Madrid (BOCM-20230109-59)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Instrucciones gestión tablón edictos electrónico
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 570
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 7
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Área de Gobierno de Vicealcaldía
El artículo 51.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, dispone que el tablón de edictos del Ayuntamiento de la Ciudad de Madrid
podrá realizarse a través de medios electrónicos o informáticos.
Por Decreto de 21 de enero de 2010, del Vicealcalde, se aprobaron las instrucciones
para la implantación de la primera fase del Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
En estas instrucciones se contemplaba la publicación de los edictos emitidos por el
Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos en el Tablón de Edictos Electrónico,
suprimiendo los tablones físicos ubicados en las distintas dependencias municipales, excepto el gestionado por el Área de Gobierno de Vicealcaldía, en el que se continuarían publicando los edictos procedentes de otras administraciones e instituciones públicas.
Igualmente, en las citadas instrucciones se preveía el desarrollo de una segunda fase
que permitiría insertar en el Tablón de Edictos Electrónico aquellos edictos que fueran remitidos desde otras administraciones e instituciones públicas.
La regulación normativa posterior en el proceso de modernización y mejora de la eficiencia administrativa para hacer efectiva una administración totalmente electrónica e interconectada, desarrolló y concretó el empleo de los medios electrónicos para garantizar,
por una parte, que los procedimientos administrativos se tramiten electrónicamente y, por
otra, que la ciudadanía se relacione con ella por estos medios en los supuestos en que sea
establecido con carácter obligatorio.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
El artículo 14.2.c) de la citada norma impone la obligación de relacionarse a través de
medios electrónicos con las Administraciones públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, entre otros sujetos, a notarios y registradores de
la propiedad y mercantiles.
Por su parte, el Ayuntamiento de Madrid, a través de la Ordenanza de Atención a la
Ciudadanía y Administración Electrónica, de 26 de febrero de 2019, regula la utilización de
los medios electrónicos en la actividad administrativa y establece, en su artículo 34.1.ñ),
que la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, dará acceso, entre otros contenidos y
servicios, al Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
Una vez realizadas las adaptaciones informáticas necesarias, se va a poner en marcha
esta segunda fase al objeto de posibilitar la publicación de estos edictos en la Sede Electrónica, suprimiendo el tablón físico gestionado por la Oficina de la Secretaría de la Junta de
Gobierno del Área de Gobierno de Vicealcaldía.
La integración de todos los edictos que publique el Ayuntamiento de Madrid, tanto internos como externos, en el Tablón de Edictos Electrónico alojado en la Sede Electrónica
supone una mejora significativa en el avance hacia una Administración Electrónica, en la
utilización efectiva en el uso de medios tecnológicos poniendo a disposición de los interesados servicios digitales fácilmente utilizables y accesibles, de modo que se pueda conseguir un doble objetivo, fomentar la transparencia y el acceso de los ciudadanos a los edictos, en aras de una mejora en la divulgación de su contenido y que el canal electrónico
habilitado para ello sea fácil, intuitivo y eficiente, ofreciendo a los interesados información
puntual, ágil y actualizada de los edictos publicados.
BOCM-20230109-59
Decreto de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, por el que se aprueban las
instrucciones para la gestión y funcionamiento del Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
Pág. 570
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 7
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Área de Gobierno de Vicealcaldía
El artículo 51.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, dispone que el tablón de edictos del Ayuntamiento de la Ciudad de Madrid
podrá realizarse a través de medios electrónicos o informáticos.
Por Decreto de 21 de enero de 2010, del Vicealcalde, se aprobaron las instrucciones
para la implantación de la primera fase del Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
En estas instrucciones se contemplaba la publicación de los edictos emitidos por el
Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos en el Tablón de Edictos Electrónico,
suprimiendo los tablones físicos ubicados en las distintas dependencias municipales, excepto el gestionado por el Área de Gobierno de Vicealcaldía, en el que se continuarían publicando los edictos procedentes de otras administraciones e instituciones públicas.
Igualmente, en las citadas instrucciones se preveía el desarrollo de una segunda fase
que permitiría insertar en el Tablón de Edictos Electrónico aquellos edictos que fueran remitidos desde otras administraciones e instituciones públicas.
La regulación normativa posterior en el proceso de modernización y mejora de la eficiencia administrativa para hacer efectiva una administración totalmente electrónica e interconectada, desarrolló y concretó el empleo de los medios electrónicos para garantizar,
por una parte, que los procedimientos administrativos se tramiten electrónicamente y, por
otra, que la ciudadanía se relacione con ella por estos medios en los supuestos en que sea
establecido con carácter obligatorio.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
El artículo 14.2.c) de la citada norma impone la obligación de relacionarse a través de
medios electrónicos con las Administraciones públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, entre otros sujetos, a notarios y registradores de
la propiedad y mercantiles.
Por su parte, el Ayuntamiento de Madrid, a través de la Ordenanza de Atención a la
Ciudadanía y Administración Electrónica, de 26 de febrero de 2019, regula la utilización de
los medios electrónicos en la actividad administrativa y establece, en su artículo 34.1.ñ),
que la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, dará acceso, entre otros contenidos y
servicios, al Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
Una vez realizadas las adaptaciones informáticas necesarias, se va a poner en marcha
esta segunda fase al objeto de posibilitar la publicación de estos edictos en la Sede Electrónica, suprimiendo el tablón físico gestionado por la Oficina de la Secretaría de la Junta de
Gobierno del Área de Gobierno de Vicealcaldía.
La integración de todos los edictos que publique el Ayuntamiento de Madrid, tanto internos como externos, en el Tablón de Edictos Electrónico alojado en la Sede Electrónica
supone una mejora significativa en el avance hacia una Administración Electrónica, en la
utilización efectiva en el uso de medios tecnológicos poniendo a disposición de los interesados servicios digitales fácilmente utilizables y accesibles, de modo que se pueda conseguir un doble objetivo, fomentar la transparencia y el acceso de los ciudadanos a los edictos, en aras de una mejora en la divulgación de su contenido y que el canal electrónico
habilitado para ello sea fácil, intuitivo y eficiente, ofreciendo a los interesados información
puntual, ágil y actualizada de los edictos publicados.
BOCM-20230109-59
Decreto de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, por el que se aprueban las
instrucciones para la gestión y funcionamiento del Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid.