D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230112-11)
Convenio –  Convenio de 24 de diciembre de 2022, entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo por esta de un proyecto piloto dirigido a la recualificación profesional de los trabajadores, en concreto del proyecto “Financiación de formación (microcréditos) P4, mediante actuaciones de la inversión, C23.I3 “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva” de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 978/2022, de 22 de noviembre por el que se regula la concesión directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2022, destinadas a la financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva”, en concreto del proyecto “Financiación de formación (microcréditos)”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 10

JUEVES 12 DE ENERO DE 2023

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Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, en el caso de que para la
ejecución de los proyectos subvencionados se celebraran contratos que deban someterse a
dicha Ley de acuerdo con lo dispuesto en la misma.
En caso de no ser posible una solución extrajudicial, las partes se someten expresamente a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la misma.
Duodécima
Modificación y vigencia

BOCM-20230112-11

Se podrá modificar el convenio previamente formalizado, siempre que exista acuerdo
de las partes firmantes. Esta modificación no podrá suponer en ningún caso la asunción de
compromisos financieros superiores a los inicialmente alcanzados en el convenio inicial y
deberá respetar el carácter finalista de los fondos librados por el Servicio Público de Empleo Estatal para la ejecución de las inversiones previstas en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia. La modificación tampoco podrá en ningún caso afectar a las
obligaciones impuestas por la normativa comunitaria o nacional aplicable, en especial,
cuando suponga incumplimiento de hitos u objetivos establecidos en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID) o su plazo de ejecución.
El convenio entrará en vigor el día de su firma y tendrá vigencia hasta el total cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes. La ejecución de las actuaciones objeto
de este convenio deberá finalizar antes del 31 de marzo de 2025, sin perjuicio de su justificación y seguimiento con posterioridad a dicha fecha, de acuerdo con lo dispuesto en la
cláusula sexta.
Y, en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio en fecha de la
última firma electrónica.
Madrid, a 24 de diciembre de 2022.—El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, Gerardo Gutiérrez Ardoy.—El Viceconsejero de Empleo, Alfredo Timermans
del Olmo.
(03/25.525/22)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791