D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230105-32)
Convenio –  Convenio de 13 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y UNICEF Comité Español, para el desarrollo del proyecto “Distribución segura y equitativa de las vacunas contra la COVID-19, a través del mecanismo COVAX de la población indígena guaraní en el chaco chuquisaqueño y cruceño de Bolivia”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 4

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE ENERO DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Familia, Juventud y Política Social
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CONVENIO de 13 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y UNICEF Comité Español, para el
desarrollo del proyecto “Distribución segura y equitativa de las vacunas contra
la COVID-19, a través del mecanismo COVAX de la población indígena guaraní en el chaco chuquisaqueño y cruceño de Bolivia”.
Madrid, a 13 de diciembre de 2022.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Excma. Sra.
Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, Ignacio Domínguez Mateos, en calidad de presidente de UNICEF Comité Madrid, con facultades representativas conferidas en virtud de escritura pública otorgada ante notario D. Jaime Recarte Casanova el día 21 de noviembre de2007, con número 4130
de protocolo, en nombre y representación de la Fundación UNICEF Comité Español (en adelante UNICEF Comité Español), entidad sin fines lucrativos, con NIF G-84451087.
Las partes comparecientes se reconocen mutuamente plena legitimación, capacidad y
representación para la firma del presente convenio y, a estos efectos,

I. La Ley 13/1999, de 29 de abril, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad
de Madrid, reconoce la ayuda humanitaria como instrumento al servicio del derecho a la vida
y a la dignidad en condiciones de riesgo y amenaza. En particular, el artículo 5.c) de la referida ley contempla en este sentido, y de manera expresa, la ayuda humanitaria.
II. El artículo 6 de la precitada Ley, al tratar de las modalidades de la cooperación
para el desarrollo establece que la cooperación para el desarrollo podrá llevarse a cabo directamente por la Administración de la Comunidad de Madrid o, indirectamente, a través
de organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales o bien a través de entidades públicas o privadas que actúen en este ámbito. Con esta finalidad, la Comunidad de
Madrid podrá conceder subvenciones o establecer convenios o cualquier otra forma reglada
de colaboración con las organizaciones no gubernamentales de desarrollo, universidades,
empresas, organizaciones empresariales y sindicales y otras organizaciones sociales, para
la ejecución de programas y proyectos de cooperación para el desarrollo, siempre que éstos
tengan carácter no lucrativo y que aquéllas acrediten experiencia, estructuras y garantías suficientes para la ejecución de dichos programas y proyectos.
III. El artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, señala que, excepcionalmente, podrán concederse de manera directa
aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico, o humanitario u otras razones debidamente justificadas.
IV. El Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Familia, Juventud
y Política Social, aprobado por Orden 261/2022, de 15 de febrero, establece entre las actuaciones previstas para el cumplimiento de su objetivo 3, la suscripción de convenios con entidades sin ánimo de lucro para la concesión directa de ayuda humanitaria y de emergencia.
El objetivo previsto de estos convenios es el de fomentar la iniciativa social de las entida-

BOCM-20230105-32

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