D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230120-22)
Convenio – Convenio de 20 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Universidad Autónoma de Madrid, para la concesión de una subvención directa para la realización del Proyecto Tecnologías Avanzadas para la Exploración del Universo y sus Componentes dentro del plan complementario en el Área de Astrofísica y Física de Altas Energías en el marco del Componente 17, Inversión 01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, Next Generation-EU, por importe de 1.621.500 euros
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 72
VIERNES 20 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 17
venio, procedente de otra Administración o Entidad pública o privada, nacional o
internacional.
d) Declaración responsable relativa al cumplimiento de los principios transversales
del Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia, según el artículo 8.2 de
la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema
de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
e) Declaración responsable de cada beneficiario, siguiendo el modelo del Anexo V, del
cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente” en el sentido establecido en el artículo 2.6 del Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
f) Cuestionario de autoevaluación del cumplimiento del principio de no causar un
perjuicio significativo al medio ambiente establecido en el Anexo III.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
2. Asimismo, todos los participantes deberán indicar expresamente si autorizan la
consulta de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social. En el caso de que no se autorizase se deberán aportar los certificados de la Agencia
Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social.
3. Cada participante debe aportar la aceptación de la cesión de datos entre los organismos implicados según se establece en el artículo 8 de la orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre.
Sexta
Financiación
1. La financiación de este Convenio se hará con cargo al subconcepto 78200 (Investigación, Desarrollo e Innovación) del Programa 466A “Investigación” del presupuesto de
gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2022.
2. La financiación otorgada al Proyecto concedida a través de la Universidad Autónoma de Madrid (Q2818013A) será de 1.621.500 euros de los cuales 685.084 euros serán financiados con fondos otorgados por el Estado con cargo al Mecanismo Europeo de Recuperación
y Resiliencia (MRR), y 936.416 euros con fondos propios de la Comunidad de Madrid.
3. El reparto de los fondos entre los participantes es el siguiente:
PARTICIPANTE
Fondos PRTR
UAM
0,00
CAB-CSIC
368.000,00
CIEMAT
184.431,50
UCM
132.652,50
TOTAL FONDOS PRTR
PARTICIPANTE
Fondos Comunidad de Madrid
TOTAL
685.084,00
TOTAL
UAM
172.500,00
CAB-CSIC
235.750,00
CIEMAT
172.068,50
UCM
356.097,50
TOTAL FONDOS COMUNIDAD DE MADRID
936.416,00
TOTAL
1.621.500,00
4. Conforme al artículo 6.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, toda alteración de las
condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación y revocación de la subvención
otorgada.
Conceptos subvencionables
1. Conforme a lo previsto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, solo se consideran como gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el
período de ejecución. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables
podrá ser superior al valor de mercado.
BOCM-20230120-22
Séptima
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 72
VIERNES 20 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 17
venio, procedente de otra Administración o Entidad pública o privada, nacional o
internacional.
d) Declaración responsable relativa al cumplimiento de los principios transversales
del Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia, según el artículo 8.2 de
la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema
de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
e) Declaración responsable de cada beneficiario, siguiendo el modelo del Anexo V, del
cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente” en el sentido establecido en el artículo 2.6 del Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
f) Cuestionario de autoevaluación del cumplimiento del principio de no causar un
perjuicio significativo al medio ambiente establecido en el Anexo III.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
2. Asimismo, todos los participantes deberán indicar expresamente si autorizan la
consulta de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social. En el caso de que no se autorizase se deberán aportar los certificados de la Agencia
Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social.
3. Cada participante debe aportar la aceptación de la cesión de datos entre los organismos implicados según se establece en el artículo 8 de la orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre.
Sexta
Financiación
1. La financiación de este Convenio se hará con cargo al subconcepto 78200 (Investigación, Desarrollo e Innovación) del Programa 466A “Investigación” del presupuesto de
gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2022.
2. La financiación otorgada al Proyecto concedida a través de la Universidad Autónoma de Madrid (Q2818013A) será de 1.621.500 euros de los cuales 685.084 euros serán financiados con fondos otorgados por el Estado con cargo al Mecanismo Europeo de Recuperación
y Resiliencia (MRR), y 936.416 euros con fondos propios de la Comunidad de Madrid.
3. El reparto de los fondos entre los participantes es el siguiente:
PARTICIPANTE
Fondos PRTR
UAM
0,00
CAB-CSIC
368.000,00
CIEMAT
184.431,50
UCM
132.652,50
TOTAL FONDOS PRTR
PARTICIPANTE
Fondos Comunidad de Madrid
TOTAL
685.084,00
TOTAL
UAM
172.500,00
CAB-CSIC
235.750,00
CIEMAT
172.068,50
UCM
356.097,50
TOTAL FONDOS COMUNIDAD DE MADRID
936.416,00
TOTAL
1.621.500,00
4. Conforme al artículo 6.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, toda alteración de las
condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación y revocación de la subvención
otorgada.
Conceptos subvencionables
1. Conforme a lo previsto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, solo se consideran como gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el
período de ejecución. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables
podrá ser superior al valor de mercado.
BOCM-20230120-22
Séptima