D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230110-24)
Convenio –  Adenda de 22 de diciembre de 2022, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Orange, para la señalización de los centros sanitarios mediante pictogramas dirigidos a personas con trastorno de espectro autista (TEA)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 8

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
24

ADENDA de 22 de diciembre de 2022, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Orange, para la señalización de los centros sanitarios mediante pictogramas dirigidos a personas con trastorno de espectro autista (TEA).
REUNIDOS

De una parte, D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, nombrado mediante el Decreto 49/2021, de 19 de junio de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de
la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid y el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la
Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, D. Fernando Prados Roa, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud
Pública, nombrado mediante el Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno, y Director General de Asistencia Sanitaria, en nombre y representación del Servicio
Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b)
de la Ley 8/1999, de 9 de abril y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el
que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
Y, de otra parte, D. Daniel Morales Gutiérrez, en nombre y representación de la Fundación Orange, domiciliada en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Parque Empresarial La Finca, Paseo del Club Deportivo, número 1, C.P. 28223, en virtud de otorgamiento de poderes
por sustitución en su favor, ante el notario de Pozuelo de Alarcón (Madrid) D. Adolfo Pries
Picardo, el 9 de julio de 2019 con el número 1824 de su protocolo.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, se reconocen capacidad jurídica suficiente para este acto y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Primero
El artículo 2.3 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la
Comunidad de Madrid, recoge entre sus principios rectores la orientación del Sistema Sanitario a los ciudadanos y la promoción y garantía de la calidad de los servicios.

Corresponde al Consejero de Sanidad la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el
control de la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid, entre otras,
en materia de humanización sanitaria, según lo establecido en el artículo 1 del Decreto 1/2022,
de 19 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Sanidad. Asimismo, le corresponden las atribuciones que, como jefe de
su Departamento, se recogen en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Tercero
La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Humanización y Atención al Paciente, lleva a cabo la promoción, desarrollo y despliegue de aquellas actuaciones
institucionales que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través de la personalización de la atención en diferentes niveles y a lo largo del proceso asistencial, según
lo previsto en el apartado h) del artículo 4 del Decreto 1/2022, de 19 de enero.

BOCM-20230110-24

Segundo