B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230111-4)
Plan de formación –  Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba y da publicidad al Plan de Formación para Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid para 2023 y se abre el plazo de presentación de solicitudes de participación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 9

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE ENERO DE 2023

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c) Acceder al Campus de Aprendizaje de la Comunidad de Madrid (forMadridhttps://campusmadrid.csod.com ).
d) Contactar con los coordinadores de Formación de las diferentes Consejerías y Organismos en los números de teléfono y direcciones que se contienen en el Anexo III.
VI. PARTE FINAL
Vigesimoquinto
Efectos
La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 27 de diciembre 2022.—La Directora General de Función Pública, María
José Esteban Raposo.
ANEXO I
PROYECTO DE AUTOFORMACIÓN
Primero
Objeto y fines
1. El presente anexo tiene por objeto establecer las modalidades, contenidos, metodología y efectos del proyecto de autoformación, concebido como una herramienta innovadora que desarrolla y complementa la oferta formativa reglada.
2. El proyecto de autoformación tiene como finalidad fomentar el aprendizaje autónomo a través del uso de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
En particular, este proyecto responde a los siguientes objetivos:
a) Facilitar la adecuación del proceso formativo a las necesidades individualizadas
de sus destinatarios.
b) Promover la participación de los empleados públicos en la dirección de su propio
proceso de aprendizaje, asumiendo un papel proactivo en el mismo.
c) Fomentar la conciliación de la vida personal y familiar con la formación de los
empleados públicos.
d) Incrementar las posibilidades de acceso de todos los empleados públicos al proceso formativo, superando las limitaciones en el número de destinatarios, horarios,
plazos y desplazamientos, impuestas por las modalidades de impartición tradicionales.
e) En suma, contribuir a la definición de un modelo formativo abierto, flexible y personalizado, fundado en una decidida orientación por la formación continua del
personal al servicio de la Administración autonómica, a partir de las potencialidades ofrecidas por las nuevas tecnologías aplicadas a la formación.
Segundo
Destinatarios
Podrán participar en las actividades formativas integradas dentro del proyecto de autoformación todos los empleados públicos incluidos en el ámbito del presente plan, sin perjuicio que, de manera singularizada, por la especial naturaleza o peculiaridades propias de
alguna de aquellas, se pueda exigir un perfil específico determinado.
Tercero
Con carácter general, las actividades formativas del proyecto de autoformación estarán compuestas por contenidos multimedia actualizados y, en su caso, actividades de corrección automática, acompañados cuando proceda de toda la documentación descargable
precisa al objeto de facilitar un aprendizaje autónomo efectivo.
De acuerdo con lo anterior, dichas acciones tendrán un carácter virtual y no contarán,
de ordinario, con la figura del tutor o profesor, sin perjuicio de los mecanismos de ayuda
que, en su caso, se puedan establecer a través de la creación de foros o comunidades virtua-

BOCM-20230111-4

Características de las acciones formativas