Anexo II. El CTCM proveerá al Hospital FREMAP Majadahonda, de forma reglada, tanto para el mantenimiento de las existencias establecidas, como para las situaciones de urgencia.
— Entregar los componentes sanguíneos en el lugar y horario acordados, para su posterior transporte al Hospital FREMAP Majadahonda, verificando que durante el
transporte se cumplan las condiciones de conservación de los componentes establecidas en la normativa vigente.
FREMAP se compromete a:
— Contar con la correspondiente autorización sanitaria actualizada como servicio de
transfusión, estando obligada al cumplimiento del Real Decreto 1088/2005, de 16
de septiembre, por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión.
— Asumir los costes derivados del transporte de los componentes sanguíneos hasta
sus instalaciones y realizar dicho transporte en las condiciones que preserven su
integridad y propiedades tal como marca la normativa.
— Recepcionar los componentes sanguíneos enviados desde el CTCM, custodiándolos debidamente en su área, garantizando el uso correcto de los mismos.
— Abonar la factura mensual por los componentes sanguíneos suministrados durante
el período.
— Facilitar al CTCM, al menos semanalmente, los datos relativos al stock (preferiblemente informático) y, mensualmente, los datos estadísticos de consumo, caducidad u otras particularidades, que sufran los componentes sanguíneos entregados
por el CTCM.
Tercera
Financiación
El CTCM facturará mensualmente al Hospital FREMAP Majadahonda, los componentes sanguíneos suministrados de acuerdo con los precios públicos por la prestación de
los servicios y actividades de naturaleza sanitaria de la red de Centros de la Comunidad de
Madrid, establecidos en la normativa vigente en la materia en el momento de realizarse el
suministro.
El Hospital FREMAP Majadahonda, atenderá el pago en los plazos establecidos por la
normativa vigente de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las condiciones recogidas
en las liquidaciones de gastos correspondientes.
El pago se realizará en la cuenta que, a tal efecto, se indique.
Cuarta
Para el desarrollo del presente convenio y para resolver cuantas dudas y discrepancias
puedan surgir en la interpretación y aplicación del mismo, se crea una comisión de seguimiento cuya composición será la siguiente:
— Un representante del Servicio Madrileño de Salud, que ostentará la presidencia.
— La persona que ostente la dirección gerencia del CTCM, o persona en quien delegue.
— Un representante de FREMAP Majadahonda.
— Su representante legal, o persona en quien delegue.
Serán funciones de la comisión mixta:
— Velar por el buen desarrollo de todas y cada una de las actividades planteadas en el
desarrollo del objeto del presente convenio, así como su seguimiento y evaluación.
— Resolver cuantas dudas y discrepancias surjan en la interpretación y aplicación del
convenio.

BOCM-20230121-13

Comisión mixta de seguimiento