D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230110-18)
Convenio –  Convenio de 21 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y el Ayuntamiento de Lozoya para la concesión directa de una subvención en especie valorada en 42.000,00 euros destinada a financiar el incremento de los costes presupuestados para la ejecución del Plan Integrado de Actuación “Recuperación del Espacio Público del Antiguo Convento: Consolidación de la Coronación de la Tapia Perimetral”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 8

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE ENERO DE 2023

Pág. 87

12. Por las razones anteriormente señaladas, mediante el presente convenio se procede a otorgar una subvención directa en especie en favor del municipio de Lozoya valorada en 42.000,00 euros con arreglo al artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, (en
consonancia con lo establecido a su vez por el artículo 22.2.c] de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones), que prevé la posibilidad de que se adjudiquen de
forma directa “con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas
que dificulten su convocatoria pública”.
13. Del mismo modo, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, contempla en el apartado 3.o del artículo 4.5 la posibilidad de celebrar
convenios sin contraprestación con los beneficiarios de las subvenciones cuando estos se
encuentren singularizados en el momento de su autorización.
Mediante la presente subvención en especie se pretende dar continuidad a la resolución de la convocatoria y hacer efectiva la subvención destinada a la recuperación del espacio público del Antiguo Convento: Consolidación de la Coronación de la tapia perimetral de Lozoya y así poder culminar los trabajos iniciados con la ejecución de las obras
proyectadas.
14. A tal efecto, se ha modificado el Plan estratégico de subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo, con el objeto de añadir un nuevo epígrafe en el
Anexo II y dar cumplimiento al artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
15. La concesión de esta subvención directa en especie valorada en 42.000,00 euros,
destinada a financiar el incremento de los costes de las actuaciones previstas en el Plan Integrado de Actuación denominado “Recuperación del Espacio Público del Antiguo Convento: Consolidación de la Coronación de la Tapia Perimetral”, conlleva la necesidad de
modificar el contenido del convenio de rehabilitación suscrito con fecha 30 de julio de 2020
con el mencionado Ayuntamiento, por lo que, a tal efecto, en el anexo I del presente convenio se incluye la correspondiente adenda de modificación de las cláusulas del Convenio
de rehabilitación que se ven afectadas.
En conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente Convenio es la concesión directa de una subvención en especie
al ayuntamiento de Lozoya, con carácter excepcional por razones de interés público y que
dificultan su convocatoria pública, con el propósito de financiar el incremento de los costes presupuestados para acometer las actuaciones definidas en el PIA (Plan Integrado de
Actuación) resultante del anterior Plan Estratégico de Subvenciones para la Recuperación
Urbana Integrada de Cascos Antiguos y de Conjuntos Urbanos Homogéneos con valor patrimonial para el período 2018-2021 y denominado “Recuperación del espacio público del
Antiguo Convento: Consolidación de la Coronación de la tapia perimetral”, cuyos objetivos son asegurar la estabilidad del muro, con valor patrimonial y garantizar la seguridad de
las personas frente a la posible caída de fragmentos de la coronación actual de la tapia, para
su entrega, una vez finalizadas las obras, al Ayuntamiento de este municipio para su destino al uso público previsto.

Características de la subvención
La subvención concedida consiste en una ayuda en especie de conformidad con la disposición adicional quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 3 del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la
citada Ley. De tal modo, la ayuda en especie se concreta en que las actuaciones, tales como
la ejecución de las obras y la dirección facultativa de las mismas, así como la coordinación
de seguridad y salud en fase de obras, serán llevadas a cabo por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

BOCM-20230110-18

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