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Convenio –  Convenio de 16 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y Radio Televisión Madrid, S. A. U., para impulsar una visión positiva y necesaria de la atención al ciudadano orientada especialmente a la población más vulnerable en los medios de comunicación
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BOCM

MARTES 17 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 14

que aquellas tienen en común y dicha cooperación se guía exclusivamente por consideraciones relacionadas con el interés público.
VI. Que la cláusula segunda, apartado g) del Convenio de 7 de junio 2022 establece,
como compromiso de la Comunidad de Madrid, desarrollar el presente marco de colaboración en los diferentes ámbitos de actuación de las consejerías, organismos y entidades de la
Comunidad de Madrid, mediante los correspondientes convenios específicos que cada consejería, organismo o entidad deberá suscribir con RTVM.
VII. Que, con el fin de llevar a cabo los objetivos antes expuestos, la Comunidad de
Madrid y RTVM, siguiendo la política de mutua y permanente colaboración entre ambas
instituciones, ha considerado oportuno suscribir el presente convenio para la consecución
de los fines referidos de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y los artículos 11 de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio
Televisión Madrid y 50 de la Carta Básica de Radio Televisión Madrid, aprobada por
Acuerdo de 2 de noviembre de 2017, del Pleno de la Asamblea de Madrid.
En atención a lo expuesto, las partes firmantes establecen las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre la Comunidad de
Madrid y RTVM, para trasladar a los ciudadanos una visión positiva y necesaria de la atención al ciudadano orientada especialmente a la población más vulnerable en los medios de
comunicación a través de la programación de los distintos canales de difusión de RTVM.
En concreto, la colaboración se prestará para la difusión de los valores y principios reseñados, así como de los nuevos canales y programas puestos en funcionamiento para el
cumplimiento de los mismos, entre el periodo que va desde el 22 de diciembre hasta el 28
de diciembre, ambos inclusive.
Segunda
Obligaciones de RTVM
Son obligaciones de RTVM en el marco del presente convenio:
a) Colaborar en la difusión de medidas que impulsen una visión positiva de la atención al ciudadano, especialmente las que sean consideradas de mayor relevancia
e interés, siempre que las necesidades de programación de RTVM lo permitan y
siempre dentro del respeto a la independencia y a la autonomía de sus profesionales. En este contexto, RTVM prestará especial atención a la Atención al Ciudadano a través de los diferentes canales de RTVM, las emisoras de Onda Madrid y la
web de RTVM.
En concreto, RTVM asume los siguientes compromisos en cuanto a su programación:
Por lo que respecta a la programación de TeleMadrid y LaOtra:
a.1) Complementar la programación con estos nuevos contenidos específicos
orientados al fomento y difusión de la atención al ciudadano, de una manera
especial y en el mayor número de programas posibles durante una semana.
a.2) Diseñar y producir programas específicos o monográficos con esta temática
concreta. La difusión de estos contenidos se realizará en el mayor número
de franjas y horarios posibles y con una periodicidad que puede ser diaria o
en un día concreto de la semana.
En cuanto a los contenidos radiofónicos en OndaMadrid:
a.3) Implementar nuevos contenidos específicos, en la programación de una semana, orientados al fomento y difusión de la atención al ciudadano.
a.4) Impulsar la producción y realización específica de programas y reportajes
en exteriores que darán difusión “sobre el terreno” y “con testimonios” de
estos contenidos.
Por lo que respecta a comunicación digital (Web de Radio Televisión Madrid y difusión en redes sociales):
a.5) Crear nuevos contenidos específicos y secciones sobre estos temas que seguirán alimentando y dando cobertura y difusión a los contenidos especia-

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