B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230113-3)
Convocatoria curso selectivo –  Resolución de 4 de enero de 2023, del Director General de Emergencias, por la que se da publicidad al calendario, programa y regulación del curso selectivo, elaborado por el servicio de formación del cuerpo de agentes forestales, en cumplimiento de lo establecido en la Orden 1564/2019, de 20 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 11

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE ENERO DE 2023

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— Hacer uso puntual y al inicio de cada actividad de la uniformidad y EPI que en
cada caso pudieran corresponder de acuerdo con lo previsto por el personal docente o de apoyo a la actividad.
— Cumplir las normas de comportamiento y funcionamiento de aquellas instalaciones donde se realicen las actividades formativas. A tal efecto debe entenderse
prohibido:
a) Fumar en las aulas y vestuarios, observándose en todo caso las prohibiciones
específicas al respecto que haya en las diferentes dependencias de cada centro en donde se desarrolle la acción formativa.
b) El consumo de alcohol y otras drogas que puedan ser dañinas para la salud del
alumno y afectar al buen funcionamiento y desarrollo del curso.
c) Comer dentro de las aulas y zonas de prácticas salvo autorización. Estará permitido beber agua y/o líquido isotónico.
d) Utilizar telefonía móvil o cualquier otro dispositivo electrónico no autorizado
durante las clases y exámenes.
e) Realizar grabaciones de video/audio o tomar fotografías salvo autorización
expresa.
f) Utilizar el uniforme fuera de las actividades propuestas a lo largo del período
de formación.
g) Los adornos, complementos externos y similares que supongan o puedan suponer algún riesgo para la integridad física del alumno, siendo el Servicio de
Formación de Agentes Forestales el que en cada caso lo determine.
Penalizaciones
El incumplimiento de cualquiera de los deberes y obligaciones del alumno supondrá
la penalización de puntuación que corresponda de acuerdo con el siguiente baremo:
— 10 por 100 de penalización en el módulo formativo por cada incumplimiento.
— 20 por 100 de penalización en el módulo formativo por cada incumplimiento,
cuando se trate de una falsificación del control de asistencia o cualquier forma de
suplantación de identidad, o cuando se justifique por parte del Servicio de Formación la gravedad del suceso con perjuicio igualmente grave para el proceso, el personal, las instalaciones o los equipos.
Aptitud y capacidad funcional
En aplicación de la base 8.3 de la Orden 1564/2019, de 20 de mayo, ante la detección
en cualquier momento del curso por parte de los responsables del mismo, de una falta de
aptitud, capacidad funcional o incorrecta adaptación del aspirante a las situaciones planteadas, el Servicio de Formación recabará el informe preceptivo de los órganos técnicos competentes a tal efecto, el cual será evacuado en el plazo máximo de diez días hábiles y tendrá carácter determinante para resolver. Si del contenido del dictamen se desprendiera que
el/la aspirante carece de capacidad funcional, la Dirección General de Emergencias pondrá
dicha circunstancia en conocimiento del Tribunal Calificador, quien, previa audiencia al/a
la interesado/a, emitirá propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida
al órgano convocante del mismo. Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano
convocante, el/la aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso
selectivo.

En relación al punto 8.5 de las bases de la convocatoria, aprobadas mediante Orden 1564/2019, de 20 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, los aspirantes que no pudieran realizar el curso por causa de fuerza
mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo, previa solicitud, en la convocatoria siguiente intercalándose en el lugar correspondiente a la
puntuación obtenida.
En Las Rozas de Madrid, a 4 de enero de 2023.—El Director General de Emergencias,
Pedro Antonio Ruiz Escobar.

BOCM-20230113-3

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