D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230119-23)
Convenio – Convenio de colaboración de 23 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Fundación Iberdrola España, para la colaboración económica en actuaciones de conservación y restauración del Retablo Mayor de la Capilla de los Apóstoles de la Catedral de Cuenca mediante prácticas formativas de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales (ESCRBC)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 76
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 16
tura de la Fundación Iberdrola España, para el seguimiento y control de la ejecución y aplicación del convenio, en particular, la concreción de las actividades de colaboración, la celebración de actos institucionales de presentación pública o difusión, así como para la resolución de controversias y determinación, en su caso, de las condiciones de resolución
anticipada del convenio. En el marco de esta Comisión la ESCRBC presentará formalmente el adecuado desglose de conceptos a los que se destina la Aportación económica objeto
de este convenio, de modo que se pueda acreditar que dicha aportación se destina a los fines aquí previstos.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar
en la correspondiente acta. La Comisión se reunirá al menos una vez al año y tantas veces
como se requiera por cualquiera de las partes.
En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de
funcionamiento a lo establecido en la sección 3.a del capítulo II del título preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinta
Confidencialidad
Las partes se obligan a observar estricta reserva y confidencialidad sobre toda la información que, con ocasión del presente convenio, reciban de la otra parte. Dicha obligación
se extiende a cuantas personas o empresas se contraten por cualquiera de las partes para la
ejecución del presente convenio, a cuyo efecto las partes se obligan a poner en conocimiento y exigir de las mismas el cumplimiento de idéntica obligación de confidencialidad.
Sexta
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
El presente convenio no comportará el acceso a datos de carácter personal de los
alumnos.
En cumplimiento de las obligaciones establecidas en los párrafos anteriores, Fundación Iberdrola España declara que los datos personales de los representantes de ESCRBC,
así como del resto de personas de contacto que puedan intervenir en el convenio serán tratados por la Fundación Iberdrola España como responsable del tratamiento de los mismos.
Dichos datos serán tratados para dar cumplimiento a los derechos y obligaciones contenidas en el convenio. La base jurídica del tratamiento es dar cumplimiento al convenio, mantener las relaciones con la otra parte en base a su interés legítimo, así como cumplir con las
obligaciones legales de las partes.
Los datos se mantendrán mientras esté en vigor la relación establecida en el convenio,
y, una vez finalizada esta, debidamente bloqueados, hasta la prescripción de las posibles acciones legales aparejadas. Los datos serán tratados únicamente por la Fundación Iberdrola
España y aquellos terceros a los que aquellas estén legal o contractualmente obligados a comunicarlos.
Los titulares de los datos podrán ejercer, en los términos establecidos por la legislación
vigente, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar que
se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, o solicitar la portabilidad de sus datos dirigiendo una comunicación por escrito a cada una de las partes, en el caso
de la Fundación Iberdrola España, dirigiéndose a su delegado de protección de datos a la
dirección msolanam@iberdrola.es . También podrán presentar una reclamación ante la
Agencia Española de Protección de Datos.
ESCRBC se compromete expresamente a informar sus representantes y resto de personas de contacto de los términos de la presente cláusula, manteniendo indemne a FIBE de
los daños que pueda conllevar la falta de cumplimiento de esta obligación.
Séptima
Notificaciones
Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan
de efectuarse por las partes en relación con el presente convenio, deberán realizarse por escrito y de manera fehaciente, sin perjuicio de que se deban adoptar las medidas necesarias
BOCM-20230119-23
Protección de datos de carácter personal
Pág. 76
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 16
tura de la Fundación Iberdrola España, para el seguimiento y control de la ejecución y aplicación del convenio, en particular, la concreción de las actividades de colaboración, la celebración de actos institucionales de presentación pública o difusión, así como para la resolución de controversias y determinación, en su caso, de las condiciones de resolución
anticipada del convenio. En el marco de esta Comisión la ESCRBC presentará formalmente el adecuado desglose de conceptos a los que se destina la Aportación económica objeto
de este convenio, de modo que se pueda acreditar que dicha aportación se destina a los fines aquí previstos.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar
en la correspondiente acta. La Comisión se reunirá al menos una vez al año y tantas veces
como se requiera por cualquiera de las partes.
En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de
funcionamiento a lo establecido en la sección 3.a del capítulo II del título preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinta
Confidencialidad
Las partes se obligan a observar estricta reserva y confidencialidad sobre toda la información que, con ocasión del presente convenio, reciban de la otra parte. Dicha obligación
se extiende a cuantas personas o empresas se contraten por cualquiera de las partes para la
ejecución del presente convenio, a cuyo efecto las partes se obligan a poner en conocimiento y exigir de las mismas el cumplimiento de idéntica obligación de confidencialidad.
Sexta
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
El presente convenio no comportará el acceso a datos de carácter personal de los
alumnos.
En cumplimiento de las obligaciones establecidas en los párrafos anteriores, Fundación Iberdrola España declara que los datos personales de los representantes de ESCRBC,
así como del resto de personas de contacto que puedan intervenir en el convenio serán tratados por la Fundación Iberdrola España como responsable del tratamiento de los mismos.
Dichos datos serán tratados para dar cumplimiento a los derechos y obligaciones contenidas en el convenio. La base jurídica del tratamiento es dar cumplimiento al convenio, mantener las relaciones con la otra parte en base a su interés legítimo, así como cumplir con las
obligaciones legales de las partes.
Los datos se mantendrán mientras esté en vigor la relación establecida en el convenio,
y, una vez finalizada esta, debidamente bloqueados, hasta la prescripción de las posibles acciones legales aparejadas. Los datos serán tratados únicamente por la Fundación Iberdrola
España y aquellos terceros a los que aquellas estén legal o contractualmente obligados a comunicarlos.
Los titulares de los datos podrán ejercer, en los términos establecidos por la legislación
vigente, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar que
se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, o solicitar la portabilidad de sus datos dirigiendo una comunicación por escrito a cada una de las partes, en el caso
de la Fundación Iberdrola España, dirigiéndose a su delegado de protección de datos a la
dirección msolanam@iberdrola.es . También podrán presentar una reclamación ante la
Agencia Española de Protección de Datos.
ESCRBC se compromete expresamente a informar sus representantes y resto de personas de contacto de los términos de la presente cláusula, manteniendo indemne a FIBE de
los daños que pueda conllevar la falta de cumplimiento de esta obligación.
Séptima
Notificaciones
Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan
de efectuarse por las partes en relación con el presente convenio, deberán realizarse por escrito y de manera fehaciente, sin perjuicio de que se deban adoptar las medidas necesarias
BOCM-20230119-23
Protección de datos de carácter personal