D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230105-29)
Convenio – Convenio de 9 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y la Asociación Lares Madrid para el desarrollo del programa “Navidad en Compañía”, dentro del marco de actuación contra la soledad no deseada en las personas mayores
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 4
3. Con el fin de solicitar el servicio de alojamiento del programa, será necesario que
las personas interesadas presenten la siguiente documentación:
— Solicitud firmada por el interesado o su representante.
— DNI o pasaporte.
— Documentación que justifique la residencia en la Comunidad de Madrid empadronamiento, factura que acredite el domicilio del interesado, contrato alquiler y cualquier otra documentación que acredite la residencia.
4. Las personas desplazadas de Ucrania deberán presentar la siguiente documentación.
— Pasaporte o documento acreditativo de identidad.
— Documento que acredite que se encuentran en el procedimiento de protección
temporal.
5. Las personas mayores seleccionadas para el programa deberán aportar en el ingreso información de sus médicos de referencia, la tarjeta sanitaria, la medicación que estén
tomando y artículos de uso personal (cepillo de dientes, ropa suficiente para cambios en los
días de estancia).
6. La admisión en este programa, en ningún caso, generará derecho alguno a consolidar plaza residencial. La Comunidad de Madrid no será responsable en el caso de que algún
usuario prolongue su permanencia más allá de la fecha tope contemplada en el Convenio.
Octava
Importe y abono de la subvención. Financiación y gastos subvencionables
La Comunidad de Madrid subvencionará los gastos previstos en el presente Convenio
con cargo a la aplicación presupuestaria 48003 “Sin ánimo de lucro” del programa 231D de
la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia, del Presupuesto de Gastos
de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social para el año 2022.
El crédito autorizado para 2022 asciende a 173.813,09 euros (ciento setenta y tres mil
ochocientos trece euros con nueve céntimos).
Serán subvencionables los siguientes gastos:
— Gastos derivados de la puesta a disposición, por parte de Lares Madrid, de un coordinador y un trabajador social del programa.
— Gastos derivados de la prestación del servicio alojamiento para personas mayores
de 65 años, autónomos o dependientes grado I, residentes en la Comunidad de Madrid,
y mayores desplazados de Ucrania que cumplan estas características, en 3.200 estancias residenciales no financiadas con fondos públicos, desde el día 23 de diciembre de 2022 al 7 de enero de 2023.
— Gastos derivados de las acciones de promoción y de publicidad divulgativa que
tengan como objetivo promocionar el Programa “Navidad en Compañía”.
— Gastos derivados de un servicio de transporte que permita el desplazamiento del
mayor desde su domicilio a la residencia y viceversa.
TABLA RESUMEN DE LOS COSTES
GASTOS PERSONAL COORDINADOR Y TRABAJADOR SOCIAL
GASTOS DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO
14.108,21 €
137.184,00 €
GATOS DERIVADOS DE PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD
8.720,88 €
13.800,00 €
COSTE TOTAL
173.813,09 €
El pago de la subvención concedida se efectuará mediante anticipo a cuenta con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo los propósitos y actividades inherentes a la subvención, no exigiéndose la constitución de garantías. La
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, ha autorizado la exención de constituir garantías para efectuar el anticipo a cuenta conforme a lo establecido en el artículo 10, apartado 1.c)
de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Se anticipará el 100 por 100 del importe de la subvención concedida.
Previo al pago del anticipo la entidad subvencionada deberá acreditar que se hallan al
corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos docu-
BOCM-20230105-29
GASTOS SERVICIO DE TRANSPORTE
Pág. 180
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JUEVES 5 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 4
3. Con el fin de solicitar el servicio de alojamiento del programa, será necesario que
las personas interesadas presenten la siguiente documentación:
— Solicitud firmada por el interesado o su representante.
— DNI o pasaporte.
— Documentación que justifique la residencia en la Comunidad de Madrid empadronamiento, factura que acredite el domicilio del interesado, contrato alquiler y cualquier otra documentación que acredite la residencia.
4. Las personas desplazadas de Ucrania deberán presentar la siguiente documentación.
— Pasaporte o documento acreditativo de identidad.
— Documento que acredite que se encuentran en el procedimiento de protección
temporal.
5. Las personas mayores seleccionadas para el programa deberán aportar en el ingreso información de sus médicos de referencia, la tarjeta sanitaria, la medicación que estén
tomando y artículos de uso personal (cepillo de dientes, ropa suficiente para cambios en los
días de estancia).
6. La admisión en este programa, en ningún caso, generará derecho alguno a consolidar plaza residencial. La Comunidad de Madrid no será responsable en el caso de que algún
usuario prolongue su permanencia más allá de la fecha tope contemplada en el Convenio.
Octava
Importe y abono de la subvención. Financiación y gastos subvencionables
La Comunidad de Madrid subvencionará los gastos previstos en el presente Convenio
con cargo a la aplicación presupuestaria 48003 “Sin ánimo de lucro” del programa 231D de
la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia, del Presupuesto de Gastos
de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social para el año 2022.
El crédito autorizado para 2022 asciende a 173.813,09 euros (ciento setenta y tres mil
ochocientos trece euros con nueve céntimos).
Serán subvencionables los siguientes gastos:
— Gastos derivados de la puesta a disposición, por parte de Lares Madrid, de un coordinador y un trabajador social del programa.
— Gastos derivados de la prestación del servicio alojamiento para personas mayores
de 65 años, autónomos o dependientes grado I, residentes en la Comunidad de Madrid,
y mayores desplazados de Ucrania que cumplan estas características, en 3.200 estancias residenciales no financiadas con fondos públicos, desde el día 23 de diciembre de 2022 al 7 de enero de 2023.
— Gastos derivados de las acciones de promoción y de publicidad divulgativa que
tengan como objetivo promocionar el Programa “Navidad en Compañía”.
— Gastos derivados de un servicio de transporte que permita el desplazamiento del
mayor desde su domicilio a la residencia y viceversa.
TABLA RESUMEN DE LOS COSTES
GASTOS PERSONAL COORDINADOR Y TRABAJADOR SOCIAL
GASTOS DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO
14.108,21 €
137.184,00 €
GATOS DERIVADOS DE PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD
8.720,88 €
13.800,00 €
COSTE TOTAL
173.813,09 €
El pago de la subvención concedida se efectuará mediante anticipo a cuenta con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo los propósitos y actividades inherentes a la subvención, no exigiéndose la constitución de garantías. La
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, ha autorizado la exención de constituir garantías para efectuar el anticipo a cuenta conforme a lo establecido en el artículo 10, apartado 1.c)
de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Se anticipará el 100 por 100 del importe de la subvención concedida.
Previo al pago del anticipo la entidad subvencionada deberá acreditar que se hallan al
corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos docu-
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GASTOS SERVICIO DE TRANSPORTE