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Convenio – Adenda de 27 de diciembre de 2022, de prórroga del convenio de asistencia jurídica a Canal de Isabel II, S. A., y a sus sociedades participadas de nacionalidad española, de 8 de febrero de 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 17
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE ENERO DE 2023
Pág. 93
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
26
ADENDA de 27 de diciembre de 2022, de prórroga del convenio de asistencia jurídica a Canal de Isabel II, S. A., y a sus sociedades participadas de nacionalidad española, de 8 de febrero de 2022.
REUNIDOS
De una parte, don Fabio Pascua Mateo, Viceconsejero de Asuntos Jurídicos y Secretario General del Consejo de Gobierno, nombrado por Decreto 98/2021, de 30 de junio, del
Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de
julio de 2021), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas en virtud del dispongo
noveno de la Orden de 10 de diciembre de 2021, del Consejero de Presidencia, Justicia e
Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y otras materias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 299, de 16 de diciembre de 2021), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, don Pascual Fernández Martínez, actuando en nombre y representación
de Canal de Isabel II, S. A., en su condición de Consejero-Delegado, en virtud de su nombramiento llevado a cabo el 30 de septiembre de 2020 por el Consejo de Administración de
la Sociedad, y haciendo uso de los poderes que expresamente le fueron atribuidos en la sesión del mismo Consejo de 27 de octubre de 2022; de Canal Extensia, S. A. U., haciendo
uso de las facultades que expresamente le fueron atribuidas por acuerdo del Consejo de
Administración de 4 de noviembre de 2022, y Canal Gestión Lanzarote, S. A. U., en su condición de Administrador Único.
Las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar el presente Convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Con fecha de 8 de febrero de 2022 fue suscrito el convenio de asistencia jurídica a Canal de Isabel II, S. A., y sus sociedades participadas de nacionalidad española que, a los
efectos del convenio, son Canal Extensia, S. A. U.; Ocio y Deporte Canal, S. L. U.; Canal
Energía, S. L.; Hidráulica Santillana, S. A. U., y Canal Gestión Lanzarote, S. A. U., pactándose una duración inicial del mismo que finaliza el 31 de diciembre de 2022.
Dicho convenio tiene por objeto establecer el marco regulatorio de la asistencia y asesoramiento jurídico y/o representación y defensa en juicio realizada por los letrados de la
Comunidad de Madrid a Canal de Isabel II, S. A., y a sus sociedades participadas de nacionalidad española, a tenor de las exigencias legales previstas en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, y su normativa
de desarrollo.
Con posterioridad a la firma del convenio, se ha autorizado la disolución de Canal
Energía, S. L., y de Ocio y Deporte Canal, S. L. U., mediante sendos Acuerdos de 13 de julio
de 2022, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 212, de 6 de septiembre). Asimismo, por Acuerdo, de 26 de enero de 2022, del Consejo de Gobierno, se autoriza la fusión por absorción de Canal Isabel II, S.A., como sociedad
absorbente, e Hidráulica Santillana, S. A. U., como sociedad absorbida y con fecha 8 de abril
de 2022 se inscribe en el Registro Mercantil la disolución por fusión y la extinción de esta sociedad (Boletín Oficial del Registro Mercantil número 74, de 19 de abril de 2022). Como consecuencia de lo anterior, las únicas sociedades participadas de nacionalidad española que suscribirán la prórroga son Canal Extensia, S. A. U., y Canal Gestión Lanzarote, S. A. U.
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ADENDA de 27 de diciembre de 2022, de prórroga del convenio de asistencia jurídica a Canal de Isabel II, S. A., y a sus sociedades participadas de nacionalidad española, de 8 de febrero de 2022.
REUNIDOS
De una parte, don Fabio Pascua Mateo, Viceconsejero de Asuntos Jurídicos y Secretario General del Consejo de Gobierno, nombrado por Decreto 98/2021, de 30 de junio, del
Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de
julio de 2021), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas en virtud del dispongo
noveno de la Orden de 10 de diciembre de 2021, del Consejero de Presidencia, Justicia e
Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y otras materias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 299, de 16 de diciembre de 2021), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, don Pascual Fernández Martínez, actuando en nombre y representación
de Canal de Isabel II, S. A., en su condición de Consejero-Delegado, en virtud de su nombramiento llevado a cabo el 30 de septiembre de 2020 por el Consejo de Administración de
la Sociedad, y haciendo uso de los poderes que expresamente le fueron atribuidos en la sesión del mismo Consejo de 27 de octubre de 2022; de Canal Extensia, S. A. U., haciendo
uso de las facultades que expresamente le fueron atribuidas por acuerdo del Consejo de
Administración de 4 de noviembre de 2022, y Canal Gestión Lanzarote, S. A. U., en su condición de Administrador Único.
Las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar el presente Convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Con fecha de 8 de febrero de 2022 fue suscrito el convenio de asistencia jurídica a Canal de Isabel II, S. A., y sus sociedades participadas de nacionalidad española que, a los
efectos del convenio, son Canal Extensia, S. A. U.; Ocio y Deporte Canal, S. L. U.; Canal
Energía, S. L.; Hidráulica Santillana, S. A. U., y Canal Gestión Lanzarote, S. A. U., pactándose una duración inicial del mismo que finaliza el 31 de diciembre de 2022.
Dicho convenio tiene por objeto establecer el marco regulatorio de la asistencia y asesoramiento jurídico y/o representación y defensa en juicio realizada por los letrados de la
Comunidad de Madrid a Canal de Isabel II, S. A., y a sus sociedades participadas de nacionalidad española, a tenor de las exigencias legales previstas en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, y su normativa
de desarrollo.
Con posterioridad a la firma del convenio, se ha autorizado la disolución de Canal
Energía, S. L., y de Ocio y Deporte Canal, S. L. U., mediante sendos Acuerdos de 13 de julio
de 2022, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 212, de 6 de septiembre). Asimismo, por Acuerdo, de 26 de enero de 2022, del Consejo de Gobierno, se autoriza la fusión por absorción de Canal Isabel II, S.A., como sociedad
absorbente, e Hidráulica Santillana, S. A. U., como sociedad absorbida y con fecha 8 de abril
de 2022 se inscribe en el Registro Mercantil la disolución por fusión y la extinción de esta sociedad (Boletín Oficial del Registro Mercantil número 74, de 19 de abril de 2022). Como consecuencia de lo anterior, las únicas sociedades participadas de nacionalidad española que suscribirán la prórroga son Canal Extensia, S. A. U., y Canal Gestión Lanzarote, S. A. U.
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