C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230110-12)
Encomienda de gestión –  Anuncio de 12 de diciembre de 2022, de prórroga de la encomienda de gestión de 13 de enero de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en materia de prevención de riesgos laborales
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 8

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
12

ANUNCIO de 12 de diciembre de 2022, de prórroga de la encomienda de gestión
de 13 de enero de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en
materia de prevención de riesgos laborales.

De una parte, el Ilmo. Sr. D. Miguel José Zurita Becerril, Director General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades,
De otra parte, la Ilma. Sra. D.a María José Esteban Raposo, Directora General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

Por una parte, el artículo 19.q) del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de
Educación y Universidades, atribuye a la Dirección General de Recursos Humanos de la
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, la competencia de planificación, coordinación y gestión de las políticas en materia de prevención de riesgos laborales
del personal docente y no docente que preste servicio en los centros docentes no universitarios dependientes de esta Consejería, incluyendo al personal del Cuerpo de Inspectores
Docentes.
Por una parte, el artículo tercero del Decreto 121/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente los Decretos de estructura orgánica de varias Consejerías y el Decreto de estructura orgánica de la Agencia Madrileña de
Atención Social, atribuye a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de
Educación y Juventud la competencia de planificación, coordinación y gestión de las políticas en materia de prevención de riesgos laborales del personal docente y no docente que
preste servicio en los centros docentes no universitarios dependientes de esta Consejería,
incluyendo al personal del cuerpo de inspectores docentes.
Por otra parte, la Dirección General de Función Pública dispone de una División de
Prevención de Riesgos Laborales, con personal técnico para realizar determinadas actividades en materia de prevención de riesgos laborales, así como con un contrato de servicios,
como unidad promotora del mismo, en materia de reconocimientos médicos.
De conformidad con lo que antecede, y en aplicación de los principios de simplificación, economía de costes y eficacia en la gestión, al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el 13 de
enero de 2021 se acordó una encomienda de gestión de la Dirección General de Recursos
Humanos de la entonces Consejería de Educación y Juventud a la Dirección General de
Función Pública de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública, en materia de
prevención de riesgos laborales.
De acuerdo a su apartado cuarto, la encomienda fue prorrogada:
— El 9 de junio de 2021 por un plazo de seis meses, desde el día 24 de julio de 2021,
los apartados del acuerdo primero de la a) a la m), lo que consta en documento firmado por los firmantes de la encomienda y publicado en BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID el día 28 de junio de 2021.
— El 23 de noviembre de 2021, por un plazo de seis meses los apartados del acuerdo
primero de la a) a la m) y los apartados del acuerdo primero.n) y o) por un plazo
de 12 meses, desde el día 24 de enero de 2022, lo que consta en documento firmado por los firmantes de la encomienda y publicado en BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID el día 17 de diciembre de 2021.

BOCM-20230110-12

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