D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230105-32)
Convenio – Convenio de 13 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y UNICEF Comité Español, para el desarrollo del proyecto “Distribución segura y equitativa de las vacunas contra la COVID-19, a través del mecanismo COVAX de la población indígena guaraní en el chaco chuquisaqueño y cruceño de Bolivia”
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 4
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE ENERO DE 2023
Pág. 209
Sexta
Obligaciones de UNICEF Comité Español
UNICEF Comité Español se compromete y obliga a:
1. Ejecutar y realizar el conjunto de las actuaciones necesarias para su consecución,
mediante la realización de las actividades que ambas partes acuerden entre sí.
2. Destinar los fondos percibidos para financiar esa actuación.
3. Consentir expresamente la publicación de la ayuda concedida en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la página web oficial y en los registros públicos, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 14 y 15 del Decreto 48/2019 de 10 de junio el Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
4. De acuerdo con el artículo 18.4 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de
subvenciones, UNICEF Comité Español se compromete a dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actuaciones objeto del convenio, el cumplimiento
de todas las condiciones y obligaciones recogidas en el mismo y el sometimiento a las actuaciones de supervisión y control previstas en él, así como las generales derivadas de la
aplicación de la normativa de ayudas y subvenciones, siempre y cuando no sean incompatibles con el marco jurídico y normativo de Naciones Unidas en el ámbito de aplicación de
este convenio.
5. Prestar la colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control que le corresponden a la Intervención General de la Comunidad Autónoma, al Cámara de Cuentas y al Tribunal de Cuentas.
6. Velar porque tanto los restantes partícipes como la ciudadanía con ella relacionada tengan conocimiento de la financiación desembolsada por la Comunidad de Madrid y
del apoyo de esta a la acción.
7. Aportar información continua sobre las circunstancias o novedades de avance y
estado de ejecución del presente convenio, respondiendo de forma inmediata a cualquier
aclaración o ampliación de información que se le requiera.
Séptima
Concluida la ejecución del proyecto, UNICEF Comité Español deberá presentar en el plazo máximo de tres meses la documentación acreditativa de la ejecución del proyecto y del destino de la subvención, a contar desde la fecha de finalización de la ejecución del proyecto, con
independencia de que se supere el límite del ejercicio presupuestario, conforme a lo dispuesto
en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
UNICEF Comité Español, merced a los acuerdos firmados con UNICEF, únicamente
solicita y recibe fondos para la financiación y el apoyo de programas de Cooperación y
Emergencias que están gestionados por las propias Oficinas de UNICEF en el Terreno.
Como consecuencia de lo anterior, la justificación económica de las subvenciones recibidas ha de ajustarse a los procedimientos y reglamentos financieros que rigen el funcionamiento de UNICEF como agencia de Naciones Unidas, y aseguran el control y la transparencia de la gestión de los fondos. Dichos marcos normativos, aprobados por todos los
gobiernos de Naciones Unidas en la Asamblea General, recogen disposiciones relativas a
la imposibilidad de entregar documentos o archivos de la organización, incluyendo facturas y copia de las mismas.
La justificación final que se entregará como comprobante de la recepción y correcta
ejecución de los fondos recibidos se ceñirá a los siguientes documentos:
— Remittance Advice: Documento justificativo de la transferencia de fondos desde
UCE, con indicación expresa del donante, la cantidad, el país y el proyecto al que
se destinan los fondos
— Official Receipt: Documento de recepción de fondos emitido por la central de
UNICEF en Nueva York, donde se refleja el tipo de cambio.
— Certificado de la subvención recibida firmado por el secretario de UNICEF Comité Español, detallando el proyecto al que se destinan los fondos, incluyendo el código Grant asignado.
Cabe señalar que esta forma de justificación se aplica y está ampliamente aceptada
para la justificación de todas las subvenciones otorgadas por parte de las administraciones
descentralizadas en todo el territorio nacional a UNICEF Comité Español para proyectos
de apoyo a los derechos de la infancia.
