C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230105-12)
Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas destinadas a proyectos de digitalización de la Pyme madrileña, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa de la Comunidad de Madrid 2021-2027
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 4

te de los posibles beneficiarios, sino una expectativa de derecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
A su vez, y dado que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, para la realización de cualquier trámite de un procedimiento
administrativo, se dispone que toda la tramitación necesaria durante el procedimiento de
instrucción y resolución, incluida la fase de subsanación, se realice por vía telemática, garantizando en todo momento la integridad de los datos y la transparencia en el acceso a los
mismos por los interesados.
El artículo 129 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, por su parte, establece que, en el ejercicio de la
iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, las Administraciones Públicas actuarán de
acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica,
transparencia, y eficiencia. El ajuste de estas normas reguladoras a los principios de necesidad y eficacia deriva del claro enfoque de las mismas en la defensa del interés general,
materializado en la necesidad de apoyar a las pymes.
Estas normas responden al principio de proporcionalidad, y contienen la regulación imprescindible para garantizar que se alcanza el objetivo previsto legalmente al tramitar la línea de
ayudas con pleno respeto a los principios de igualdad, objetividad en la asignación de las subvenciones previstas y a los principios de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público.
Por tanto, estas normas reguladoras garantizan la coherencia con el resto del ordenamiento jurídico y serán en su momento objeto de publicación, respetando así, tanto el principio de transparencia, como su propia eficacia y eficiencia.
El texto propuesto se adecúa al principio de seguridad jurídica, al ser una manifestación de las competencias que la Comunidad de Madrid tiene reconocidas en los artículos 26.1.17 y 26.3 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba su Estatuto de Autonomía. En los citados artículos se reconocen las competencias exclusivas,
entre otras materias, en el fomento del desarrollo económico dentro de los objetivos de la
política económica nacional, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, en materia de ordenación y planificación
de la actividad económica regional.
Tras la modificación del apartado primero del artículo 35 del Decreto 210/2003, de 16
de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento Interno del Consejo de
Gobierno y de sus Comisiones, por la disposición final tercera del Decreto 52/2021, de 24
de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de
elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid,
no resulta necesario solicitar los informes de las Secretarías Generales Técnicas de las diferentes Consejerías en los supuestos de tramitación de bases reguladoras o normas reguladoras, al no tener estas la consideración de plan o programa. A su vez, el proyecto de acuerdo
ha sido informado por las siguientes Direcciones Generales: Cooperación con el Estado y la
Unión Europea, de Igualdad, de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, de Presupuestos, de Trabajo y de Transparencia y Atención al Ciudadano. Por último, el proyecto de
acuerdo dispone del informe favorable de la Abogacía General y de la Intervención General
de la Comunidad de Madrid.
Finalmente, y dado que existe una pluralidad de beneficiarios no singularizados esta
normativa reguladora se tramita de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 4.5.c) 1.o, de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid mediante acuerdo de Consejo de Gobierno.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 28 de diciembre de 2022,

Artículo único
Acuerdo
Aprobar las normas reguladoras y establecer el procedimiento de concesión directa de
las ayudas destinadas a proyectos de digitalización de la pyme madrileña, cofinanciadas por
el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa de la Comunidad de Madrid 2021-2027.

BOCM-20230105-12

ACUERDA