BOCM-20230105-32
Justificación del proyecto
B.O.C.M. Núm. 4
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE ENERO DE 2023
Pág. 209
Sexta
Obligaciones de UNICEF Comité Español
UNICEF Comité Español se compromete y obliga a:
1. Ejecutar y realizar el conjunto de las actuaciones necesarias para su consecución,
mediante la realización de las actividades que ambas partes acuerden entre sí.
2. Destinar los fondos percibidos para financiar esa actuación.
3. Consentir expresamente la publicación de la ayuda concedida en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la página web oficial y en los registros públicos, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 14 y 15 del Decreto 48/2019 de 10 de junio el Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
4. De acuerdo con el artículo 18.4 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de
subvenciones, UNICEF Comité Español se compromete a dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actuaciones objeto del convenio, el cumplimiento
de todas las condiciones y obligaciones recogidas en el mismo y el sometimiento a las actuaciones de supervisión y control previstas en él, así como las generales derivadas de la
aplicación de la normativa de ayudas y subvenciones, siempre y cuando no sean incompatibles con el marco jurídico y normativo de Naciones Unidas en el ámbito de aplicación de
este convenio.
5. Prestar la colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control que le corresponden a la Intervención General de la Comunidad Autónoma, al Cámara de Cuentas y al Tribunal de Cuentas.
6. Velar porque tanto los restantes partícipes como la ciudadanía con ella relacionada tengan conocimiento de la financiación desembolsada por la Comunidad de Madrid y
del apoyo de esta a la acción.
7. Aportar información continua sobre las circunstancias o novedades de avance y
estado de ejecución del presente convenio, respondiendo de forma inmediata a cualquier
aclaración o ampliación de información que se le requiera.
Séptima
Concluida la ejecución del proyecto, UNICEF Comité Español deberá presentar en el plazo máximo de tres meses la documentación acreditativa de la ejecución del proyecto y del destino de la subvención, a contar desde la fecha de finalización de la ejecución del proyecto, con
independencia de que se supere el límite del ejercicio presupuestario, conforme a lo dispuesto
en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
UNICEF Comité Español, merced a los acuerdos firmados con UNICEF, únicamente
solicita y recibe fondos para la financiación y el apoyo de programas de Cooperación y
Emergencias que están gestionados por las propias Oficinas de UNICEF en el Terreno.
Como consecuencia de lo anterior, la justificación económica de las subvenciones recibidas ha de ajustarse a los procedimientos y reglamentos financieros que rigen el funcionamiento de UNICEF como agencia de Naciones Unidas, y aseguran el control y la transparencia de la gestión de los fondos. Dichos marcos normativos, aprobados por todos los
gobiernos de Naciones Unidas en la Asamblea General, recogen disposiciones relativas a
la imposibilidad de entregar documentos o archivos de la organización, incluyendo facturas y copia de las mismas.
La justificación final que se entregará como comprobante de la recepción y correcta
ejecución de los fondos recibidos se ceñirá a los siguientes documentos:
— Remittance Advice: Documento justificativo de la transferencia de fondos desde
UCE, con indicación expresa del donante, la cantidad, el país y el proyecto al que
se destinan los fondos
— Official Receipt: Documento de recepción de fondos emitido por la central de
UNICEF en Nueva York, donde se refleja el tipo de cambio.
— Certificado de la subvención recibida firmado por el secretario de UNICEF Comité Español, detallando el proyecto al que se destinan los fondos, incluyendo el código Grant asignado.
Cabe señalar que esta forma de justificación se aplica y está ampliamente aceptada
para la justificación de todas las subvenciones otorgadas por parte de las administraciones
descentralizadas en todo el territorio nacional a UNICEF Comité Español para proyectos
de apoyo a los derechos de la infancia.
BOCM-20230105-32
Justificación del proyecto